Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2014 (09/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014

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competencias y/o intereses segun los requerimientos especificos. Articulo Tercero: Son funciones de la Comision Tecnica de ZEE y OTA: a) Proponer, opinar, acompanar y coordinar la ejecucion del MORDAZA de la Zonificacion Ecologica y Economica ­ ZEE a nivel regional; asi como los aspectos relacionados a la macrozonificacion nacional. b) Proponer los mecanismos de consulta y participacion ciudadana y procesos de difusion y capacitacion. Articulo Cuarto: ENCARGUESE a la Comision Tecnica Regional de ZEE y OTA que en el plazo de 120 dias contados a partir de su instalacion, eleve a la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA el Plan Regional de ZEE y OTA para su promulgacion mediante Decreto Regional. Articulo Quinto: OTORGUESE, el plazo de 30 dias contados a partir de la vigencia de la Ordenanza, a efectos que la Presidencia Regional reglamente la misma, en la que se regule su aplicacion y el procedimiento de designacion de los integrantes de la Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica y Economica. Articulo Sexto: DEROGAR, toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Septimo: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Octavo: La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). Que, conforme el articulo 83º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR-RL, "La autografa de la proposicion de Ordenanza Regional sera promulgada por el Presidente Regional o hacer uso de su derecho a observarlas dentro del plazo de quince dias habiles... Las observaciones se tramitan como cualquier proposicion, pero correran en el expediente que dio origen a la ordenanza observada...". Que, bajo dicho parametro normativo, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 054-2013-CR/GRL se derivo a la "Comision Ordinaria de Planificacion Estrategica, Presupuesto, Tributacion, Ordenamiento Territorial y Administracion y Adjudicacion de Tierras de Propiedad del Estado" el Informe Legal Nº 019-2013AL/CR del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Legal del Consejo Regional de Lima; con respecto a la Observacion de la Ordenanza Regional que "Declara de necesidad y de interes regional la Zonificacion Ecologica y Economica, y el Ordenamiento Territorial Ambiental en el Gobierno Regional de Lima; y aprueba la constitucion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA)", que remite Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante el Oficio Nº 0197-2013-GRL-PRES, de fecha 22 de marzo del 2013; para su analisis, debate, informe y/o dictamen respectivo de la Comision. Que, en Sesion Extraordinaria llevada a cabo el dia 16 de MORDAZA del 2013, en las instalaciones del Consejo Regional ubicado en la MORDAZA de Huacho; se dio cuenta de la Carta Nº 003-2013-COPEPTOTAAATPE-CRL del Consejero Regional por la Provincia de Huaral, CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien preside la "Comision Ordinaria de Planificacion Estrategica, Presupuesto, Tributacion, Ordenamiento Territorial y Administracion y Adjudicacion de Tierras de Propiedad del Estado"; por la cual, solicita que se agende en la proxima Sesion Ordinaria la aprobacion del Dictamen y/o Informe Final de la comision referida sobre la observacion de la Ordenanza Regional que "Declara de necesidad y de interes regional la Zonificacion Ecologica y Economica, y el Ordenamiento Territorial Ambiental en el Gobierno Regional de Lima; y aprueba la constitucion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA)", recaido en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 054-2013-CR/GRL; y, considerando: Que, se advierte que, remitida al Ordenanza referida al Organo ejecutivo, la Sub Gerencia Regional de Asesoria Juridica emitio el Informe Nº 0463-2013-GRL/SGRAJ en cuyo punto numero once menciona lo siguiente: "... no

Que, el inciso h) del articulo 6º de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, Ley Nº 28245, sobre los Instrumentos de Gestion y Planificacion Ambiental, prescribe el establecimiento de la politica, criterios, metodologias y directrices para el Ordenamiento Territorial Ambiental. Que, el articulo 2º de la Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821, tiene como objetivo promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un MORDAZA adecuado para el fomento a la inversion, procurando un equilibrio dinamico entre el crecimiento economico, la conservacion de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de la persona humana. Que, el articulo 1º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834, declara que la condicion natural de las ANP deben ser mantenidas a perpetuidad pudiendo permitirse el uso regulado del area y aprovechamiento de recursos o determinarse la restriccion de los usos directos. Que, el Decreto Supremo Nº087-2004-PCM, aprueba el Reglamento de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE), estableciendo que los Gobiernos Regionales y Locales son las entidades encargadas de la ejecucion de la zonificacion ecologica y economica dentro de sus respetivas jurisdicciones. Asimismo, el articulo 16º del citado Decreto Supremo estipula que cada MORDAZA de ZEE desarrollado en el ambito regional y local requiere la conformacion de una Comision Tecnica. Que, conforme el articulo 76º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR-RL, mediante el procedimiento normativo se persigue aprobar normas de caracter regional, las mismas que pueden ser: a) Ordenanzas Regionales; y, b) Acuerdos de Consejo Regional. Que, el articulo 38 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, conforme el articulo 77º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR-RL, el procedimiento normativo se desarrolla por lo menos en las siguientes etapas: a) Iniciativa Legislativa; b) Estudio en comisiones; c) Debate en el Pleno; d) Aprobacion; y, e) Promulgacion. Que, bajo dicho parametro normativo, en Sesion Extraordinaria de fecha 29 de enero del 2013, el Consejo Regional de MORDAZA aprobo la Ordenanza que resuelve: Articulo Primero.- DECLARESE de necesidad y de interes Regional la Zonificacion Ecologica y Economica y el Ordenamiento Territorial Ambiental en el Gobierno Regional de Lima. Articulo Segundo.- APRUEBESE, la constitucion de la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica y Economica (ZEE) y Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA) integrada por: · Un representante del Gobierno Regional de Lima. · Representantes de las Municipalidades Provinciales del Gobierno Regional de Lima. · Un representante de una institucion cientifica del ambito del Gobierno Regional de Lima. · Representantes de los sectores y de los niveles de Gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o los recursos naturales existentes en el ambito del Gobierno Regional de Lima. · Dos representantes de las Comunidades Campesinas. · Un representante de los Colegios Profesionales. · Un representante de la empresa privada. · Un representante de los organismos no gubernamentales. · Un representante de las Universidades del Gobierno Regional de Lima. La Comision Tecnica de ZEE y OTA tiene estatus de Comite Tecnico Ambiental y estara presidido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Lima. La Comision Tecnica de ZEE y OTA podra convocar a otras instituciones publicas o privadas de acuerdo a las

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