Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2013 (21/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES
RESUELVE

488369

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Huamanquiquia, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 060-A-2013-JNE
Expediente Nº J-2012-01331 HUAMANQUIQUIA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, veintitres de enero de dos mil trece VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por MORDAZA Taquire Sulcaray, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huamanquiquia, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesion extraordinaria, realizada el 17 de MORDAZA del 2012, el Concejo Distrital de Huamanquiquia, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, declaro la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas, realizadas los dias 8, 15 y 28 de junio de 2012, causal contemplada en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). CONSIDERANDOS 1. El numeral 7 del articulo 23 de la LOM establece que se declara vacante el cargo de MORDAZA o regidor, en el caso de que este no asista, injustificadamente, a tres sesiones ordinarias consecutivas o a seis no consecutivas durante el lapso de tres meses. Por tal motivo, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a la MORDAZA citada, y constatar, ademas, si en su desarrollo se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento, por lo cual, MORDAZA de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde verificar la legalidad del procedimiento de vacancia. 2. Mediante sesion extraordinaria, de fecha 17 de MORDAZA de 2012, se aprobo la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien fue notificado con dicho acuerdo el 24 de agosto de 2012, de conformidad a lo establecido por el articulo 21 de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. El cumplimiento del acto de notificacion se encuentra acreditado con el cargo de recepcion suscrito por el mismo (foja 66) y con la expedicion de la MORDAZA del Juzgado de Paz de Primera Nominacion del distrito de Huamanquiquia, que certifica que fue notificado en forma personal en su domicilio (foja 29). Asimismo, el cuestionado regidor no presento ningun recurso en el transcurso del plazo de quince dias habiles establecidos para impugnar la decision del concejo distrital. En ese sentido, quedo consentida la declaracion de vacancia (foja 4). 3. En consecuencia, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal, por lo que es su atribucion emitir la credencial al accesitario llamado por ley. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. Asi, corresponde convocar a Yubana Chayco MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad N.° 45102710, candidata no proclamada del movimiento regional Frente Regional Tuna, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Cangallo, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

Articulo Primero.- APROBAR el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria realizada el 17 de MORDAZA de 2012, en el extremo en que declaro la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la causal establecida en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y en consecuencia, declarar su vacancia en el cargo que ejercia en la Municipalidad Distrital de Huamanquiquia. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidor del Concejo Distrital de Huamanquiquia, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Yubana Chayco MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad N.°45102710, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Huamanquiquia, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA con el fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

903527-4

Confirman Acuerdo de Concejo que desaprobo pedido de vacancia de regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Imperial, provincia de Canete, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 0099-2013-JNE
Expediente Nº J-2013-00090 MORDAZA IMPERIAL - CANETE - MORDAZA MORDAZA, treinta y uno de enero de dos mil trece. VISTO en audiencia publica, de fecha 31 de enero de 2013, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 023-2012-MDNI, que rechazo la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de MORDAZA Imperial, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, teniendo a la vista el Expediente Nº J-2012-01416, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 19 de octubre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito al MORDAZA Nacional de Elecciones correr traslado de la solicitud de vacancia presentada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de MORDAZA Imperial (fojas 68 a 72). Dicho pedido dio origen al Expediente Nº J-2012-01416. La recurrente alego como sustento de su vacancia lo siguiente: a) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de candidato, incorporo informacion falsa, respecto a su grado de instruccion, en la declaracion jurada de MORDAZA presentada con motivo de las Elecciones Municipales y Regionales del ano 2010, ya que, segun el documento MORDAZA senalado, ha declarado ser licenciado en Farmacia y Bioquimica por la Universidad San MORDAZA MORDAZA de Ica, lo cual no es cierto. b) La conducta del mencionado regidor constituye falsa declaracion en procedimiento administrativo y es sancionable penalmente, conforme a lo previsto en el articulo 411 del Codigo Penal.

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