Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2014 (12/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 146

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Republica Francesa para la Cooperacion en el MORDAZA de los Materiales para la Defensa" suscrita el 16 de junio de 2009, en MORDAZA, Republica Francesa, aprobada por Resolucion Legislativa Nº 29480, de fecha 15 de diciembre de 2009, y ratificada mediante Decreto Supremo Nº 0022010-RE, de fecha 07 de enero de 2010. Entro en MORDAZA el 23 de setiembre de 2014.

El Peruano Miercoles 12 de noviembre de 2014

Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto "Adaptacion al Cambio Climatico del Sector Pesquero y del Ecosistema MORDAZA - Costero de Peru" (ATN/OC-14160-PE), suscrito el 30 de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 061-2014-RE, de fecha 27 de octubre de 2014. Entro en MORDAZA el 30 de octubre de 2014.

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Entrada en vigencia del "Acuerdo sobre Cooperacion Financiera 2012 entre el Gobierno de la Republica Federal de Alemania y el Gobierno de la Republica del Peru"
Entrada en vigencia del "Acuerdo sobre Cooperacion Financiera 2012 entre el Gobierno de la Republica Federal de Alemania y el Gobierno de la Republica del Peru" formalizado mediante canje de Notas, Nota Verbal Nº 1181/2013 de la Embajada de la Republica Federal de Alemania, de fecha 23 de setiembre de 2013, y Nota RE(DAE-DCI) Nº 6-5/83 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, de fecha 08 de noviembre de 2013, aprobado por Resolucion Legislativa Nº 30245, de fecha 20 de setiembre de 2014, y ratificado por Decreto Supremo Nº 047-2014-RE, de fecha 04 de octubre de 2014. Entro en MORDAZA el 09 de octubre de 2014.

Entrada en vigencia del Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversion del Fondo de Multiples Donantes para la Iniciativa de Energia Sostenible y Cambio Climatico Nº GRT/MC-14159-PE entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo en su calidad de administrador del Fondo de Multiples Donantes para la Iniciativa de Energia Sostenible y Cambio Climatico "Adaptacion al Cambio Climatico del Sector Pesquero y del Ecosistema MORDAZA - Costero de Peru"
Entrada en vigencia del Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversion del Fondo de Multiples Donantes para la Iniciativa de Energia Sostenible y Cambio Climatico Nº GRT/MC-14159-PE entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo en su calidad de administrador del Fondo de Multiples Donantes para la Iniciativa de Energia Sostenible y Cambio Climatico "Adaptacion al Cambio Climatico del Sector Pesquero y del Ecosistema MORDAZA - Costero de Peru" suscrito el 30 de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 0602014-RE, de fecha 27 de octubre de 2014. Entro en MORDAZA el 30 de octubre de 2014.

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Entrada en vigencia de la "Carta Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto "Adaptacion al Cambio Climatico del Sector Pesquero y del Ecosistema MORDAZA - Costero de Peru" (ATN/OC-14160-PE)
Entrada en vigencia de la "Carta - Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable entre la

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PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Disponen publicacion del proyecto de resolucion que da cumplimiento de la Sentencia del Decimo MORDAZA Juzgado Contencioso Administrativo de MORDAZA en el MORDAZA judicial seguido por la Empresa de Generacion Electrica San Gaban S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 227-2014-OS/CD
MORDAZA, 10 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N°180-2002-OS/CD, publicada el 30 de enero de 2002 (en adelante "Resolucion 180"), se aprobaron las compensaciones por el uso del Sistema MORDAZA de Transmision al que corresponden las Lineas de Transmision 138 kV Azangaro ­ Juliaca (1006/2) y Juliaca ­ MORDAZA (1012), incluyendo sus respectivas celdas de conexion, y los equipos de compensacion reactiva instalados en la subestacion Juliaca (en adelante las "Instalaciones"); Que, asimismo, el articulo 2° de la Resolucion 180 establecio que la responsabilidad de pago de las referidas compensaciones, recaia en los titulares de las centrales de generacion del MORDAZA que MORDAZA uso fisico de las Instalaciones, debiendose calcular el monto que cada generador debia asumir, utilizando el metodo "Factores de Distribucion Topologicos"; Que, la Empresa de Generacion Electrica San Gaban S.A. (en adelante "San Gaban"), interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion 180, a efectos de que se rectifique la calificacion a sistema de uso compartido entre la generacion y la demanda, y que los porcentajes de uso fisico de la generacion y de la demanda, se determinen con el metodo propuesto o alternativamente se utilice el metodo del beneficio economico;

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