Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2011 (07/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

442173

· MORDAZA Sector: Area comprendida entre la Av. Caqueta, la Av. MORDAZA MORDAZA y el Jr. General Pezet, contiguos al area comercial de la Av. Caqueta. · MORDAZA Sector: MORDAZA contigua a la anteriormente descrita, comprendida entre el Jr. General Pezet, la Av. MORDAZA Republicana, la Prolongacion de la Av. Tacna y la franja riberena, la cual presenta usos mixtos de vivienda con usos comerciales, con alto grado de deterioro por la antiguedad de sus edificaciones, asi como su infraestructura MORDAZA (pistas y veredas, areas verdes, redes y conexiones de agua y alcantarillado, energia electrica). · MORDAZA Sector: Area conformada por los terrenos que ocupan el Fuerte MORDAZA Rubio y el terreno de CUVISA, asi como el terreno que ocupa la Universidad Nacional de Ingenieria, UNI. Articulo 15º.- Se considera areas de tratamiento a los espacios urbanos que identificados en el estudio para la renovacion MORDAZA, o por propuesta de actores publicos o privados, estan compuestos por predios individuales y/o el conjunto de los mismos, los cuales se identifican por contar con caracteristicas homogeneas, tanto socioeconomicas como de vulnerabilidad, tener continuidad y corresponder a la misma area del sector. Articulo 16º.- La determinacion de estas areas de tratamiento identificadas a traves del estudio para la renovacion MORDAZA, o por propuesta de actores publicos o privados sera a traves de un Decreto de Alcaldia previo sustento elaborado por la Gerencia de Renovacion MORDAZA, el cual debera estar visado por la Gerencia de Desarrollo Urbano. Articulo 17º.- Las Areas de tratamiento podran contar con micro zonas de tratamiento, las cuales son espacios urbanos compuestos por un predio o varios de estos, asi como de un espacio publico definido, que forman parte de una misma area de tratamiento dentro de un sector y que por sus caracteristicas y propuesta de renovacion, demandan de un manejo especifico diferenciado. Para la aprobacion de esta micro zonas de tratamiento, la Gerencia de Renovacion MORDAZA con informe de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA emitiran una opinion tecnica la cual servira de sustento a la Resolucion de Alcaldia que aprobara la misma.

y gestion de intervencion de las diversas acciones de renovacion MORDAZA en el distrito del Rimac. En base a esto, calificara los predios y/o zonas susceptibles de acogerse a la Renovacion MORDAZA al considerarse de interes local el desarrollo de estos proyectos. Esta calificacion se podra realizar de oficio o a pedido de parte y es indispensable para gestionar la autorizacion o la licencia respectiva.

TITULO CUARTO: DEL SANEAMIENTO FISICO LEGAL DE PREDIOS TUGURIZADOS PARA LA RENOVACION MORDAZA
Articulo 22º.- El saneamiento constituye el conjunto de procedimientos legales disenados para des precarizar el derecho de propiedad, ya sea para determinar de manera plena la titularidad del derecho como para regularizar las edificaciones realizadas en los predios, de modo tal que exista una plena equivalencia entre la titularidad y la realidad del predio con la informacion registral, con el proposito de lograr la capitalizacion de los predios y garantizar un ejercicio del derecho de propiedad en MORDAZA con el bien comun. Siendo parte de esta legislacion lo establecido en la Ley Nº 29415 Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovacion MORDAZA y su reglamentacion. Articulo 23º.- Es de necesidad publica el MORDAZA de saneamiento fisico legal de predios tugurizados con fines de renovacion urbana. Para lo cual existen las etapas de saneamiento legal de predios tugurizados y de saneamiento fisico de predios tugurizados.

TITULO QUINTO: FINANCIAMIENTO DEL MORDAZA DE RENOVACION MORDAZA
Articulo 24º.- El financiamiento, para temas de Renovacion MORDAZA del distrito, podra ser por MORDAZA publicas, privadas o publico/privados, ya sea nacional o extranjera, bajo cualquier modalidad, financiamiento, endeudamiento, donacion u otras, no solo a la municipalidad u otro organismo publico, sino entre los actores que proponen e intervienen en proyectos para la renovacion MORDAZA en el distrito. Articulo 25º.- Los predios de propiedad publica, entendidos por estos los predios del Estado y de la Municipalidad del MORDAZA, como de otro organismo publico, podran ser de acuerdo a su uso parte del MORDAZA de renovacion MORDAZA de acuerdo a las especificaciones tecnicas de la propuesta de renovacion MORDAZA y del Proyecto a presentar. Articulo 26º.- Los predios de propiedad privada o publica que son considerados como monumentales para su renovacion deberan ajustarse a las disposiciones tecnicas especificas de tratamiento que el estudio para la renovacion MORDAZA determine, elaboradas en coordinacion con el Ministerio de Cultura.

CAPITULO TERCERO DE LOS PROYECTOS ESPECIFICOS Y LOS PROYECTOS DE INVERSION
Articulo 18º.- Para el caso de esta ordenanza, son proyectos especificos toda forma de intervencion limitada en el tiempo que sustentada por un MORDAZA de formulacion y evaluacion, que muestre la viabilidad y factibilidad economica y tecnica de esta intervencion ya sea publica o privada, destinada a provocar un cambio en favor del desarrollo integral y sustentable de la localidad, en el MORDAZA de la renovacion urbana. Articulo 19º.- Para el caso de esta ordenanza, son proyectos de inversion, toda intervencion limitada en al tiempo, que utiliza total o parcialmente recursos publicos, privados o publico/privados con el fin de generar mecanismos para la renovacion urbana. Articulo 20º.- Estos proyectos, especificos o de inversion, se promoveran y evaluaran de acuerdo a sus MORDAZA de financiamiento, para todos ello el componente de los sustentos y expedientes tecnicos, contaran con la opinion de una comision tecnica especial de evaluacion, compuesta por los colegios profesionales de: Arquitectos e Ingenieros, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, el Ministerio de Cultura, para los casos vinculados a zonas monumentales, y las Gerencias de la Municipalidad del MORDAZA de Renovacion MORDAZA, Desarrollo MORDAZA y Planificacion y Presupuesto. De acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- La presente ordenanza podra ser reglamentada o complementada mediante Decreto de Alcaldia. Segunda.- Disponer que en un plazo de 45 dias la Gerencia de Renovacion MORDAZA en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo MORDAZA debera emitir el reglamento de la presente Ordenanza. Tercera.- Disponer que la Gerencia de Renovacion MORDAZA en conjunto con la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Planificacion y Presupuesto elaboren un programa y presupuesto de formulacion del estudio para la Renovacion MORDAZA del Distrito del Rimac. POR TANTO:

TITULO TERCERO:
Mando se registre, publique y cumpla.

DEL ORGANO COMPETENTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL EN MATERIA DE RENOVACION MORDAZA
Articulo 21º.- La Gerencia de Renovacion MORDAZA actua como el organo responsable del MORDAZA de planificacion, formulacion de estudios, programacion

Dado en el Palacio Municipal a los veintinueve dias del mes de MORDAZA de dos mil once. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA

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