Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2014 (09/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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certificacion inicial y anual de los Talleres de Conversion a GLP autorizados por la Direccion General de Transporte Terrestre; Que, mediante Oficio N° 7042-2013-MTC/15.03 de fecha 18 de octubre del 2013 y notificado el 26 de octubre del mismo ano, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante los Partes Diarios N° 165965 de fecha 11 de noviembre del 2013 y 172271 de fecha 21 de noviembre de 2013, La Empresa presenta diversa documentacion a fin de subsanar las observaciones senaladas en el oficio citado en el considerando precedente; Que, de acuerdo al Informe Nº 1999-2013-MTC/15.03. A.A.vh, elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 5.2 de la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa J & F MORDAZA E.I.R.L., como Entidad Certificadora de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP; Que, de conformidad con la Ley N° 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N°. 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo N° 058-2003-MTC y sus modificatorias y La Directiva Nº 005-2007-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP y de los Talleres de Conversion a Gas Licuado de Petroleo - GLP", aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007MTC/15 y modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa J & F MORDAZA E.I.R.L., como Entidad Certificadora de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP y operar en el local ubicado en Mz. "Z". Lt. 1, MORDAZA MORDAZA, Provincia del Callao, por el plazo de dos (02) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Segundo.- Es responsabilidad de la empresa J & F MORDAZA E.I.R.L. renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 14540-2005-MTC/15 y sus modificatorias durante la vigencia de la autorizacion:
ACTO Primera renovacion de Carta Fianza MORDAZA renovacion de Carta Fianza Fecha de Vigencia 11 de noviembre de 2014 11 de noviembre de 2015

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014

5.8.1 del articulo 5 de la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 14540-2007MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- El ambito geografico de operacion de la empresa J & F MORDAZA E.I.R.L., como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP, es a nivel de la Region Junin. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Registro de Propiedad Vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP adjuntandose el documento que contiene el Registro de Firmas de los Ingenieros Supervisores responsables de la suscripcion de los Certificados de Conformidad de Conversion a Gas Licuado de Petroleo - GLP. Articulo Sexto.- La empresa J & F MORDAZA E.I.R.L. se encuentra obligada cumplir los dispositivos mencionados en el MORDAZA juridico y de sujetar su actuacion a lo establecido en la Directiva Nº 005-2007-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP y de los Talleres de Conversion a Gas Licuado de Petroleo - GLP", aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 y modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC. Articulo Septimo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1030889-1

Modifican autorizacion como taller de conversion a gas natural vehicular a Green Energy Peru S.A.C. otorgada mediante R.D. N° 3572-2010-MTC/15, respecto a MORDAZA domicilio de local
RESOLUCION DIRECTORAL N° 5273-2013-MTC/15 MORDAZA, 9 de diciembre de 2013 VISTO: El Parte Diario Nº 170708, presentado por la empresa denominada GREEN ENERGY PERU S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos N°s 005-2004-MTC, 014-2004MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 0062008-MTC, establece en el articulo 29º el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que esta se realice con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 71502006-MTC/15, 4284-2008-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante articulo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC que regula el "Regimen

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral N° 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa J & F MORDAZA E.I.R.L. bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil profesional, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Fecha MORDAZA de MORDAZA

Primera renovacion o contratacion de nueva 15 de noviembre de 2014 poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva 15 de noviembre de 2015 poliza

En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral

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