Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2013 (21/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES
FAMILIA QUIMICA

488345

N.°

INSUMO QUIMICO O PRODUCTO FISCALIZADO Solvente N° 3

NOMBRE DESCRIPCION COMERCIAL

2

Solvente 3

Mezcla de H i d r o c a r b u r o s hidrocarburos (derivados de Petroleo) Hidrocarburo C o n d e n s a d o s Alifatico Liviano del Gas Natural o (HAL) Gasolina Natural Hidrocarburo C o n d e n s a d o s Aciclico del Gas Natural o Saturado (HAS) Gasolina Natural Corte de nafta virgen compuesto de hidrocarburos aciclicos saturados

3

Hidrocarburo Alifatico Liviano Hidrocarburo Aciclico Saturado

HAL

4

HAS

5

Kerosene de aviacion Turbo Jet A1 Kerosene aviacion JP5 Gasolinas y Gasoholes de Turbo

Turbo A1

Mezcla de H i d r o c a r b u r o s hidrocarburos (derivados de Petroleo) Mezcla de H i d r o c a r b u r o s hidrocarburos (derivados de Petroleo) Mezcla de Mezcla de hidrocarburos Hidrocarburo y y Alcohol Alcohol Carburantes Carburantes

6

Turbo JP5

7

G84, G90, G-95, G-97, G98; G-84P, G90P,G95P, G97P, G98P

8

Diesel y mezclas Biodiesel

sus Diesel BX, Mezcla de Mezcla de con Diesel BX S50 hidrocarburos y Hidrocarburos y Biodiesel FAME (Ester Metilico de Acido Graso)

000,00 (CUATRO MILLONES Y 00/100 EUROS), para financiar parcialmente el "Programa Mejoramiento de la Educacion Inicial en MORDAZA, Huancavelica y Huanuco"; Que, en el Articulo 3° de los citados Decretos Supremos, se establece que la Unidad Ejecutora del "Programa Mejoramiento de la Educacion Inicial en MORDAZA, Huancavelica y Huanuco" sera el Ministerio de Educacion, a traves de la Unidad Ejecutora "UE 118: Programa de Mejoramiento de la Educacion Inicial"; Que, a fin de integrar la administracion de todos los programas orientados al mejoramiento de la educacion basica, el Ministerio de Educacion considera necesario modificar la denominacion de la Unidad Ejecutora "UE 118: Programa de Mejoramiento de la Educacion Inicial" por el de "UE 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educacion Basica"; debiendo modificarse el Articulo 3° de los Decretos Supremos N°s. 141 y 247-2012-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 21.1 del Articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, las modificaciones de las operaciones de endeudamiento acordadas por el Gobierno Nacional, se aprueban mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente; Que, han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF, modificado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, el Decreto Supremo N° 284-2012-EF, el Decreto Supremo N° 141-2012-EF, el Decreto Supremo N° 247-2012-EF; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

903535-1

Modifican los Decretos Supremos Nº 284-2012-EF Nº 141-2012-EF y , Nº 247-2012-EF
DECRETO SUPREMO Nº 025-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 284-2012-EF se aprobo la operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW, hasta por un monto de EUR 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 EUROS), destinada a financiar el "Programa de Energias Renovables y Eficiencia Energetica"; Que, en el MORDAZA considerando y en el numeral 1.1 del Articulo 1° del acotado Decreto Supremo se senalo que la citada operacion de endeudamiento externo es hasta por un monto de EUR 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 EUROS); Que, el Contrato de Prestamo y de Ejecucion del Programa negociado con el KfW, establece que dicha operacion de endeudamiento externo es por el valor de Dolares Americanos equivalente a EUR 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 EUROS); Que, con el objetivo de adecuar el Decreto Supremo N° 284-2012-EF a lo previsto en el Contrato de Prestamo y de Ejecucion del Programa, resulta necesario modificar el MORDAZA considerando, asi como el numeral 1.1 del Articulo 1° del citado Decreto Supremo; Que, de otro lado, mediante el Decreto Supremo N° 141-2012-EF se aprobo la operacion de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por US$ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente el "Programa Mejoramiento de la Educacion Inicial en MORDAZA, Huancavelica y Huanuco"; Que, asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 2472012-EF se aprobo la operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalf fur Wiederaufbau - KfW, hasta por EUR 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y 00/100 EUROS) y un Aporte Financiero No Reembolsable hasta por EUR 4 000

DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del MORDAZA considerando y del numeral 1.1 del Articulo 1° del Decreto Supremo Nº 284-2012-EF Modifiquese el MORDAZA considerando y el numeral 1.1 del Articulo 1° del Decreto Supremo N° 284-2012-EF, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: "(...) Que, en el MORDAZA de dicha autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW, hasta por un monto en Dolares Americanos equivalente a EUR 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 EUROS), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Energias Renovables y Eficiencia Energetica. (...)" "Articulo 1°.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento externo 1.1 Apruebase la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW, hasta por un monto en Dolares Americanos equivalente a EUR 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 EUROS), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Energias Renovables y Eficiencia Energetica". (...)" Articulo 2º.- Modificacion del Articulo 3º de los Decretos Supremos Nº 141-2012-EF y N° 247-2012-EF Modifiquese el Articulo 3º del Decreto Supremo N° 141-2012-EF y del 247-2012-EF, cuyos textos quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 3º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del Programa "Mejoramiento de la Educacion Inicial en MORDAZA, Huancavelica y Huanuco" sera el Ministerio de Educacion, a traves de la Unidad Ejecutora "UE 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educacion Basica". Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de Educacion.

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