Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2013 (18/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios a la MORDAZA de Miami, Estado de MORDAZA ­ Estados Unidos de MORDAZA, del Personal Militar FAP que se detalla a continuacion, para que participe en el curso "Inspeccion y Mantenimiento de la MORDAZA Caliente del Motor PT-6", del 18 al 21 de junio de 2013:
Tecnico Inspector FAP NSA: S-11690785 Tecnico de 2da. FAP NSA: S-60499386 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 43935888 MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUEROL DNI: 43428864

El Peruano Martes 18 de junio de 2013

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas del pliego Ministerio de Salud a favor de los pliegos Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO Nº 126-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprobo entre otros el Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos y de los Gobiernos Regionales; Que, el literal c) del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que se encuentran exceptuados de la prohibicion de ingreso de personal en el Sector Publico, el nombramiento de hasta el (55%) del numero de los profesionales no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el MORDAZA del nombramiento gradual a que se refieren las Leyes N° 28498 y N° 28560, sus normas modificatorias y complementarias; Que, asimismo el literal d) del precitado articulo, exceptua de la prohibicion de ingreso de personal en el Sector Publico, el nombramiento de los profesionales medicos cirujanos contratados en el VRAEM y hasta el 25% del numero de los profesionales medicos cirujanos, comprendidos en la Ley N° 29682, senalando que para dicho nombramiento, el profesional medico debe encontrarse prestando servicios en la condicion de contratado por el Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos y los Gobiernos Regionales; Que, conforme a lo dispuesto en el precitado numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley N° 29951, para la aplicacion de los casos de excepcion establecidos desde el literal a) hasta el literal g), es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), y registradas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certificacion del credito presupuestario; Que, asimismo, el MORDAZA mencionado numeral 8.1, senala que para los supuestos previstos en los literales c) y d) del mencionado articulo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud, se transfieren las partidas necesarias a los gobiernos regionales con cargo al financiamiento previsto en el presupuesto del Ministerio de Salud, con el objeto de atender el gasto en materia de los nombramientos a que hacen referencia los citados literales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013SA, se establecen los Lineamientos para el MORDAZA de nombramiento del ano 2013, en el MORDAZA de las Leyes Nºs. 28498, 28560 y 29682, en las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, sus Organismos Publicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales; Que, con Informe N° 241-2013-EPP-OARH/MINSA, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud informa que once (11) Pliegos de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, Tumbes y de la Provincia Constitucional del Callao, han cumplido con presentar la informacion necesaria para el MORDAZA de nombramiento del ano 2013 en el MORDAZA de lo dispuesto en las Leyes Nºs. 28498, 28560 y 29682; asi como han sustentando el costo que representa el MORDAZA de nombramiento para el presente ano fiscal 2013; Que, mediante Informe N° 072-2013-OGPP-OP/MINSA la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, informa que los once (11) Pliegos de los Gobiernos Regionales citados en el parrafo precedente han acreditado que en sus respectivos MORDAZA para Asignacion de Personal ­ CAP, se han previsto el total de cargos que seran ocupados por el personal que sera nombrado en el MORDAZA de nombramiento del ano 2013, por lo que ha

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes: Lima- MORDAZA de Miami (Estados Unidos Mexicanos) MORDAZA US$ 1,723.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US$ 3,446.00 Viaticos: US$ 220.00 x 04 dias x 02 personas = US$ Total a pagar = US$ 1,760.00 5,206.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Articulo 5º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 951518-6

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