Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2015 (19/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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formulacion, aprobacion, ejecucion, evaluacion y control del gasto; asimismo senala en el inciso 40.1) del articulo 40° que son modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que se efectuen dentro del MORDAZA del presupuesto institucional vigente de cada pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varien los creditos presupuestarios aprobados por el presupuesto institucional para las actividades y proyectos y que tiene implicancia en la estructura funcional programatica compuesta por las categorias presupuestarias que permiten visualizar los propositos a lograr durante el ano fiscal; precisando lo siguiente: a) Las Anulaciones constituyen la supresion total o parcial de los creditos presupuestarios de actividades o proyectos; b) Las Habilitaciones constituyen el incremento de los creditos presupuestarios de actividades y proyectos con cargo a anulaciones de la misma actividad o proyecto, o de otras actividades y proyectos; Que, ademas la Ley MORDAZA acotada precisa que, las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 5º del D. Leg. Nº 1017 que, establece como una facultad del Titular de la Entidad delegar mediante resolucion la autoridad que la presente MORDAZA le otorga, especificandose expresamente la facultades indelegables, concordando esta disposicion con el ultimo parrafo del articulo 5º de su reglamento; Que, asimismo el articulo 35º del Reglamento mencionado establece la potestad del Titular de la Entidad para delegar expresamente y por escrito la funcion de aprobar las Bases de los Procesos de seleccion; Que, igualmente el articulo 139º del Reglamento MORDAZA acotado, precisa que el contrato sera suscrito por la Entidad a traves del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el contratista, por lo que tambien es necesario establecer ese extremo en forma especifica; Que, el numeral 74.2 del articulo 74º de la Ley del Procedimiento administrativo General, Ley 27444, determina que los organos de direccion de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecucion, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalizacion de actos administrativos, con el objeto de que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervision, coordinacion, control interno de su nivel y en la evaluacion de resultados, asi mismo el numeral 74.3º determina que a los organos jerarquicamente dependientes se les transfiere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses; De conformidad con lo establecido a la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1017, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Provincial de Maynas, y su modificatoria y estando a lo informado, con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica, Gerencia de Administracion, Gerencia de Obras e Infraestructura, Gerencia de Planeamiento y Organizacion, y Gerencia Municipal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DELEGAR en el Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial de Maynas, mediante Resolucion de Gerencia Municipal y/u otro documento que contenga actos de la administracion municipal, previa al cumplimiento, bajo responsabilidad de los requisitos legales y administrativos exigidos, la facultad de: 1) La autorizacion de entrega de obras de infraestructura de las cuales se realizo el saneamiento tecnico legal y contable de los inmuebles de la propiedad estatal a sus respectivos sectores, en el MORDAZA del DS Nº 130-2001-EF. 2) En materia de Contratacion del Estado la facultad de: a) Aprobar la modificacion del Plan Anual de Contrataciones ­PAC- por inclusion, exclusion o el valor referencial difiera en mas de veinticinco por ciento (25%)

El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015

del valor estimado y ello varie el MORDAZA de MORDAZA de seleccion. b) Designacion de Comite Especial Permanente y Comite Especial Ad Hoc. c) Aprobar el expediente de contratacion, bases administrativas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva, Adjudicacion de Menor Cuantia y Adjudicacion de Menor Cuantia Derivada, y aquellos que se realicen bajo las modalidades especiales de seleccion: Subasta Inversa Presencial y Electronica, relacionados con la ejecucion de obras, bienes, servicios generales y servicios de consultoria de obra, realizados al MORDAZA de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Esta delegacion incluye la Adjudicacion de Menor Cuantia Derivada. d) Celebrar en representacion de la Municipalidad Provincial de Maynas, los contratos derivados de los procesos de seleccion facultados a que hace referencia el inciso a) del presente numeral. e) Cancelar los procesos de seleccion. f) Aprobar la intervencion economica de la obra. g) Resolver los recursos de apelacion que se interpongan ante los procesos de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia. h) Liquidar o resolver los contratos derivados de los procesos de seleccion facultados a que hace referencia el inciso a) del presente numeral de acuerdo a la normatividad vigente en contrataciones del Estado. i) Suscribir, liquidar, resolver y aprobar las contrataciones complementarias de los contratos derivados de los procesos de seleccion facultados a que hace referencia el inciso a) del presente numeral de acuerdo a la normatividad vigente en contrataciones del Estado. j) Aprobar cualquier acto administrativo relacionado con las ampliaciones de plazo de contratos, bienes, servicios generales de los procesos que son materia de delegacion, y aquellos relacionados con el periodo de garantia. k) Aprobar los procesos de las compras corporativas obligatorias o facultativas y sus convenios interinstitucionales. l) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de contrataciones del Estado sujetos al Decreto Legislativo N° 1017 y normas complementarias que tenga que realizarse ante el Organo Supervisor de Contrataciones del Estado y la Contraloria General de la Republica. m) Suscribir los contratos provenientes de los procesos de seleccion exonerados. n) Aprobar presupuestos y ejecucion de actividades, estudio de obra y estudios de pre inversion. o) Autorizar las entregas de obras a favor de las diferentes entidades receptoras. 3) En materia Presupuestal y Administrativa: a) Aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programatico, elaboradas y evaluadas por la Gerencia de Planeamiento y Organizacion. b) Dictar y aprobar medidas de racionalidad del gasto publico para el correspondiente ano fiscal. c) Aprobar Directivas propuestas por las diferentes Gerencias u areas de la Municipalidad Provincial de Maynas. d) Designar al Comite de Gestion Patrimonial y al Comite de Altas, Bajas y Enajenaciones. e) Aprobar el reconocimiento y cancelacion de deuda de ejercicios anteriores a favor de administrados con los cuales la Municipalidad Provincial de Maynas mantenga algun compromiso pendiente de cancelacion. f) Aprobar el reconocimiento de compensaciones de deuda solicitada por los administrados, de conformidad con el Decreto Supremo N° 133-2013-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributaria. g) Otorgar apoyos de caracter social a los ciudadanos que lo soliciten. h) Aprobar la asignacion mensual a partir del mes de febrero al mes de diciembre del presente ejercicio presupuestal, el otorgamiento por concepto de Riesgo de MORDAZA, en salvaguarda y/o custodia de las captaciones que efectuen diariamente los trabajadores que laboran en el Area de Tesoreria, hasta por un monto de S/. Dos Mil Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles (S/. 2,050.00).

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