Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2012 (27/02/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

461550

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de febrero de 2012

MORDAZA MORDAZA CHUCOS MORDAZA, del Ejercito del Peru, a fin de que participen en las Reuniones de Consulta y Cooperacion, que tendran lugar en la MORDAZA Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela y en la MORDAZA de Bogota ­ Republica de Colombia, entre el 27 de febrero al 02 de marzo de 2012. Articulo 2º.- La Unidad Ejecutora 002 : Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuara los pagos que corresponden al General de Brigada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereo: MORDAZA - Caracas (Venezuela) Caracas (Venezuela) - Bogota (Colombia) Bogota (Colombia) - MORDAZA US$. 2,000.00 x 1 persona (incluye TUUA) US$. Viaticos US$. 200.00 x 5 dias x 1 persona Total: US$. US$. 2,000.00 1,000.00 3,000.00

Registrese, comuniquese y publiquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 757326-1

RELACIONES EXTERIORES
Delegan a funcionaria las facultades para suscribir el "Protocolo facultativo de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA relativo a un procedimiento de comunicaciones"
RESOLUCION SUPREMA N° 049-2012-RE MORDAZA, 27 de febrero de 2012 Visto la Hoja de Tramite (GAC) N° 696 de 20/02/2012 del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro de Relaciones Exteriores; Debiendose suscribir el "Protocolo facultativo de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA relativo a un procedimiento de comunicaciones"; De conformidad con lo establecido en el articulo 5.6 de la Ley N° 29357 de 13 de MORDAZA de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE de 22 de MORDAZA de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegar en la persona de la Ministra Consejera Luz MORDAZA MORDAZA de Clulow, Representante Permanente Alterna del Peru ante los Organismos Internacionales con sede en MORDAZA, las facultades suficientes para que suscriba el "Protocolo facultativo de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA relativo a un procedimiento de comunicaciones". Articulo 2°.- Extender los Plenos Poderes correspondientes a la Ministra Consejera Luz MORDAZA MORDAZA de Clulow, Representante Permanente Alterna del Peru ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 757326-2

Articulo 3º.- La Unidad Ejecutora 003 : Ejercito del Peru, efectuara los pagos que corresponden al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA CHUCOS MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereo: MORDAZA - Caracas (Venezuela) Caracas (Venezuela) - Bogota (Colombia) Bogota (Colombia) - MORDAZA US$. 2,000.00 x 1 persona (incluye TUUA) US$. 2,000.00 Viaticos US$. 200.00 x 5 dias x 1 persona Total: US$. 1,000.00 US$. 3,000.00

Articulo 4º.- El personal comisionado, debera cumplir con lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa.

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.