Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2014 (19/06/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Jueves 19 de junio de 2014

525717
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, aprueba las normas reglamentarias sobre dichas autorizaciones y precisando el monto que corresponde a la escala de viaticos para los diferentes paises del orbe por zonas geograficas. Que, mediante carta del mes de marzo de 2014, el MORDAZA de la MORDAZA de Sangju-Gyeongsangbukdo, Republica de Corea, hace llegar la invitacion al pleno del Concejo para participar de la suscripcion del hermanamiento entre MORDAZA ciudades con la finalidad de promover el intercambio y la cooperacion respectiva, como es en salud, educacion y turismo dentro de este contexto el Pleno del Concejo Municipal ha visto por conveniente autorizar a senor MORDAZA Med. Fredy MORDAZA MORDAZA, en la fecha comprendida entre el 27 de Junio al 09 de MORDAZA del Presente ano, queda aclarar con los acuerdos de concejo numeros 050 y 064, fue autorizado el viaje respectivo, por existir inconvenientes en la MORDAZA de Sangju-Gyeongsangbuk-do para la suscripcion del Convenio de Hermanamiento se posterga el viaje referido para las fechas MORDAZA senaladas. Que, en merito a lo MORDAZA indicado se expide el presente Acuerdo de Concejo Municipal en la que se autoriza el viaje en comision de servicio a la MORDAZA de SangjuGyeongsangbuk-do, Republica de Corea al Senor MORDAZA Fredy MORDAZA MORDAZA, para que participe en el acto MORDAZA citado, de acuerdo a las atribuciones que le confiere el articulo 9 inc. 11 de la Ley Organica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo previsto por el Articulo 9º numeral 27) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura del acta, adopto por unanimidad el siguiente: ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje a la MORDAZA de Sangju-Gyeongsangbuk-do, Republica de Corea, al Senor Medico FREDY MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Urubamba a participar de la suscripcion de Convenio de Hermanamiento con el MORDAZA de la MORDAZA de Sangju-Gyeongsangbuk-do, Republica de Corea, en fecha comprendida entre el 27 de junio al 09 de MORDAZA de 2014, conforme a lo autorizado por el pleno del concejo municipal, de igual manera realizara gestiones en Salud Educacion y turismo entre otros a favor de la Provincia de Urubamba. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto los Acuerdos de Concejo Numeros 050 y 064-2014, por el cual se autorizo el viaje del titular a la MORDAZA descrita en el Articulo precedente, por existir inconvenientes en la MORDAZA de Sangju-Gyeongsangbuk-do. Articulo Tercero.- Disponer que los gastos que demande los pasajes de avion ida y vuelta, transporte interno, viaticos de estadia desde la MORDAZA del MORDAZA, Lima- MORDAZA de Sangju-Gyeongsangbuk-do, Republica de Corea, seran efectuados con cargo a los recursos propios por la Municipalidad Provincial de Urubamba, por los dias que dure su viaje. Articulo Cuarto.- Dentro de los quince dias calendarios siguientes a su retorno al MORDAZA el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Urubamba inmerso en el primer articulo, MORDAZA entrega al Concejo Municipal del Informe detallado sobre el evento realizado y los logros obtenidos. Articulo Quinto.-El presente acuerdo no MORDAZA ni exonera del pago del impuesto o derecho aduanero cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo Sexto.- Encargar a la oficina de Secretaria General y Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion del presente Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Septimo.- Poner de conocimiento del presente Acuerdo de Concejo al interesado y a las instancias administrativas de esta Municipalidad para conocimiento y acciones que el caso demande. Articulo Octavo.-Encargar a la Gerencia Municipal y demas areas involucradas, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Comuniquese, publiquese y cumplase. FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1098650-1

DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Del Cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza: Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Sub Gerencia de Informatica, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Participacion Vecinal y la Sub Gerencia de Imagen Institucional establecer formalmente las acciones orientadas a asegurar el otorgamiento de beneficios del modo ya senalado en la presente ordenanza, asi como la adecuada difusion de la misma. Segunda.- Facultades Reglamentarias: Facultese al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza, asi como tambien para establecer la prorroga de la misma, de ser el caso. Tercera.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del dispositivo que se aprueba, en el Diario Oficial El Peruano; y, a la Subgerencia de Imagen Institucional, su publicacion en el MORDAZA institucional de la entidad (www.munibellavista.gob.pe), conforme a ley. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA 1097973-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA
Autorizan viaje del MORDAZA a Corea, en comision de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 065-2014-MPU Urubamba, 22 de MORDAZA de 2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA VISTO: El Acta de Sesion Ordinaria de fecha 21 de MORDAZA de 2014, convocada y presidida por el senor MORDAZA Med. Fredy MORDAZA MORDAZA, con la asistencia del 100% de los senores regidores del Concejo Municipal de la Provincia de Urubamba, se trato la carta de invitacion del Senor Sung MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la MORDAZA de SangjuGyeongsangbuk-do, Republica de Corea. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972. Las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local. Gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomia que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el inciso 11) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972Ley Organica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario"; Que, la Ley Nº 27619 regula las autorizaciones para viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, preceptuando que estas seran autorizadas por la mas alta autoridad de la respectiva entidad, asi como el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.