Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2015 (31/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Sabado 31 de enero de 2015

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VISTO: El Oficio Nº 028-2015-SINEACE/ST-DEA-IEES, de la Direccion de Evaluacion y Acreditacion de Institutos y Escuelas de Educacion Superior del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas publicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el articulo 11º de la Ley MORDAZA mencionada, precisa que la acreditacion es el reconocimiento publico y temporal de la institucion educativa, area, programa o MORDAZA profesional que voluntariamente ha participado en un MORDAZA de evaluacion de su gestion pedagogica, institucional y administrativa, estableciendose asimismo que la acreditacion se da como consecuencia del informe de evaluacion satisfactorio debidamente verificado, presentado por la entidad acreditadora; Que, mediante la Decima MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley Universitaria del 09 de MORDAZA del 2014 se declara en reorganizacion el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capitulo II del Titulo I, a excepcion del numeral 8.3 del articulo 8, y los Titulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740, dejandose sin efecto en tal sentido, al Consejo Superior y los organos operadores del sistema; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la MORDAZA invocada precedentemente, el Ministerio de Educacion mediante Resolucion Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyo el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, quien presidira, un representante del Ministerio de Educacion y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobacion de la reorganizacion del SINEACE; Que, de acuerdo al literal d) del articulo 7º de la resolucion MORDAZA mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como funcion, culminar el MORDAZA de acreditacion de las instituciones educativas publicas y privadas que se encuentren en MORDAZA y cumplan con los requisitos establecidos; Que, mediante Informe Nº 006-2015-SINEACE/STDEA-IEES, la Direccion de Evaluacion y Acreditacion de Institutos y Escuelas de Educacion Superior del SINEACE, considerando el Informe Final de la evaluacion externa realizada por la Entidad Evaluadora International Zeta Consulting S.A.C., recomienda se otorgue la acreditacion a la MORDAZA profesional de Contabilidad del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Privado de Formacion Bancaria ­ sede San MORDAZA de Lurigancho, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el modelo de calidad del SINEACE, alcanzando una valoracion de trescientos un (301) puntos, correspondiendo una vigencia de tres (03) anos, de acuerdo con el Procedimiento para la Evaluacion y Acreditacion de las Instituciones de Educacion Superior No Universitaria ­ version II; Que, en atencion al informe MORDAZA indicado y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesion del 21 de enero 2015, llego al Acuerdo Nº 024-2015-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditacion a la MORDAZA profesional de Contabilidad, del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Privado de Formacion Bancaria ­ Sede San MORDAZA de Lurigancho, con una vigencia de tres (03) anos; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolucion Ministerial Nº 396-2014MINEDU;

la Ley Nº 28740, dejandose sin efecto en tal sentido, al Consejo Superior y los organos operadores del sistema; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la MORDAZA invocada precedentemente, el Ministerio de Educacion mediante Resolucion Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyo el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, quien presidira, un representante del Ministerio de Educacion y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobacion de la reorganizacion del SINEACE; Que, de acuerdo al literal d) del articulo 7º de la resolucion MORDAZA mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como funcion, culminar el MORDAZA de acreditacion de las instituciones educativas publicas y privadas que se encuentren en MORDAZA y cumplan con los requisitos establecidos; Que, mediante Informe Nº 005-2015-SINEACE/STDEA-IEES, la Direccion de Evaluacion y Acreditacion de Institutos y Escuelas de Educacion Superior del SINEACE, considerando el Informe Final de la evaluacion externa realizada por la Entidad Evaluadora International Zeta Consulting S.A.C., recomienda se otorgue la acreditacion Institucional al Instituto de Educacion Superior Pedagogico Privado MORDAZA MORDAZA, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el modelo de calidad del SINEACE, alcanzando una valoracion de trecientos tres (303) puntos, correspondiendo una vigencia de tres (03) anos, de acuerdo con el Procedimiento para la Evaluacion y Acreditacion de las Instituciones de Educacion Superior No Universitaria ­ version II; Que, en atencion al informe MORDAZA indicado y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesion del 21 de enero 2015, llego al Acuerdo Nº 022-2015-CDAH, mediante el cual se otorga la acreditacion Institucional al Instituto de Educacion Superior Pedagogico Privado MORDAZA MORDAZA, con una vigencia de tres (03) anos; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolucion Ministerial Nº 396-2014MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 022-2015CDAH, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE en Sesion del 21 de enero 2015, otorgo la acreditacion Institucional al Instituto de Educacion Superior Pedagogico Privado MORDAZA MORDAZA, con una vigencia de tres (03) anos, contados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Web del SINEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1194816-2

Oficializan Acuerdo mediante el cual se otorgo la acreditacion a la MORDAZA profesional de Contabilidad del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Privado de Formacion Bancaria - sede San MORDAZA de Lurigancho
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 017-2015-COSUSINEACE/CDAH-P MORDAZA, 28 de enero de 2015

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