Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2010 (17/07/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

422380

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2010

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Modificacion de la Tercera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 28592, Ley que Crea el Plan Integral de Reparaciones
DECRETO SUPREMO N° 073-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28592 establece el MORDAZA Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR para las victimas de la violencia ocurrida durante el periodo de MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del citado cuerpo legal encarga a la Comision Multisectorial de Alto Nivel del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional, conformada mediante Decreto Supremo Nº 011-2004PCM, disenar la organizacion y funcionamiento del Consejo de Reparaciones que se MORDAZA cargo del Registro Unico de Victimas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, estableciendo en su Tercera Disposicion Complementaria Final que para desarrollar lineamientos tecnicos y metodologias para la determinacion de los montos, procedimientos y modalidades de pago que deben regir para el Programa de Reparaciones Economicas, se constituira, una Comision Tecnica Multisectorial integrada por representantes del Ministerio de Justicia, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 062-2006-PCM se adscribio la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, es necesario modificar la Tercera Disposicion Complementaria del citado Reglamento con el objeto que la Comision Tecnica Multisectorial este integrada por un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, lo cual contribuira a que exista una coordinacion mas

directa con la citada Comision Multisectorial de Alto Nivel, asi como con la Presidencia del Consejo de Ministros, pliego que debera proponer en el presupuesto una partida especial para el financiamiento del programa de reparaciones economicas; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28592; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, DECRETA: Articulo 1°.- Modificacion de la Tercera Disposicion Complementaria Final Modifiquese la Tercera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, por el texto siguiente: "Tercera.- Con el fin de desarrollar lineamientos tecnicos y metodologias para la determinacion de los montos, procedimientos y modalidades de pago que deben regir para el Programa de Reparaciones Economicas, se constituira una Comision Tecnica Multisectorial integrada por representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y el Ministerio de Economia y Finanzas. La mencionada Comision sera presidida por el representante de la Presidencia del Consejo de Ministros y entregara en un plazo de ciento ochenta (180) dias, un Informe Tecnico a la Presidencia del Consejo de Ministros. El Informe Tecnico servira como base para determinar el monto del beneficio economico, asi como para el otorgamiento de las reparaciones economicas, situacion que tendra lugar cuando MORDAZA sido cerrado el MORDAZA de determinacion e identificacion de las victimas, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos de la MORDAZA Fiscal." Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Economia y Finanzas y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA YUCRA. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 520708-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.