Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2011 (02/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

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considerados como Recursos Directamente Recaudados, aprobados por las Resoluciones de Alcaldia Nº 456-2010ALC/MM del 30 de junio de 2010 y 675-2010-ALC/MM del 27 de setiembre de 2010. Articulo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General remita MORDAZA certificada del Informe Nº 2-21612011-001 - "Examen Especial a la Ejecucion del Gastos en Bienes, Servicios e Inversion y su Financiamiento - Periodo 2010" a la Procuraduria Publica Municipal, a efectos que esta MORDAZA evalue, determine e inicie las acciones civiles y penales que correspondan contra las personas involucradas en las observaciones contenidas en el citado informe, en defensa de los intereses de la Municipalidad de Miraflores. Articulo Cuarto.- PRECISAR que, para los efectos a que se contrae el articulo tercero del presente acuerdo, la Procuraduria Publica Municipal podra solicitar los informes que estime pertinentes a las diversas unidades organicas de la Municipalidad de Miraflores. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion del presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicacion en el MORDAZA institucional de la municipalidad (www.miraflores.gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 710582-1

los organos de la Municipalidad Provincial del Callao es necesario unificar en un solo Organo las funciones relacionadas a brindar servicios de salud, en tal sentido, considera conveniente atender la solicitud para la creacion del Organo: Gerencia General de Salud y de su Unidad Organica: Gerencia de Sanidad, recomendando modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) incorporando los articulos 164.A, 164.B, 164.C, 164.D y 164.E y modificando los articulos 8, 108, 109 literales a. y l., 110 y 168; asimismo, se debe suprimir del ROF los literales g. y h. del articulo 109 y los articulos 115, 116 y 172; Que, se cuenta con las opiniones favorables de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, a traves del Informe Nº 196-2011MPC/GGPPR de la Gerencia de Racionalizacion, el Informe Nº 095-2011-MPC/GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalizacion, asimismo de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion mediante Informe Nº 415 - 2011-MPC/GGAJC y el como el Dictamen Nº 38­2011MPC/SR-CAM de la Comision de Administracion que propone su aprobacion; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Articulo 1º.- Apruebese en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao (ROF), aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 000067-2010, la creacion del Organo: Gerencia General de Salud y de su Unidad Organica: Gerencia de Sanidad, incorporando los articulos 164.A, 164.B, 164.C, 164.D y 164.E de acuerdo al siguiente texto: "(...) SECCION X: DE LA GERENCIA GENERAL DE SALUD Articulo 164.A La Gerencia General de Salud es el organo de linea especializado en brindar servicios integrales de salud a la poblacion, con un fin social, contribuyendo a mejorar la calidad de MORDAZA y el bienestar de la poblacion, la promocion y difusion de la sanidad. Depende jerarquicamente de la Gerencia Municipal. Articulo 164.B Son funciones de la Gerencia General de Salud: a.Normar, promover, coordinar, dirigir, ejecutar y evaluar acciones de salud, a traves de la Gerencia de Sanidad y el Programa Municipal de Hospitales Chalacos. b.Proponer, dirigir, coordinar, implementar y supervisar el Plan Municipal de Salud del Callao. c.Promover, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar acciones de prevencion y atencion de salud. d.Proponer y supervisar la aplicacion de politicas de salud en el ambito de la jurisdiccion de la Municipalidad Provincial del Callao. e.Efectuar otras funciones afines que le asigne la Gerencia Municipal en materia de su competencia. Articulo 164.C Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia General de Salud cuenta con las siguientes dependencias: - Gerencia de Sanidad. Articulo 164.D La Gerencia de Sanidad es el organo de linea, encargado de promover, controlar y evaluar los servicios de salud y desarrollar programas de prevencion sanitaria de la poblacion. Articulo 164.E Son funciones de la Gerencia de Sanidad: a.Elaborar, controlar y evaluar la ejecucion del Plan Municipal de Salud del Callao. b.Promover la ampliacion, descentralizacion y el acceso masivo a bajo costo, de los servicios de salud, promocionando una cultura de salud y modos de MORDAZA

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican el Organizacion y Municipalidad Reglamento de Funciones de la

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027 -2011 Callao, 25 de octubre de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con el MORDAZA UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0000342004 le confieren; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000067-2010, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, que regula y establece la Organizacion interna de esta Comuna, sobre la base de objetivos y funciones establecidos en la Ley Organica de Municipalidades; Que, la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion refiere que se ha procedido a la revision y adecuacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad para reasignar las funciones de la Gerencia de Sanidad y del Sistema de Hospitales Chalacos al MORDAZA Organo: Gerencia General de Salud, dejando de pertenecer la Gerencia de Sanidad a la Gerencia General de Servicios Sociales y el Sistema de Hospitales Chalacos a los Organos Descentralizados; agrega que para evitar la duplicidad de funciones entre

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