Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2011 (19/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, rector de la Universidad Nacional del Altiplano, MORDAZA vicepresidente de la Asamblea Nacional de Rectores, para el periodo institucional que comprende del ano 2011 al ano 2013. Articulo 2º.- El mandato de la autoridad universitaria senalada en el articulo precedente, comprende del 06 de MORDAZA de 2011 al 05 de MORDAZA de 2013. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores
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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Precisan que para la captura de tramites de DNI de los adolescentes de 15 y 16 anos de edad, se aplicaran las disposiciones contenidas en la R.J. Nº 917-2010-JNAC/RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 142-2011/JNAC/RENIEC

de zonas urbanas y en una tercera etapa a ninas, ninos y adolescentes entre 6 y 14 anos de edad de las zonas rurales, durante los anos 2010 y 2011; Que, segun lo establecido en el articulo 1º del mencionado Decreto de Urgencia, documentar a los menores de edad del MORDAZA a traves del otorgamiento del DNI en forma gratuita, contribuira a fortalecer el acceso y el seguimiento de las intervenciones del Estado a favor de la poblacion de menores recursos, en materia de servicios de salud, educacion y de caracter social; Que, en este contexto, con la finalidad de otorgar el DNI a los menores en forma gratuita, el RENIEC ha establecido una metodologia de intervencion que contempla de manera excepcional, la aplicacion de criterios de flexibilidad para la captura de tramites del DNI por primera vez, que permitiran lograr las metas previstas, las cuales se plasman en las Resoluciones Jefaturales Nos. 701-2010/JNAC/RENIEC (09AGO2010) y 917-2010/JNAC/RENIEC (21OCT2010); Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 11012010-JNAC/RENIEC (30DIC2010), se extendieron los beneficios establecidos en la Resolucion Jefatural Nº 701-2010/JNAC/RENIEC (09AGO2010), para los adolescentes de 15 y 16 anos de edad, al MORDAZA del Programa Estrategico de Acceso de la Poblacion a la Identidad; Que, conforme a lo recomendado por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, en observancia de los Principios de Igualdad y del Interes Superior del MORDAZA, resulta necesario que los tramites de inscripcion y obtencion del DNI por primera vez para los adolescentes de 15 y 16 anos de edad, puedan efectuarse conforme a los lineamientos establecidos en la Resolucion Jefatural Nº 917-2010-JNAC/RENIEC (21OCT2010); Que, la presente resolucion debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Organica del RENIEC, Ley Nº 26497, al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar que para la captura de tramites de DNI de los adolescentes de 15 y 16 anos de edad, se aplicaran las disposiciones contenidas en los articulos 2º y 3º de la Resolucion Jefatural Nº 917-2010JNAC/RENIEC (21OCT2010). Articulo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, de Registros de Identificacion, de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, de Administracion, de Planificacion y Presupuesto y de Imagen Institucional, la ejecucion y la implementacion de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Informatica la implementacion de las modificaciones necesarias a los aplicativos y/o sistemas, para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Registros de Identificacion, de acuerdo a las funciones establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, vigente, valide los tramites efectuados al MORDAZA de la presente resolucion y realice la fiscalizacion de los tramites y emision del DNI de menores al MORDAZA del Programa Estrategico de Acceso de la Poblacion a la Identidad. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional
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MORDAZA, 17 de marzo de 2011 VISTO: El Oficio Nº 000238-2011/GRIAS/RENIEC (01FEB2011), el Informe Nº 0000007-2011/GRIAS/ RENIEC (01FEB2011) emitido por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, el Informe Nº 000030-2011/GOR/RENIEC (28FEB2011) emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, y los Informes Nº 000290-2011/GAJ/RENIEC y 000500-2011/GAJ/RENIEC (08FEB2011 y 07MAR2011, respectivamente), emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 183º de la Constitucion Politica del Estado, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, esta encargado de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, asi como de emitir los documentos que acrediten la identidad de los peruanos y peruanas; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 044-2010, publicado el 25JUN2010; se dictan diversas medidas orientadas a otorgar el DNI en forma gratuita a las ninas, ninos y adolescentes de 0 a 14 anos de edad de las zonas rurales y urbanas del territorio nacional, beneficiandose en una primera etapa a menores de 0 a 5 anos de edad de zonas urbanas y rurales, en una MORDAZA etapa a ninas, ninos y adolescentes entre 6 y 14 anos de edad

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