Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2013 (28/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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cada Contrato de Inversion, sustentandose su vinculacion con el proyecto. La lista debera presentarse en forma impresa y en version digital en formato Excel. (...) f) El Poder que acredite la capacidad del representante legal del Solicitante para suscribir el Contrato de Inversion respectivo. 4.4 El Sector competente para suscribir el Contrato de Inversion, bajo responsabilidad, en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias habiles, aprobara lo siguiente: a) El cronograma propuesto de inversiones, y remitira el informe correspondiente a PROINVERSION. A tal efecto, el Sector debera coordinar con PROINVERSION el desarrollo de la respectiva evaluacion y remision del informe correspondiente. b) La lista propuesta de los bienes de capital, bienes intermedios, servicios y lista de los contratos de construccion y remitira al Ministerio de Economia y Finanzas, la lista aprobada, en forma impresa y en version digital en formato Excel, con el informe correspondiente indicando que los bienes se encuentran comprendidos en las subpartidas nacionales que correspondan a la Clasificacion segun Uso o Destino Economico (CUODE), segun los codigos que se senalan en el Anexo 1 del Reglamento, y que los bienes de capital, bienes intermedios, servicios y lista de contratos de construccion resultan necesarios para el Proyecto a que se refiere la solicitud de suscripcion del Contrato de Inversion. 4.5 PROINVERSION, evaluara y emitira informe sobre lo aprobado por el Sector para efectos de proyectar el Contrato de Inversion, bajo responsabilidad, en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias habiles, contado a partir del dia siguiente de la recepcion de la aprobacion del Sector competente para suscribir el Contrato de Inversion. (...) 4.7 El Sector, bajo responsabilidad, en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles, remitira a PROINVERSION su opinion sobre el proyecto de Contrato de Inversion. 4.8 PROINVERSION aprobara la solicitud de suscripcion de Contrato de Inversion y procedera a suscribir el Contrato de Inversion. Una vez suscrito el Contrato de Inversion por el Solicitante y por PROINVERSION, se remitira al Sector competente para que suscriba el Contrato de Inversion." "Articulo 5º.- Del procedimiento para la aprobacion de la lista de bienes, servicios y contratos de construccion y emision de la Resolucion Ministerial 5.1 El Ministerio de Economia y Finanzas, bajo responsabilidad, en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias habiles, contado a partir del dia siguiente de la fecha de recepcion de la lista e informe a que se refiere el literal b) del numeral 4.4 del articulo 4 de la presente MORDAZA, evaluara y aprobara la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y lista de los contratos de construccion que sera incluida en la Resolucion Ministerial a que se refiere el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto, remitiendo el informe correspondiente al Sector. Para tal efecto, el Ministerio de Economia y Finanzas solicitara a la SUNAT cumpla con informar, dentro de un plazo MORDAZA de siete (7) dias habiles, bajo responsabilidad, respecto de la clasificacion arancelaria, la descripcion de la misma y la correlacion con la Clasificacion segun Uso o Destino Economico (CUODE), asi como las prohibiciones existentes del regimen de importacion para las subpartidas nacionales contenidas en la lista de bienes de capital y bienes intermedios presentada por el Solicitante y aprobadas por el Sector correspondiente. 5.2 El Sector emitira la Resolucion Ministerial correspondiente, bajo responsabilidad, en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente en que cuente tanto con el Contrato de Inversion suscrito a que se refiere el numeral 4.8 de la presente MORDAZA, asi como con el informe del Ministerio de Economia y Finanzas a que se refiere el numeral 5.1 de la presente norma. 5.3 La Resolucion Ministerial a que se refiere el numeral anterior debera senalar: (i) la(s) persona(s) natural(es) o juridica(s) contratista(s) del Contrato de Inversion por el que se aprueba la aplicacion del Regimen; (ii) el monto

El Peruano MORDAZA 28 de MORDAZA de 2013

de la inversion a ser ejecutado, precisando, de ser el caso, el monto de inversion de cada etapa o tramo; (iii) el plazo de ejecucion de la inversion; (iv) los requisitos y caracteristicas que debera cumplir el Proyecto; (v) la cobertura del Regimen, incluyendo la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y la lista contratos de construccion que se autorizan. El detalle de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y de la lista de los contratos de construccion que apruebe la Resolucion Ministerial se anexara al Contrato de Inversion." "Articulo 6º.- Tramite para la ampliacion de la lista de bienes, servicios y contratos de construccion 6.1 La lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construccion aprobada por Resolucion Ministerial podra ser modificada a solicitud del Beneficiario, para lo cual este debera presentar al Sector correspondiente la sustentacion para la inclusion de las subpartidas nacionales de los bienes que utilizaran directamente en la ejecucion del Contrato de Inversion, siempre que estos se encuentren comprendidos en los codigos de la Clasificacion segun Uso o Destino Economico (CUODE) aprobados en el presente Reglamento, asi como la sustentacion para la inclusion de servicios o contratos de construccion directamente relacionados a la ejecucion del Contrato de Inversion. 6.2 El Sector correspondiente evaluara dicha solicitud de modificacion de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construccion en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias habiles contados desde el dia siguiente de la MORDAZA de la solicitud. De no mediar observaciones, el Sector remitira el detalle de los bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construccion aprobados con el sustento correspondiente al Ministerio de Economia y Finanzas para la coordinacion pertinente, el que de no mediar observaciones aprobara la referida lista en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de su fecha de recepcion, remitiendola al Sector correspondiente para que este proceda a expedir la Resolucion Ministerial correspondiente, bajo responsabilidad, en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles. Para tal efecto, el Ministerio de Economia y Finanzas solicitara a la SUNAT cumpla con informar, dentro de un plazo MORDAZA de siete (7) dias habiles, bajo responsabilidad, respecto de la clasificacion arancelaria, la descripcion de la misma y la correlacion con la Clasificacion segun Uso o Destino Economico (CUODE), asi como las prohibiciones existentes del regimen de importacion para las subpartidas nacionales contenidas en la lista de bienes de capital y bienes intermedios presentada por el Solicitante y aprobada por el Sector correspondiente. 6.3 El detalle de la nueva lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construccion, con el refrendo del sector correspondiente, se incorporara al Contrato de Inversion respectivo. La vigencia de la nueva lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construccion sera de aplicacion a las solicitudes de devolucion respecto de los bienes, servicios y contratos de construccion adquiridos o importados a partir de la fecha de solicitud de aprobacion de la nueva lista en la que se encuentren incluidos." "Articulo 7.- Monto y periodicidad de solicitudes de devolucion (...) 7.3 El plazo para la devolucion del IGV a traves del medio senalado en el numeral 10.1 del articulo 10 del Decreto sera de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la fecha de MORDAZA de la solicitud. La SUNAT entregara las Notas de Credito Negociables dentro del dia habil siguiente a la fecha de MORDAZA de la solicitud de devolucion, que se realice en los primeros cinco (5) dias habiles de cada mes, siempre que los beneficiarios garanticen el monto cuya devolucion solicitan con la MORDAZA de algunos de los siguientes documentos: a) Carta Fianza otorgada por una entidad bancaria del Sistema Financiero Nacional. b) Poliza de Caucion emitida por una compania de seguros.

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