Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2013 (10/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2013

Civiles, Sub Gerencia de Procesamiento de Identificacion de la Gerencia de Registros de Identificacion y Sub Gerencia de Gestion Tecnico Normativa de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles adoptara las acciones que correspondan de acuerdo a su competencia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 921949-2

Autorizan la automatizacion de las actividades delegadas a las OREC que funcionan en municipalidades para realizar diversos procedimientos registrales utilizando el Sistema Integrado de Registros Civiles y Microformas - SIRCM del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL N° 116-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Informes N° 000466-2012/GPRC/SGIRC/ RENIEC y N° 000500-2012/GPRC/SGIRC/RENIEC (11OCT2012 y 25OCT2012, respectivamente), emitidos por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Informe N° 001691-2012/GPP/SGP/RENIEC (19JUL2012), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Memorando N° 001534-2012/GOR/RENIEC (22OCT2012), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe N° 000050-2012/OMA/SJNAC/RENIEC (29OCT2012), emitido por la Sub Jefatura Nacional, la Hoja de Elevacion Nº 000008-2013/GRC/RENIEC (23ENE2013), emitido por la Gerencia de Registros Civiles, el Informe N° 0000272013/GRC/SGGTNRC/RENIEC (22ENE2013), emitido por la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de los Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, la Hoja de Elevacion N° 000081-2013/GI/RENIEC (05FEB2013), emitida por la Gerencia de Informatica y el Informe N° 000303-2013/ GAJ/RENIEC (15FEB2013), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a los articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como organismo constitucionalmente MORDAZA, con personeria juridica de derecho publico interno, que goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego a las Oficinas de los Registros Civiles (hoy Oficinas de Registros del Estado Civil) que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del Articulo 44° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil autoriza a las referidas dependencias a disponer de los derechos que recauden por los servicios que prestan las Oficinas de Registros del Estado Civil; Que la Primera Disposicion Transitoria de la Ley N° 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en concordancia con la Novena Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, dispone la implementacion de sistemas automaticos de transferencia de la informacion resultante de la actividad propia de la funcion de las oficinas registrales, supeditandolo a que las condiciones tecnologicas y logisticas lo permitan;

Que en virtud de ello, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ha desarrollado diversas acciones de innovacion destinadas a fortalecer a traves de la automatizacion de los procesos registrales de su competencia, dentro de los cuales se encuentra el Sistema Integrado de Registros Civiles y Microformas ­ SIRCM, aplicativo informatico que permite el registro de texto e imagenes correspondientes a los asientos de nacimiento, matrimonio y defuncion aplicable a la inscripcion, modificacion, integracion, procesamiento o depuracion de actas registrales; Que a traves de los documentos de vistos, la Gerencia de Procesos de Registros Civiles senala que desde el 10 de MORDAZA de 2012 vienen realizando la implementacion del proyecto automatizacion de las actividades delegadas a las OREC que funcionan en las Municipalidades Provinciales, Distritales o de Centros Poblados, mediante los registros en linea de Hechos Vitales y Actos Modificatorios del Estado Civil de las personas y demas procedimientos registrales utilizando el Sistema Integrado de Registros Civiles y Microformas del RENIEC; situacion que contribuye a la reduccion de errores en el registro de datos, siendo el ciudadano el principal beneficiado; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos, como organo encargado de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas a las inscripciones de los hechos vitales y modificatorios del estado civil, a traves de las Jefaturas Regionales en las diversas Oficinas de Registros del Estado Civil, Oficinas Registrales RENIEC a nivel nacional y Oficinas Consulares, emite opinion favorable respecto de la implementacion del proyecto automatizacion de las actividades delegadas a las OREC que funcionan en las Municipalidades Provinciales, Distritales o de Centros Poblados; Que la Gerencia de Planificacion y Presupuesto mediante documento de vistos, senala que la implementacion del proyecto automatizacion de los Registros Civiles (Registro en Linea en OREC), es factible de ser financiado con cargo a los recursos presupuestarios del Pliego 033: RENIEC; Que mediante documento de vistos, la Gerencia de Registros Civiles senala que resulta viable el proyecto de automatizacion de las actividades delegadas a las OREC que funcionan en las Municipalidades Provinciales, Distritales o de Centros Poblados, con la finalidad de salvaguardar la seguridad juridica de los Registros del Estado Civil; Que la Gerencia de Informatica a traves del documento de vistos, indica que los resultados de la puesta en practica del proyecto automatizacion de las actividades delegadas a las OREC que funcionan en las Municipalidades Provinciales, Distritales o de Centros Poblados han sido satisfactorios; por lo que, es tecnicamente factible continuar con la implementacion de los Registros Civiles en linea en la gran mayoria de provincias y distritos; Que conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podra disponer en el mismo acto administrativo que este tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar con eficacia anticipada a partir del 10 de MORDAZA del 2012, el MORDAZA de automatizacion de las actividades delegadas a las OREC que funcionan en las municipalidades provinciales, distritales o de centros poblados para realizar registros en linea de hechos vitales y actos modificatorios del estado civil de las personas y demas procedimientos registrales utilizando el Sistema Integrado de Registros Civiles y Microformas ­ SIRCM del RENIEC; Que es necesario hacer de conocimiento de los ciudadanos lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural; y, Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organizacion y

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