Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2010 (24/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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maritimo del Peru, correspondiente al periodo Agosto ­ Diciembre 2010; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 499-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 30 de MORDAZA del 2010, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA sur ­ LMCE-SUR del recurso anchoveta, correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca Agosto ­ Diciembre de 2010 de la citada zona; cuyos Anexos fueron publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 2792010-PRODUCE de fecha 27 de octubre del 2010, se autorizo el inicio de la MORDAZA temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º00´ Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del 20 de noviembre del 2010, que concluira el 31 de enero del 2011 o una vez alcanzado el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible (LMTC). Asimismo, se establecio que el LMTC del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, correspondiente a dicha temporada de pesca es de 2´070,000 toneladas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 708-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de noviembre de 2010, se aprobo el Listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE, correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) del 2010, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º00' Latitud Sur; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 474-96-PE de fecha 18 de setiembre de 1996, se otorgo permiso de pesca a favor de los senores MORDAZA HIDEO HASHINAGA UCHIMURA y NILZA TAKECITA HASHINAGA para operar la embarcacion FOPESA de matricula CE-6183-PM con 175 TM de capacidad de bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de media pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 224-97PE de fecha 13 de MORDAZA de 1997, se autorizo a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera FOPESA de matricula CE-6182-CM otorgado por Resolucion Ministerial Nº 474-96-PE, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 237-99PE/DNE de fecha 18 octubre de 1999, se modifico las Resoluciones Ministeriales Nº 44-96-PE y Nº 22497-PE, en el extremo relativo a la denominacion de la embarcacion pesquera FOPESA por el de PACHACUTEC 4, asi como en lo relacionado a la capacidad de bodega, la misma que es de 180.00 m3, manteniendose las demas caracteristicas tecnicas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2562003-PRODUCE/DNEPP de fecha 25 de agosto de 2003, se publico la relacion de embarcaciones con sus correspondientes armadores que cumplieron con reducir la capacidad de bodega al nivel autorizado o regularizaron su situacion administrativa consignadas en el Anexo, que formo parte integrante de la citada resolucion, debiendo ser excluidas del Anexo que forma parte integrante de la Resolucion Directoral Nº 057-2003-PRODUCE/DNEPP. En dicha relacion de embarcaciones publicadas, se consigno a la embarcacion PACHACUTEC 4 de matricula CE-6182-PM con capacidad de bodega de 183.62 m3; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 221-2005PRODUCE/DNEPP de fecha 03 de agosto de 2005, se aprobo a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion PACHACUTEC 1 (ex ROSSY 1) de matricula CE-0002-PM otorgado por Resolucion Ministerial Nº 631-95-PE, en los mismos terminos y condiciones con que fueron otorgados inicialmente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 070-96PE de fecha 31 de enero de 1996, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la

Ley General de Pesca y su reglamento, a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA con matricula CE-10695-PM, de 341 m3 (230 TM) de capacidad de bodega, con sistema de refrigeracion RSW, para extraccion de recursos hidrobiologicos subexplotados con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 165-98-PE de fecha 03 de MORDAZA de 1998, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 070-96-PE de fecha 31 de enero de 1996; otorgandose el permiso de pesca a plazo determinado a CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA con matricula CE-10695PM, de 371.92 m3 de capacidad de bodega y 238.44 m3 de carga MORDAZA, con sistema de refrigeracion RSW, para la extraccion de los recursos jurel, caballa, sardina y anchoveta, con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1 ½ (38 mm) y ½ pulgada (13 mm), segun corresponda; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 349-98-PE/ DNE de fecha 31 de diciembre de 1998, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras RIBAR XIII (ex MORDAZA 5) de matricula CE-2889-PM, con una capacidad de bodega de 373.31 m3 otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 253-95-PE a favor de CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A. Asimismo en el articulo 6º de la mencionada Resolucion se modifico las denominaciones con las que fueron consignadas entre otras, la embarcacion MORDAZA 5 otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 253-95-PE por la de RIBAR XIII y la embarcacion pesquera MORDAZA otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 147-98-PE/ DNE por la de RIBAR XV; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 292-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de MORDAZA de 2009, se aprobo a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera RIBAR XV de matricula CE-10695-PM y 337.25 m3 de capacidad de bodega, otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 070-96-PE, modificado por las Resoluciones Directorales Nºs. 165-98-PE, 394-98-PE y 066-2005-PRODUCE/ DNEPP; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0102003-PRODUCE/DVM-PE de fecha 22 de MORDAZA de 2003, se otorgo permiso de pesca a CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada PACHACUTEC 6 (ex MORDAZA MORDAZA 1) con matricula CE-13581-PM, con 343.18 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) segun corresponda y MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 221-2005PRODCE/DNEPP de fecha 03 de agosto de 2005, se modifico el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 665-97-PE de fecha 30 de octubre de 1997, solo en el extremo referido al cambio de nombre de la embarcacion pesquera ROSSY II de matricula CE-13246-PM, la misma que en adelante se denominara PACHACUTEC 21. Asimismo se aprobo a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera PACHACUTEC 21 (ex Rossy-II) de matricula CE-13246-PM, otorgado por Resolucion Ministerial Nº 665-97-PE en los mismos terminos y condiciones con que fueron otorgados inicialmente; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 973-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 14 de diciembre de 2009, se modifico la Resolucion Ministerial Nº 665-97-PE, modificada por Resolucion Directoral Nº 221-2005-

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