Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2012 (28/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2012

Angasmarca; la Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MDC de la Municipalidad Distrital de Cachicadan; la Ordenanza Municipal Nº 007-2012-MDM de la Municipalidad Distrital de Mollepata; la Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MDQ de la Municipalidad Distrital de Quiruvilca; la Ordenanza Municipal Nº 002-2012-MDSCCH de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de Chuca; la Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MDS de la Municipalidad Distrital de Sitabamba; el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Integracion de los Andes MMIA"; el Oficio N° 680-2012-PCM/SD y los informes Nº 013-2012­PCM/SD-OGI-MIRA y Nº 036-2012­PCM/SDOGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante Oficio N° 001-2012-MMIA/PCD, el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal Integracion de los Andes - MMIA" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Angasmarca, Cachicadan, Mollepata, Quiruvilca, MORDAZA MORDAZA de Chuca y Sitabamba de la Provincia de MORDAZA de MORDAZA, en el Departamento de La Libertad; Que, por Oficio N° 680-2012-PCM/SD, la Secretaria de Descentralizacion remite el Informe N° 013-2012-PCM/ SD-OGI-MIRA que contiene las observaciones al tramite de inscripcion de la "Mancomunidad Municipal Integracion de los Andes - MMIA"; Que, mediante Oficio N° 002-2012-MMIA/PCD el Gerente General de la "Mancomunidad Municipal Integracion de los Andes - MMIA", presenta los documentos para subsanar las observaciones en el tramite de inscripcion de esta entidad; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Diagnostico: institucional, social y demografico; Gestion estrategica: vision, mision, ambito territorial, objeto, objetivos y desarrollo economico local; Gestion descentralizada: estructura organica, competencias y funciones, provision de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinacion, cooperacion y colaboracion; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidacion institucional, desarrollo economico local, capacidad de gestion y evaluacion; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Planificacion del desarrollo MORDAZA y rural, b) Saneamiento basico, c) Gestion del ambiente, d) Fomento del turismo, la inversion privada y la competitividad productiva, y e) Construccion y mejoramiento de infraestructura vial e hidraulica; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Impulsar el MORDAZA de planeamiento para el desarrollo, MORDAZA y rural, con enfoque de gestion territorial y de MORDAZA, en el ambito territorial de la mancomunidad municipal, b) Concertar con instituciones

del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico del distrito, c) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, d) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846 y e) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Proveer el servicio de saneamiento basico rural, con la ejecucion de proyectos de abastecimiento de agua, alcantarillado e instalacion de letrinas en los distritos integrantes de la mancomunidad municipal, c) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacion con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, d) Participar en el diseno y ejecucion de programas y proyectos de manejo de residuos solidos, en coordinacion con las entidades competentes, e) Contribuir a la elaboracion y aplicacion de instrumentos de gestion ambiental, f) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes, g) Participar en la elaboracion de los planes de gestion de los recursos hidricos de las cuencas y h) Mejorar, rehabilitar y equipar obras de infraestructura hidraulica que tengan por objeto lograr la reduccion de perdidas volumetricas de agua, el aprovechamiento eficiente y la conservacion de los recursos hidricos en la infraestructura hidraulica publica; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Integracion de los Andes - MMIA", contiene informacion sobre domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Integracion de los Andes - MMIA", la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Angasmarca, Cachicadan, Mollepata, Quiruvilca, MORDAZA MORDAZA de Chuca y Sitabamba, aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Integracion de los Andes - MMIA"; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto, y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 036-2012­PCM/ SD-OGI-MIRA, se concluye que se han subsanado las observaciones al tramite de inscripcion y que en la elaboracion de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 11º del Reglamento de la Ley y en el articulo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Integracion de los Andes - MMIA", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 0462010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;

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