Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2012 (24/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de agosto de 2012

la municipalidad para el estacionamiento de vehiculos, con el fin de optimizar el uso de los espacios de la via publica y a su vez procurar la fluidez del MORDAZA vehicular. Articulo 3°.- HECHO IMPONIBLE Constituye el hecho imponible de la Tasa de Estacionamiento Vehicular el uso o aprovechamiento de los espacios habilitados por la municipalidad para la prestacion del servicio de estacionamiento. Articulo 4°.- SUJETO PASIVO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA Son sujetos pasivos de la tasa, en calidad de contribuyentes, los conductores de vehiculos que usen o aprovechen temporalmente los espacios de las zonas habilitadas para el estacionamiento de vehiculos. Articulo 5.- NACIMIENTO DE LA OBLIGACION La obligacion tributaria nace en el momento en que el conductor estaciona su vehiculo, en los espacios habilitados para la prestacion del servicio de estacionamiento vehicular en el distrito de Miraflores. Articulo 6°.- DETERMINACION DEL MONTO DE LA TASA, TIEMPO DE ESTACIONAMIENTO Y TOLERANCIA El monto de la Tasa de Estacionamiento Vehicular asciende a la suma de S/.0.50 nuevos soles por cada treinta (30) minutos o fraccion de ocupacion del espacio de estacionamiento. El tiempo de tolerancia para el estacionamiento de vehiculos en MORDAZA habilitada, exento al pago del tributo, por cada vez, es de diez (10) minutos. Transcurrido este tiempo se procedera al cobro del monto minimo, aun cuando no se utilice el total del tiempo establecido. El boleto extendido al conductor solo es valido el dia y tiempo de fraccion de su emision. Articulo 7°.- PAGO La Tasa de Estacionamiento Vehicular constituye un tributo de realizacion inmediata, por lo que el pago debe producirse en el momento en el que el conductor del vehiculo decida abandonar la MORDAZA de estacionamiento. En caso se usen medios mecanicos o electronicos para el control y cobro del estacionamiento, el pago de la tasa puede producirse al estacionar el vehiculo y por el tiempo que requiera el usuario. En caso de incumplimiento parcial o total del pago de la tasa, la Administracion Tributaria Municipal puede ejercer todas las atribuciones respectivas para hacer efectivo su cobro. Articulo 8°.INAFECTACIONES Y EXONERACIONES Estan exonerados del pago de la Tasa de Estacionamiento Vehicular, siempre que se hallen en cumplimiento de sus funciones, los conductores de los vehiculos oficiales de propiedad de: · El Cuerpo General de Bomberos del Peru · Las Fuerzas Armadas · La Policia Nacional del Peru · Ambulancias en general · Vehiculos oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local · Vehiculos estacionados en zonas reservadas para su categoria o actividad publica, segun autorizacion municipal; y · Vehiculos que presten el servicio de Serenazgo y de Limpieza Publica. Asimismo, los conductores debidamente acreditados con su Documento Nacional de Identidad en el que conste como domicilio el distrito de Miraflores, se encuentran exonerados del pago de la tasa por el lapso de una (1) hora al dia. Articulo 9°.- FIJACION Y SENALIZACION DE LAS ZONAS DE ESTACIONAMIENTO Se consideran zonas habilitadas para el estacionamiento vehicular las que se detallan en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, y que suman un total de 433 espacios.

Las zonas habilitadas sujetas al pago de la tasa de estacionamiento vehicular se distinguiran por el pintado de lineas blancas. Tratandose del espacio destinado a personas con discapacidad o madres gestantes, se colocara un simbolo distintivo sobre el MORDAZA de fondo MORDAZA en el espacio de estacionamiento. Articulo 10°.- HORARIO La Tasa de Estacionamiento Vehicular es exigible de lunes a sabado, entre las 08:00 horas y las 23:00 horas. Articulo 11°.- DIFUSION DE INFORMACION BASICA En las zonas habilitadas para el estacionamiento vehicular se publicara, en lugares visibles, la siguiente informacion: · El numero de Ordenanza que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular vigente. · El numero de Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que ratifica la Ordenanza senalada en el literal anterior. · El monto de la tasa aprobada vigente por cada treinta (30) minutos o fraccion. · El tiempo de tolerancia. · El horario de cobro para el uso de los estacionamientos. · El numero de espacios habilitados. · El significado del color de las zonas senalizadas. Articulo 12°.- TRANSPARENCIA EN EL COBRO DE LA TASA Los boletos o comprobantes de pago de la tasa deben consignar los datos relevantes consignados en el articulo precedente, asi como el nombre del concesionario, de ser el caso.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS
Primera.- DEL INFORME TECNICO Apruebese el Informe Tecnico que incluye el cuadro de estructura de costos, cuadro de distribucion y tasa, y cuadro de estimacion de ingresos; que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Segunda.- DE LA VIGENCIA La presente Ordenanza y el Informe Tecnico que la integra, entraran en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y la del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana que la ratifique. Tercera.- DE LA PUBLICACION Pongase en conocimiento que la publicacion del integro de la presente Ordenanza, asi como el Acuerdo de Ratificacion que la aprueba, sera publicada en la pagina web del Servicio de Administracion Tributaria - SAT (www. sat.gob.pe), y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Miraflores (www.miraflores.gob.pe). Cuarta.- DEROGATORIA Dejese sin efecto la Ordenanza Nº 290-MM y la Ordenanza Nº 379/MM, asi como cualquier dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza. Quinta.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultese al MORDAZA de la Municipalidad de Miraflores, a dictar las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Sexta.- ENCARGATURA Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Gerencias de Administracion Tributaria y de Comunicaciones e Imagen Institucional, asi como a las Subgerencias de Recaudacion y de Movilidad MORDAZA y Seguridad Vial. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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