Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2012 (09/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 9 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.-Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

850540-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Modifican Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, y el Reglamento del MORDAZA Alternativo de Valores, y aprueban el Reglamento Interno de Inscripcion y Exclusion de Valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA
RESOLUCION SMV Nº 042-2012-SMV/01
MORDAZA, 5 de octubre de 2012

Que, en virtud de lo dispuesto por la Tercera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. mediante comunicaciones recibidas el 24 de agosto y 25 de septiembre de 2012, presento el Proyecto de Reglamento Interno de Inscripcion y Exclusion de Valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA y el Proyecto de Modificacion del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 026-2005EF/94.10, acompanando para tal efecto la certificacion del acuerdo de Directorio en que se aprueban los documentos mencionados, asi como la MORDAZA del comprobante de pago respectivo; Que, conforme a lo establecido por el articulo 131º y por el inciso a) del articulo 132º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, las bolsas deben reglamentar su actividad, siendo una de sus funciones inscribir y registrar valores mobiliarios para su negociacion en bolsa, asi como excluirlos; Que, el articulo 145º y el inciso c) del articulo 146º de la referida Ley disponen que los reglamentos internos de las bolsas deben ser previamente aprobados por la Superintendencia del MORDAZA de Valores y que deben contener normas que regulen la inscripcion y registro de los valores mobiliarios para su negociacion en bolsa, asi como las relativas a la exclusion de dichos valores; Que, el numeral 7 del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, concordante con el literal b) del articulo 5º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores, Ley Nº 29782, dispone que el Directorio de la SMV es el organo encargado de aprobar los reglamentos internos de las bolsas, asi como sus modificaciones o adecuaciones; Que, en linea con los objetivos de simplicidad y celeridad de los procedimientos contenidos en el Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores y en el Reglamento de MORDAZA Alternativo de Valores- MAV, asi como a los fines de que el emisor conozca los contratos que deberan suscribirse para la inscripcion de sus valores, se considera necesario reemplazar la exigencia de MORDAZA del contrato celebrado con una Institucion de Compensacion y Liquidacion de Valores del MORDAZA, por la de una declaracion jurada mediante la cual el emisor o la empresa, segun corresponda, se comprometa a suscribir un contrato con dicha institucion asi como con la Bolsa en la que se negociaran sus valores; y, Estando a lo dispuesto por el numeral 7 del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, el literal b) del articulo 5º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y modificado por Ley Nº 29782, el articulo 145º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del MORDAZA de Valores en su sesion del 05 de octubre de 2012; SE RESUELVE:

VISTOS: El Expediente Nº 2012029725, el Memorandum Conjunto Nº 2049-2012-SMV/06/11/12 del 28 de septiembre de 2012, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados y la Superintendencia Adjunta de Investigacion y Desarrollo, asi como el Proyecto de Reglamento Interno de Inscripcion y Exclusion de Valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA y el Proyecto de Modificacion del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de MORDAZA, presentados por la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el 24 de agosto y 25 de septiembre de 2012; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SMV Nº 025-2012-SMV/01 se aprobo el Reglamento del MORDAZA Alternativo de ValoresMAV; Que, mediante Resolucion SMV Nº 031-2012-SMV/01 se aprobo el Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, (en adelante, Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores); Articulo 1º.- Sustituir los numerales 29.4 del articulo 29º, 30.2.12 del articulo 30º, 31.4 del articulo 31º y 35.6 del articulo 35º, asi como el numeral 8 del Anexo Nº 8 "Acuerdos societarios, contratos y documentos registrales" del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012-SMV/01, con el texto siguiente: "Declaracion Jurada suscrita por el representante legal del emisor mediante la cual compromete a su representada a suscribir el contrato con la Bolsa en la que se negociaran los valores y el contrato con la Institucion de Compensacion y Liquidacion de Valores del MORDAZA, para su representacion por anotacion en cuenta. Esta declaracion debe formularse de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº 16 "Declaracion Jurada de Suscripcion de Contratos". Articulo 2º.- Incorporar el Anexo Nº 16 "Declaracion Jurada de Suscripcion de Contratos" al Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012-SMV/01, cuyo texto es el siguiente:

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