Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2012 (27/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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tratamiento, proteccion y recuperacion de la persona afectada por la zoonosis; Que, con Resolucion Ministerial Nº 587-2009/MINSA, se establece la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Familiar, asi como su organo responsable; Que, a traves de Resolucion Ministerial N° 243-2012/ MINSA, se modifico la denominacion de la Estrategia Sanitaria Nacional de "Accidentes de Transito", por Estrategia Sanitaria Nacional de "Seguridad Vial y Cultura de Transito"; Que, mediante el Informe N° 002-2012-DGSP/ MINSA, la Direccion General de Salud de las Personas, propone modificar la estructura organizacional de las Estrategias Sanitarias Nacionales, a fin de lograr el fortalecimiento tecnico de las mismas, asi como facilitar las acciones administrativas y logisticas en su funcionamiento, y promover la mejora en su articulacion intra e inter sectorial, para lo cual propone la creacion de una unidad funcional en la Direccion General de Salud de las Personas; Que, con Informe N° 109-2012-OGPP-OO/MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinion tecnica favorable respecto de la propuesta formulada por la Direccion General de Salud de las Personas; Que, con la finalidad de obtener mayores niveles de eficiencia en el cumplimiento de las funciones de las Estrategias Sanitarias Nacionales, de manera que se logre una mejor atencion a la poblacion, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Estando a lo informado por la Direccion General de Salud de las Personas y contando con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Con el visado de la Directora General de Salud de las Personas, del Director General de la Direccion General de Promocion de la Salud, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Viceministro de Salud y del Jefe del Instituto Nacional de Salud; De conformidad con lo dispuesto la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de la Modernizacion de la Gestion del Estado, y en el literal I) del Articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- De la restructuracion de las Estrategias Sanitarias Nacionales Restructurase la organizacion y dependencia funcional de las Estrategias Sanitarias Nacionales del Ministerio de Salud. Las Estrategias Sanitarias Nacionales constituyen instancias responsables de desarrollar las actividades destinadas al logro de resultados sanitarios optimos en las prioridades nacionales y regionales de salud publica. Su finalidad es integrar acciones de promocion, prevencion, recuperacion y rehabilitacion de la salud a nivel intra e intersectorial. Articulo 2°.- De la organizacion de las Estrategias Sanitarias Nacionales Las Estrategias Sanitarias Nacionales tendran una dependencia funcional de algun organo del Ministerio de Salud y/o de ser el caso y en atencion a la naturaleza de las funciones que desarrollan, podran tener dependencia funcional de un Organismo Publico adscrito al Sector Salud, dentro del ambito de su competencia y tendran la siguiente estructura basica: -Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional - Comite de Expertos de las Estrategias Sanitarias Nacionales Articulo 3°.- De la dependencia funcional de las Estrategias Sanitarias Nacionales Las Estrategias Sanitarias Nacionales, dependeran funcionalmente ya sea de algun organo del Ministerio de Salud, o de un Organismo Publico adscrito al Sector, segun el siguiente detalle:

3.1.- Tendran dependencia funcional de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud las siguientes Estrategias Sanitarias Nacionales: a) Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Infecciones de Transmision Sexual y VIH ­ SIDA. b) La Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Tuberculosis. c) La Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Danos No Transmisibles. d) La Estrategia Sanitaria Nacional Salud Bucal. e) La Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Sexual y Salud Reproductiva f) La Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevencion de la Ceguera. g) La Estrategia Sanitarias Nacional de Salud Mental y Cultura de Paz. h) La Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones. i) La Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Familiar. 3.2.- La Estrategia Sanitaria Nacional de Seguridad Vial y Cultura de MORDAZA tendra dependencia funcional de la Direccion General de Promocion de la Salud del Ministerio de Salud. 3.3.- Tendran dependencia Funcional del Instituto Nacional de Salud, las siguientes Estrategias Sanitarias Nacionales: a) La Estrategia Sanitaria Nacional de Vigilancia y Control de Riesgos de Contaminacion con Metales Pesados y otras Sustancias Quimicas. b) La Estrategia Sanitaria Nacional de Salud de los Pueblos Indigenas. c) La Estrategia Sanitaria Nacional de Alimentacion y Nutricion Saludable. d) La Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Enfermedades Metaxenicas y otras Transmitidas por Vectores. e) La Estrategia Sanitaria Nacional de Zoonosis Articulo 4°.- Del Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional Cada Estrategia Sanitaria Nacional estara a cargo de un Coordinador Nacional, quien sera nominado mediante Resolucion Ministerial y se encargara de realizar las gestiones que corresponda a la Estrategia. El Coordinador Nacional tendra las siguientes funciones: a) Disenar, planificar, programar, monitorear, supervisar y evaluar la implementacion y ejecucion del Plan aprobado de la Estrategia Sanitaria Nacional a su cargo, asi como su articulacion intra e intersectorial. b) Formular y proponer al organo competente, los documentos tecnicos normativos relacionados al MORDAZA de competencia de la Estrategia. c) Coordinar y Gestionar los recursos financieros necesarios para la ejecucion de las actividades previstas para la Estrategia Sanitaria Nacional. d) Desarrollar las actividades administrativas y de gestion de la Estrategia Sanitaria Nacional a su cargo y elevar el informe correspondiente. e) Promover la articulacion intersectorial y con la sociedad civil, en coordinacion con el Comite Expertos y en el ambito de su competencia. f) Solicitar la opinion de expertos y representantes de instituciones academicas, agencias de cooperacion internacional, organizaciones no gubernamentales y organizaciones civiles y de personas afectadas en el MORDAZA de la Estrategia Sanitaria Nacional, cuando la situacion lo amerite. Articulo 5°.- Del Comite de Expertos de las Estrategias Sanitarias Nacionales El Comite de Expertos de las Estrategias Sanitarias Nacionales estara conformado de la siguiente manera:

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