Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2010 (04/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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comprende las Urbanizaciones Los Alamos de Monterrico siete (7) etapas, (1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7º etapa), Los Alamos de Monterrico (Alamos I y II), Urbanizacion Tres Alamos, Urbanizacion Cooperativa Ingenieros MORDAZA Teresa; y que constantemente atienden llamadas telefonicas realizadas por los residentes de las zonas MORDAZA referida, manifestando que el problema principal que les aqueja es el congestionamiento vehicular de la Av. Central producto del incremento de la carga vehicular generado por el CENTRUM de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, sobre todo en las horas punta de la manana que coincide con la salida de los residentes de sus propiedades en sus diferentes modos de viaje (trabajo, estudios, compras, etc.); situacion que genera la inseguridad vial de la Av. Central, debido a la forma imprudente y temeraria en que circulan los vehiculos por dicha avenida, el cual es el principal acceso a la Urbanizacion Los Alamos de Monterrico; por lo que se debe suspender temporalmente la emision de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios en el ambito MORDAZA referido, hasta que SEDAPAL elabore los diversos estudios y/o proyectos; Que, mediante Informe Nº 163-2010-SGLAU-GDU-MSS la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, senala que a la fecha se viene aplicando la Ley Nº 29090 "Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones" y sus modificatorias; MORDAZA que permite autorizar en forma automatica la ejecucion de obras de edificacion y en otros casos previa evaluacion de la Comision Tecnica Distrital de Edificaciones; ademas permite regularizar las obras ejecutadas sin autorizacion municipal; los cuales han generado que se incrementen las autorizaciones de Licencia de Construccion en la Urbanizacion Los Alamos de Monterrico que comprende 7 etapas (1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7º etapa), Urbanizacion Los Alamos de Monterrico (Alamos I y II); Urbanizacion Tres Alamos; Urbanizacion Cooperativa Ingenieros MORDAZA Teresa; Que, con Documento Nº 2089942010, los vecinos de la Urbanizacion Los Alamos de Monterrico, manifiestan que vienen atravesando graves problemas y que hacen imposible la convivencia saludable y armonica de la poblacion; por cuanto, dichas urbanizaciones fueron proyectados con una habilitacion de servicios para una determinada poblacion y actualmente existe una proliferacion de construcciones de edificaciones que han ocasionado a que el sistema de agua y alcantarillado MORDAZA colapsado, llegando al extremo que existen momentos que se interrumpe el abastecimiento de estos servicios, lo cual no ha sido previsto por SEDAPAL, situacion que ha ocasionado que los colectores existentes por donde se proyectan la conexion de desague no se encuentran aptos para recibir nuevas descargas y poder atender requerimientos adicionales, siendo necesario que SEDAPAL ejecute las obras de Ampliacion y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Los Alamos de Monterrico y Anexos en nuestro distrito; en consecuencia a fin de dar solucion a los problemas de abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado y evitar las molestias en los residentes de las mencionadas urbanizaciones, se debe adoptar las medidas necesarias con caracter de urgente para proteger la tranquilidad de los vecinos surcanos, los cuales tiene derecho a contar en forma oportuna con el elemento natural esencial de la MORDAZA, que es el agua, asi como el alcantarillado que sea fluido sin congestion alguna; debiendose suspender las construcciones en las Urbanizaciones MORDAZA senaladas, hasta que SEDAPAL concluya con las obras MORDAZA referidas; Que, por su parte la Subgerencia de Fiscalizacion a traves del Informe Nº 393-2010-SGF-GTSC-MSS del 2903-2010, indica que segun la Central de Comunicaciones de Base de esta Corporacion, se ha recibido a la fecha 159 llamadas telefonicas, 92 Documentos durante el ano 2009 y 10 Documentos en el presente ano, sobre quejas vecinales por construcciones de edificios multifamiliares con alturas mayores a la altura MORDAZA permitida, instalacion de rejas, construccion e invasion de areas de uso publico y congestion vehicular; Que, ante los hechos descritos y la negligencia en el MORDAZA constructivo por parte de las personas naturales y juridicas; esta gestion debe tomar acciones inmediatas; a fin de no permitir la continuidad de perjuicios economicos y danos materiales y personales a los residentes de las Urbanizaciones MORDAZA indicadas; Que, en virtud a lo indicado, se hace necesario, disponer la suspension de recepcion de solicitudes

de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Anteproyectos en Consulta y Licencias de Edificacion en sus cuatro (4) modalidades, asi como las regularizaciones de las edificaciones, de los predios ubicados en las Urbanizaciones Los Alamos de Monterrico que comprende 7 etapas (1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7º etapa), Los Alamos de Monterrico (Alamos I y II), Urbanizacion Tres Alamos, Urbanizacion Cooperativa Ingenieros MORDAZA Teresa; hasta el 31.12.2010 y/o hasta que la empresa SEDAPAL culmine con las obras de agua y desague; Que, el inciso 3.2. del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS - Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General; dispone que se exceptua de la aplicacion de lo dispuesto en el primer parrafo del presente Articulo acotado, "Cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de MORDAZA, considere la prepublicacion de la MORDAZA es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interes publico"; Que, en el presente caso, la propuesta de suspension de la recepcion de las solicitudes de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Anteproyectos en Consulta, Licencias de Edificacion en sus diversas modalidades, Regularizacion de edificaciones, de los predios ubicados en las Urbanizaciones Los Alamos de Monterrico que comprende 7 etapas (1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7º etapa), Los Alamos de Monterrico (Alamos I y II), Urbanizacion Tres Alamos, Urbanizacion Cooperativa Ingenieros MORDAZA Teresa; se encuentra dentro de las excepciones establecidas en el Articulo 14º de la MORDAZA MORDAZA citada; siendo innecesaria la prepublicacion, por cuanto, dicha suspension permitira que no se continue construcciones que afecta el servicio adecuado de agua y desague a los residentes de las Urbanizaciones MORDAZA referidas; Que, el Articulo 42º de la Ley de Nº 27972 establece que mediante Decreto de Alcaldia, se regulan entre otros, asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Estando al Informe Nº 362-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, e Informe Nº 119-2010GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano., en uso de las facultades establecidas en el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- SUSPENDER la recepcion de las Solicitudes de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Anteproyectos en Consulta, Licencias de Edificacion en sus cuatro (4) modalidades, Regularizaciones de Edificaciones de los predios ubicados en las Urbanizaciones Los Alamos de Monterrico que comprende 7 etapas (1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7º etapa), Los Alamos de Monterrico (Alamos I y II), Urbanizacion Tres Alamos, Urbanizacion Cooperativa Ingenieros MORDAZA MORDAZA, hasta el 31.12.2010 y/o hasta que la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado - SEDAPAL ejecute las obras de ampliacion y mejoramiento de los sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Los Alamos de Monterrico y Anexos en el distrito de MORDAZA de Surco. Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR el presente Decreto de Alcaldia al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado SEDAPAL. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- EL PRESENTE Decreto entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente MORDAZA a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, Subgerencia de Defensa Civil, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, Subgerencia de Fiscalizacion y Secretaria General. Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA

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