Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2012 (24/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del personal militar de la Republica de Colombia detallado a continuacion, del 26 de agosto al 28 de setiembre de 2012, a fin que participen en el Curso de Operacion y Mantenimiento de Misiles IGLA, que se llevara a cabo en la Escuela de Capacitacion y Perfeccionamiento (ESCAP) del Ejercito del Peru. 1. MORDAZA 2. Tecnico Subjefe MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pinilla MORDAZA MOTTA MORDAZA

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el Articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

832119-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 946-2012-DE/SG
MORDAZA, 22 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 582 del 18 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio

de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-3108 del 6 de agosto de 2012, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA, por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Chile; Que, el personal militar MORDAZA senalado ingresara a territorio de la Republica, del 26 de agosto al 1 de setiembre de 2012, a fin de participar en la X Reunion de Estados Mayores y XXV Reunion Bilateral de Inteligencia entre la Armada de MORDAZA y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, a llevarse a cabo en la MORDAZA Lima; Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del personal militar de

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe

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