Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2010 (27/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de enero de 2010

MORDAZA MORDAZA ECA, para operar la embarcacion pesquera denominada VIRGEN DE LAS MORDAZA con matricula TA-19641-CM de 33.05 m3 de volumen de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta con destino al consumo humano indirecto, jurel y caballa para consumo humano directo en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP, se caduco los permisos de pesca de las embarcaciones MORDAZA MORDAZA (hoy MORDAZA MARIA) de matricula CO-18169-CM y VIRGEN DE LAS MORDAZA con matricula TA-19641-CM, solo en el extremo referido a los recursos jurel y caballa para consumo humano directo e indirecto; Que, mediante los escritos del visto, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM; y ha formulado la renuncia al permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM, unicamente en el extremo referido al recurso machete para consumo humano directo y el recurso sardina con destino al consumo humano indirecto. Asimismo, ha solicitado autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion VIRGEN DE LAS MORDAZA de matricula TA-19641-CM, de 33.05 m3 hasta 85.15 m3, via sustitucion de la capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM; Que, de la evaluacion efectuada al expediente presentado, se determina que la Administrada, ha presentado los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente; por lo que es procedente aprobar a favor de la misma, el cambio de titular de permiso de pesca solicitado; Que, la renuncia formulada por la Administrada, al permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM, unicamente en el extremo referido a los recursos sardina con destino al consumo humano indirecto y machete para consumo humano directo, es un acto que no afecta ni altera el interes publico, por lo que procederia aceptar dicha renuncia; Que, asimismo, se ha verificado que la Administrada, ha presentado los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 13-A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente; por lo que se considera viable autorizar el incremento de flota solicitado, para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion VIRGEN DE LAS MORDAZA de matricula TA-19641-CM, hasta 85.15 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, via sustitucion de la capacidad de bodega (52.10 m3) y el derecho administrativo correspondiente a la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM; Que, la aplicacion de la capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA MORDAZA para la ampliacion de capacidad de bodega de la embarcacion VIRGEN DE LAS MORDAZA, hasta 85.15 m3, implica que se reduce el efecto extractivo, al reducirse el numero de unidades extractivas y de las correspondientes artes de pesca autorizadas para la extraccion de los recursos anchoveta, calificado como recurso plenamente explotado. Asimismo el disponer de una nueva embarcacion pesquera con mayor autonomia para la navegacion y faenas pesqueras, debido a su mayor capacidad de bodega y calado, adicionalmente le permitira contar con una red de cerco de mayor altura en funcion a su mayor area en cubierta, posibilitando de este modo que esta nueva embarcacion opere fuera de las cinco (5) millas marinas; situacion que actualmente representa una de las problematicas de mayor incidencia en la flota vikinga de menor calado, las que debido a su poca autonomia frecuentemente incursionan en dicha franja costera; Que, la ampliacion de bodega de la embarcacion pesquera VIRGEN DE LAS MORDAZA, seria unicamente con acceso al recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto; teniendo en cuenta la renuncia formulado por la Administrada en el presente tramite y lo resuelto por Resolucion Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/DGEPP;

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun el Informe Nº 1274-2009PRODUCE/DGEPP-Chi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Ley N° 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-1998, y sus modificatorias, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169CM y 52.10 m3 de capacidad de bodega, otorgado por Resolucion Directoral Nº 026-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR de fecha 23 de marzo de 1999, modificada por Resolucion Directoral Nº 093-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 13 de noviembre del 2000, Resolucion Directoral Nº 0642004-GRP-420020-100 de fecha 15 de junio del 2004, y Resolucion Directoral Nº 130-2008-PRODUCE/DGEPP del 7 de marzo del 2008. Articulo 2°.- Aceptar la renuncia formulada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA, al permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM, unicamente en el extremo referido a los recursos sardina con destino al consumo humano indirecto y machete para consumo humano directo. Articulo 3º.- Incorporar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA como la nueva titular del permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM, asi como la presente Resolucion, al Anexo correspondiente de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; excluyendo de dicho Anexo, a los anteriores propietarios. Articulo 4º.- Otorgar a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion VIRGEN DE LAS MORDAZA de matricula TA-19641-CM, hasta 85.15 m3, para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando red de cerco con tamano minimo de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano, via sustitucion de la capacidad de bodega (52.10 m3) y el derecho administrativo de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM. Articulo 5°.- La autorizacion otorgada por el articulo precedente tendra un plazo de vigencia de veinticuatro (24) meses. Vencido dicho plazo, la citada autorizacion de incremento de flota caducara, debiendo ser declarada expresamente por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, conforme a lo establecido en el 37° del Reglamento de la Ley General de Pesca, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE publicado con fecha 4 de agosto del 2007. Articulo 6°.- Ejecutada la modificacion estructural de la embarcacion pesquera, dentro del plazo previsto y senalado en el articulo precedente, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA, debera solicitar dentro del plazo MORDAZA de un (1) ano contado a partir de la acreditacion del termino de la construccion, la modificacion del permiso de pesca de la embarcacion VIRGEN DE LAS MORDAZA de matricula TA-19641-CM, en el extremo referido a la capacidad de bodega, bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la autorizacion de incremento de flota otorgado, declarandose la misma mediante Resolucion Directoral. Articulo 7°.- La embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM, podra operar hasta que la embarcacion VIRGEN DE LAS MORDAZA objeto de la presente autorizacion de incremento de flota, se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca con la nueva capacidad de bodega; para lo cual, previo a la modificacion del permiso de pesca de la embarcacion VIRGEN DE LAS MORDAZA, en el extremo de la capacidad de bodega, debera procederse al desguace de la embarcacion sustituida MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 0042007-PRODUCE. Articulo 8º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones

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