Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2010 (19/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

426033

y/o Titulo Profesional de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga, aprobado por la Resolucion del Consejo Universitario Nº 1118-2006-UNSCH-CU; Que, asimismo, el Consejo de la referida Facultad, en sesion de fecha 05 de MORDAZA de 2010, ha aprobado otorgar dicho duplicado del Titulo Profesional de Obstetriz a favor de la solicitante, segun la Resolucion del Consejo de Facultad Nº 023-2010-FOB-CF; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º, inciso f) de la Ley Universitaria Nº 23733, el articulo 127º, inciso h) del Estatuto Reformado de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga y estando a lo aprobado por el Consejo Universitario, en sesion de fecha 11 de MORDAZA de 2010; El Rector, en uso de las facultades que le confiere la ley; RESUELVE: Articulo 1º.- CONFERIR el DUPLICADO DEL TITULO PROFESIONAL DE OBSTETRIZ a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAMASCA SAEZ. Articulo 2º.- EXPEDIR a favor de la interesada el diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

Articulo 2º.- EXPEDIR a favor de la interesada el diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicerrector Academico Encargado del Rectorado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

545330-4

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones - Pasco
(Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Pasco, mediante Oficio Nº 02922010-G.R.PASCO/PRES, recibido el 17 de setiembre de 2010)

545330-3 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA DE HUAMANGA RESOLUCION DEL CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 454-2010-UNSCH-CU
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2010 Visto el expediente promovido por la bachiller MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre expedicion del duplicado del Titulo Profesional de Biologa, Especialidad: Microbiologia; y, CONSIDERANDO: Que, con expediente de registro Nº 01668 del 17 de marzo de 2010, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha solicitado la expedicion del duplicado del Titulo Profesional de Biologa, Especialidad: Microbiologia conferido por la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga, por causal de deterioro de dicho diploma, conforme acredita con la original presentada. Que, de autos se establece que la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga con fecha 31 de octubre de 2008 confirio a la recurrente el Titulo Profesional de Biologa, Especialidad: Microbiologia, aprobado por la Resolucion de Consejo Universitario Nº 877-2008-UNSCHCU y registrado en el Libro I, folio 098 de registro de Titulo de la Facultad de Ciencias Biologicas. Que, para la expedicion del duplicado de diploma solicitado, la recurrente ha satisfecho los requisitos establecidos por el articulo 8º del Reglamento para la Expedicion del Duplicado de Diplomas de Grado Academico y/o Titulo Profesional de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga, aprobado por la Resolucion del Consejo Universitario Nº 1118-2006-UNSCH-CU; Que, asimismo, el Consejo de la referida Facultad, en sesion de fecha 28 de MORDAZA de 2010, ha aprobado otorgar dicho duplicado del Titulo a favor de la solicitante, segun la Resolucion del Consejo de Facultad Nº 045-2010-FCB-CF; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º, inciso f) de la Ley Universitaria Nº 23733, el articulo 127º, inciso h) del Estatuto Reformado de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga y estando a lo aprobado por el Consejo Universitario, en sesion de fecha 25 de MORDAZA de 2010; El Rector, en uso de las facultades que le confiere la ley; RESUELVE: Articulo 1º.- CONFERIR el duplicado del TITULO PROFESIONAL DE BIOLOGA, ESPECIALIDAD: MICROBIOLOGIA a favor de la bachiller MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORIHUELA.

ORDENANZA REGIONAL Nº 202-2009-G.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 25 de febrero de 2009. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, la Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley, 27867 modificado por las Leyes Nºs. 27902, 27867, 28968, 28961, 2905; en Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha veinticinco de febrero de dos mil nueve, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 191º de la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 en concordancia con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, estos emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; en merito a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, los Gobiernos Regionales son competentes para, aprobar su organizacion interna y su presupuesto; en merito a lo dispuesto en el inciso a) del articulo 9" de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, las entidades de la administracion publica, entre ellas, los Gobiernos Regionales, deben proceder a formular su respectivo Reglamento de Organizacion y Funciones sujetandose a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 043 -- 2006 -- PCM, bajo responsabilidad del titular del organo responsable; por cuanto constituye un documento tecnico normativo de gestion institucional, la que debe ser aprobada por consejo regional; Que, mediante el INFORME N° 062-2009-G.R.PASCOGGR/GRPPAT, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, presenta el expediente adjunto, y en los informes anexados se denota que el

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