Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2013 (23/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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Que, con Oficio G.500-0948 del 13 de marzo de 2013, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 15 de MORDAZA al 31 de MORDAZA de 2013, a fin de participar en el Programa de Intercambio (PEP) con la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al Mayor MORDAZA JOHNSON de los Estados Unidos de MORDAZA, del 15 de MORDAZA al 31 de MORDAZA de 2013, a fin que participe en el Programa de Intercambio (PEP) con la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica del Ecuador detallado a continuacion, del 25 al 27 de marzo de 2013, a fin que participen en la VII Reunion de Autoridades de Desminado de Ecuador y Peru y en el Taller para el Fortalecimiento del Desminado Ecuador ­ Peru "Caminando Juntos ­ Walking Together". 1. MORDAZA MORDAZA 2. Cabo Primero MORDAZA MORDAZA Fredy PAILACHO

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

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EDUCACION
Aprueban Directiva "Orientaciones para el MORDAZA de Seleccion y Contratacion de Docentes en el Programa de Ampliacion del Servicio Educativo de Educacion Basica Alternativa - PASEBA"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0141-2013-ED
MORDAZA, 21 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el articulo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, en adelante la Ley, establece que el Ministerio de Educacion es el organo de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, el articulo 37 de la Ley senala que la Educacion Basica Alternativa es una modalidad que tiene los mismos objetivos y calidad equivalente a la Educacion Basica Regular, enfatiza la preparacion para el trabajo y el desarrollo de capacidades empresariales, por ello se organiza flexiblemente en funcion de las necesidades y demandas especificas de los estudiantes; Que, de acuerdo al articulo 67 del Reglamento de la Ley General de Educacion 28044, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, la Educacion Basica Alternativa atiende a los estudiantes que no se insertaron oportunamente en el Sistema Educativo Nacional, no pudiendo culminar la Educacion Basica Regular; siendo necesario compatibilizar el trabajo con el estudio; Que, segun el literal a) del articulo 32 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, corresponde a la Direccion General de Educacion Basica Alternativa formular y proponer la politica nacional para la Educacion Basica Alternativa; en ese sentido, mediante el Informe Tecnico Nº 017-2013-MINEDU/VMGP-DIGEBA-DIPEBA, se sustenta la necesidad de aprobar la Directiva denominada "Orientaciones para el MORDAZA de Seleccion y Contratacion de Docentes en el Programa de Ampliacion del Servicio Educativo de Educacion Basica Alternativa­PASEBA"; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro Para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la Directiva Nº 007-2013-MINEDU/ VMGP-DIGEBA-DIPEBA, denominada "Orientaciones

916162-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 245-2013-DE/
MORDAZA, 22 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 183 del 12 de marzo de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 533-2013-MINDEF/VPD/B/01.a del 20 de marzo de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 25 al 27 de marzo de 2013, a fin de participar en la VII Reunion de Autoridades de Desminado de Ecuador y Peru y en el Taller para el Fortalecimiento del Desminado Ecuador ­ Peru "Caminando Juntos ­ Walking Together"; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion

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