Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2011 (06/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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DICE: ....

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de enero de 2011

ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Reconocen a Presidente y Vicepresidente Academico de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Canete
RESOLUCION Nº 478-2010-CONAFU

Articulo Sexagesimo Tercero: DESIGNAR al doctor ERLA MORDAZA HAYAKAWA MORDAZA, como Juez Supernumerario del 2° Juzgado Penal Especial. DEBE DECIR: .... Articulo Sexagesimo Tercero: DESIGNAR a la doctora ERLA MORDAZA HAYAKAWA MORDAZA, como Juez del 2° Juzgado de Investigacion Preparatoria.
586131-1

ORGANOS AUTONOMOS FUERO MILITAR POLICIAL
Autorizan publicacion del Reglamento de Linea de MORDAZA y Acceso a la Magistratura Militar Policial en el MORDAZA Institucional del Fuero Militar Policial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 130-2010-TSMP/SG

MORDAZA, 17 de noviembre de 2010
"UNIVERSIDAD NACIONAL DE CANETE"

VISTOS: Ley Nº 29488 de fecha 22 de diciembre de 2009, el Oficio Nº 037-2010-ME-DM recibido de fecha 25 de junio de 2010, el Oficio Nº 810-2010-CONAFU-CDAA de fecha 03 de noviembre de 2010 y el Acuerdo Nº 4742010-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU del dia 17 de noviembre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional; Que mediante Ley Nº 29488 de fecha 23 de diciembre de 2009 se creo la Universidad Nacional de Canete con domicilio en el distrito de San MORDAZA y provincia de Canete Departamento de MORDAZA, sobre la base de las actuales sedes en dicha Provincia de las Universidades Nacionales del Callao y MORDAZA MORDAZA Sanchez; Que de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, senala: "Titulo Primero, articulo 3º Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...f) Reconocer a las Comisiones Organizadoras de la Universidades Publicas y Privadas a propuesta de los promotores..." Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 18 del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion, Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, la Comision Organizadora de la Universidad esta compuesta por: 1) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision, con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad, 2) Un Vicepresidente Academico, que asume las funciones que corresponden al Vicerrector Academico y 3) Un Vicepresidente Administrativo que asume las funciones de Vicerrector Administrativo; Que, por Oficio Nº 037-2010-ME-DM recibido de fecha 25 de junio de 2010, el senor Ministerio de Educacion, propone a los siguientes profesionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ganoza, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Lovera MORDAZA en los cargos de Presidente, Vicepresidente Administrativo y Vicepresidente Academico, respectivamente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Canete; Que, de acuerdo al articulo 20º del referido Reglamento, establece que: "Para el reconocimiento del CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria..."; Que, en el articulo 21º del Reglamento, establece: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, por Oficio Nº 810-2010-CONAFU-CDAA de fecha

MORDAZA, 20 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29182 "Ley de Organizacion y Funciones del Fuero Militar Policial", se establecio la naturaleza, estructura, organizacion, competencia, jurisdiccion, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, en MORDAZA con las normas y principios establecidos en la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 5° de la citada Ley, modificado mediante Decreto Legislativo N° 1096, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el MORDAZA organo de gobierno y administracion del Fuero; Que, conforme a lo previsto en el inciso 2) del referido articulo 5° de la MORDAZA citada en el parrafo anterior, compete al Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, aprobar los instrumentos de gestion administrativa y funcional de los diferentes organos jerarquicos del Fuero Militar Policial; Que, mediante Acuerdo de Sesion del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial Nº 14-10 de fecha 17 diciembre 2010, se aprobo el Reglamento de Linea de MORDAZA y Acceso a la Magistratura Militar Policial, asi como su publicacion en el MORDAZA Institucional del Fuero Militar Policial; encargandose al Presidente del Fuero Militar Policial la emision del acto administrativo que viabilice dicho acuerdo; De conformidad con los fundamentos expuestos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion Administrativa y del Reglamento de Linea de MORDAZA y Acceso a la Magistratura Militar Policial, cuyo texto corre anexo a la presente en medio magnetico, en el MORDAZA Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp. gob.pe). Articulo 2°.- El Reglamento de Linea de MORDAZA y Acceso a la Magistratura Militar Policial, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion indicada en el articulo anterior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MESA ANGOSTO Presidente del Fuero Militar Policial
585775-1

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