Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2010 (28/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 28 de setiembre de 2010

una adecuada prestacion del servicio autorizado, asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo indicado, el titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas, la autorizacion otorgada quedara sin efecto. De cumplir el titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a merito del informe tecnico favorable, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a expedir la respectiva Licencia de Operacion. Articulo 4º.- El titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorizacion otorgada, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podra acogerse al Codigo de Etica aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 5º.- El titular esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, este podra autorizarse hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminucion de potencia y/o cambio de ubicacion de estudios, no obstante no requerirse de aprobacion previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Articulo 6º.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7º.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como los senalados en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 546957-1

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Encargan funciones de Director de la Oficina de Asesoria Juridica de COFOPRI
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 227-2010-COFOPRI/DE MORDAZA, 24 de septiembre de 2010 VISTO: La carta de renuncia presentada por el senor abog. MORDAZA MORDAZA Galdos MORDAZA, con fecha 20 de setiembre de 2010; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, estableciendo en su articulo 7º que mediante Resolucion Ministerial o Resolucion del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Articulo 1º de la citada Ley; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 025-2007VIVIENDA, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, en cuyo articulo 9º se establece que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad; Que, de conformidad con el literal i) del articulo 10º del referido Reglamento de Organizacion y Funciones, es funcion del Director Ejecutivo de COFOPRI, designar y MORDAZA a los empleados de confianza, de conformidad con la legislacion vigente; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº114-2010COFOPRI/DE de fecha 28 de MORDAZA 2010, se designo al senor Abog. MORDAZA MORDAZA Galdos MORDAZA, en el cargo de Director de la Oficina de Asesoria Juridica del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; Que, resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el documento de Visto, disponiendo en consecuencia la encargatura correspondiente en tanto se designe al Titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de COFOPRI; Con el visado de la Secretaria General de COFOPRI; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por el senor abog. MORDAZA MORDAZA Galdos MORDAZA, al cargo de Director de la Oficina de Asesoria Juridica del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Encargar a la senora abogada MORDAZA MORDAZA Quinteros MORDAZA, las funciones correspondientes al cargo de Director de la Oficina de Asesoria Juridica del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, en tanto se designe al Titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Director Ejecutivo de COFOPRI 548951-1

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