Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2010 (28/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, martes 28 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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escudo de la MORDAZA del Callao, seguido de la palabra: "Taxi Independiente". 3.- En las dos puertas laterales posteriores del vehiculo, debera pintarse de color negro el numero de la placa de rodaje en un rectangulo de treinta y cinco centimetros (35 cm.) de largo por quince centimetros (15 cm.) de alto. 4.- En el exterior del techo del vehiculo, debera instalarse un casquete MORDAZA de acrilico MORDAZA, de treinta centimetros (30 cm.) de largo por quince centimetros (15 cm.) de ancho y diez y medio centimetros (10.5 cm.) de alto, teniendo inscrita en la parte frontal y posterior la palabra "TAXI", distribuida simetricamente en el elemento de identificacion. Articulo 36.- Requerimientos tecnicos para el servicio de taxi estacion.Las personas juridicas registradas para prestar el servicio de transporte publico de pasajeros en la modalidad de taxi estacion deberan cumplir con los siguientes requisitos: 1.- La carroceria de los vehiculos deben estar pintados integramente de color MORDAZA oscuro, o a eleccion de la persona juridica de otro color uniforme que determine para toda su flota vehicular. 2. Tener un local apropiado de operaciones para su flota del servicio de taxi, el cual debe contar con la Autorizacion Municipal de Funcionamiento de Establecimientos. 3. Tener una central de comunicaciones por radio o por telefono, a traves de la cual deben tener comunicacion permanente y directa con todos y cada uno de los vehiculos pertenecientes a la flota que presta el servicio de taxi. Articulo 37.- Identificacion de los vehiculos que prestan el servicio de taxi estacion.Las personas juridicas que prestan el servicio de taxi estacion deben identificar sus vehiculos de la siguiente forma: 1.- El color MORDAZA oscuro o cualquier color uniforme que determine la persona juridica para su flota vehicular, debe estar registrado en la Municipalidad Provincial del Callao. 2.- En las dos puertas laterales delanteras de los vehiculos se pintara o adherira como sticker el escudo de la MORDAZA del Callao, el nombre o logotipo de la persona juridica titular de la Autorizacion para el servicio de taxi. 3.- En las dos puertas laterales posteriores del vehiculo debera pintarse de color negro el numero de la placa de rodaje en un rectangulo de treinta y cinco centimetros (35 cm.) de largo por quince centimetros (15 cm.) de alto. 4.- En el exterior del techo del vehiculo, debera instalarse un casquete MORDAZA de acrilico MORDAZA, de treinta centimetros (30 cm.) de largo por quince centimetros (15 cm.) de ancho y diez y medio centimetros (10.5 cm.) de alto, llevando inscrita en la parte frontal y posterior la palabra "TAXI", distribuida simetricamente en el elemento de identificacion. Articulo 38.- Requerimientos tecnicos para el servicio de taxi remisse.Las personas juridicas registradas para prestar el servicio de transporte publico de pasajeros en la modalidad de taxi remisse deberan cumplir con los siguientes requisitos: 1.- Contar con una flota vehicular que tenga una antiguedad no mayor a los 10 anos, computados a partir del ano de fabricacion, segun tarjeta de propiedad vehicular. 2.-Tener un local apropiado de operaciones para su flota del servicio de taxi, el cual debe contar con Autorizacion Municipal de Funcionamiento de Establecimientos. 3.- Tener una flota de vehiculos destinados al servicio de taxi no menor a quince (15) unidades, los cuales tendran un peso seco no menor a mil kilogramos (1000 k.), con sistema de aire acondicionado, sistema de musica y otros equipos complementarios que mejoren la calidad del servicio a los pasajeros, pudiendo mantener la carroceria del vehiculo (flota vehicular) de color negro o MORDAZA oscuro. 4.- Tener una central de comunicaciones por radio o por telefono, a traves de la cual deben tener comunicacion permanente directamente con todos y cada uno de los vehiculos pertenecientes a la flota que presta el servicio de taxi. Los vehiculos deben estar dotados ademas del

elemento fijo de comunicacion, de un elemento movil, para el caso que el conductor se encuentre fuera del mismo. 5.- En el interior de la unidad debera figurar en lugar visible la Credencial del Conductor. Articulo 39.- Identificacion de los vehiculos que prestan el servicio de taxi remisse.Las personas juridicas que prestan el servicio de taxi remisse deben identificar sus vehiculos de la siguiente forma: 1.- La carroceria de los vehiculos deben estar pintados integramente de color negro o MORDAZA oscuro. Articulo 40.- Representacion Legal y responsabilidad de las personas juridicas.Las personas juridicas que registren vehiculos para prestar el servicio en la modalidad de Taxi Estacion y Taxi Remisse, deben: 1. Designar un representante legal responsable del cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. 2. Cumplir las Ordenanzas, Decretos de Alcaldia, Resoluciones Gerenciales, Acuerdos, Reglamentos, y normas que le MORDAZA aplicables, vigentes en el presente o que se dicten en el futuro sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiera corresponderles. CAPITULO II PARADEROS OFICIALES DE TAXI Articulo 41.- Paradero oficial de taxi.Entiendase como Paradero Oficial de Taxi, a la zonas de la via publica tecnicamente calificada en la cual los vehiculos autorizados del servicio de taxi en la modalidad de taxi independiente pueden estacionarse temporalmente a la espera de pasajeros, constituyendo los Paraderos Oficiales de Taxi zonas rigida para todos aquellos vehiculos no senalados en el presente articulo. Articulo 42.- Determinacion de los Paraderos Oficiales de Taxi.La determinacion y ubicacion de los paraderos oficiales de taxi sera autorizada y senalizada por la Municipalidad Provincial del Callao a traves de la Gerencia General de Transporte Urbano. Articulo 43.- Tipos de paraderos.Los Paraderos Oficiales de Taxi pueden ser: 1. Paradero Transitorio: Es todo lugar de la via publica que se senaliza de manera temporal, especialmente en lugares de alta concentracion de pasajeros por efecto de una actividad especifica. Concluida la actividad el paradero es retirado. 2. Paradero Fijo: Es todo lugar de la via publica que se senaliza de manera permanente. Articulo 44.- Mobiliario MORDAZA considerado como paradero de taxi.El mobiliario MORDAZA como paradero de taxi solo puede implantarse en las areas de la via publica consideradas como paradero fijo, el mismo que podra comprender: 1. Bancas de espera. 2. Elementos de publicidad exterior. 3. Elementos de informacion. 4. Servicios de telefonia. 5. Servicios higienicos. 6. Puesto de venta de bienes y servicios menores. 7. Puestos de orientacion, informacion y MORDAZA rapido. Articulo 45.- Limite del mobiliario MORDAZA del paradero de taxi.La cantidad de componentes del mobiliario MORDAZA en un Paradero Oficial de Taxi, estara determinada por el estudio que realice la autoridad municipal competente, de acuerdo con las caracteristicas urbanas y capacidad de la via publica. Articulo 46.- Concesion de espacios de la via publica para instalar paraderos de taxi.La autoridad municipal competente podra dar en concesion espacios de la via publica para la instalacion

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