Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2015 (17/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 17 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

557561

DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de los inmuebles del Distrito de San Luis, del 16 al 31 de julio del presente año en curso, con motivo de conmemorarse el 194 Aniversario de la Independencia del Perú Artículo Segundo.- La presente disposición incluye, con carácter obligatorio, a todos los predios del distrito, sean privados o públicos, de viviendas y/o comercio. Artículo Tercero.- Las banderas a izar con sus respectivas astas, deberán estar en buen estado de conservación en respeto del símbolo patrio; invitándose a los vecinos a pintar, resanar o limpiar sus fachadas, para una mejor imagen y presentación del distrito. Artículo Cuarto.- Encargar la difusión y supervisión del cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Imagen y Participación Vecinal y a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria Artículo Quinto.- Disponer, la Publicación del Presente Decreto en el Diario Oficial el Peruano, asimismo dispóngase la publicación en la página Web de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1263966-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Aprueban solicitud recepción de obras de la habilitación urbana de lote único, ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 214 2014-2015/SGCHU-GDU-MDSMP San Martín de Porres, 21 de abril de 2015 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES. VISTO: Los expedientes Nº 43595 -2014; 56601-2014; 652092014 y 12499-2015 de fecha 11/03/2015, mediante el cual la Asociación Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (ASPERSUD), del distrito de San Martín de Porres debidamente representada por el Señor Ángel Herberth Alarcón Villar, quien solicita Recepción de Obras de la Habilitación Urbana de Lote Único; y, CONSIDERANDO: Que, con los expedientes del visto, la Asociación Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (ASPERSUD) del distrito de San Martín de Porres; a través de su representante el Señor Ángel Herberth Alarcón Villar, conforme a la vigencia de poder que adjunta, inscrita en la Partida Electrónica Nº 11006657 del Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP, solicita la Recepción de Obras de la Habilitación Urbana de Lote Único del inmueble constituido por el Lote 7 Mz B Urbanización Huertos de Naranjal con un área de 5,386.64 m2, del distrito de San Martín de Porres, de su propiedad, tal como consta inscrita en la Partida Electrónica Nº 43882198 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP. Que, por Resolución de Gerencia Municipal Nº 7222011-GM/MDSMP de fecha 08/06/2011, expedida por el Gerente Municipal de la Municipalidad distrital de San Martín de Porres, ratificada mediante resolución Nº 118-2011-MML-GDU-SPHU de fecha 01/07/2011, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se

aprobó el proyecto de Habilitaciones Urbanas Nueva de Lote Único Días (ASPERSUD) del terreno constituido por la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único de uso Residencial de Densidad Media RDM y Comercio Zonal CZ, del terreno constituido por el Lote 7 Mz B Urbanización Huertos de Naranjal, sobre el cual se desarrolla la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, de conformidad con el plano signado Nº 051­SGCyHUMDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Que, con Informe Técnico Nº 057-2015-MRO-SGCHUGDU-MDSMP de fecha 01/04/2015, el profesional técnica de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, luego de la evaluación técnica correspondiente precisa que el administrado ha cumplido con la presentación de los documentos y requisitos establecidos según el Texto Único de Procedimientos Administrativos, habiendo adjuntado el plano de lotización igual y sin modificaciones al Plano Nº 051-SGCyHU-GDU-MDSMP, aprobado con resolución de Gerencia Municipal Nº 722-2011GM/MDSMP, ratificada mediante Resolución Nº 1182011-MML-GDU-SPHU de fecha 01/07/2011, así mismo el referido profesional, evalúa la documentación presentada dentro del marco normativo que indica, cumpliendo con presentar la documentación establecida en la normativa vigente, la descripción del terreno que presenta las medidas perimétricas y área como se encuentran inscritas en la SUNARP, la titularidad del inmueble y la firma de documentación por el representante correspondiente, igualmente cumplen con adjuntar los recibos de pago por déficit de aportes reglamentarios: SERPAR recibo Nº 008770 por S/ 22,391.96 de fecha 23/05/2013; Municipalidad Distrital de San Martín de Porres recibido Nº 1110029727 por S/ 722.26 de fecha 19/05/2010; Renovación Urbana (MML-FOMUR) recibo Nº 001452 S/ 13,562.94 de fecha 29/05/2013; EMILIMA recibo Nº 0010036739 por S/ 831.99 de fecha 19/04/2013 Y Ministerio de Educación recibo Nº 003623 por s/ 1,061.03 de fecha 04/12/2008 respectivamente. Que, literal c) del Artículo 13º de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones-Ley Nº 29090, al señalar los deberes del titular de la licencia de habilitación urbana, indica que es deber éste: "Solicitar la Recepción de Obras o la finalización de obras al concluir con la ejecución del proyecto de habilitación urbana o de edificación" concordante con el Artículo 19º de la misma norma; Que, del mismo modo, el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbanas y Licencias de Edificación aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 008-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 012-2013-VIVIENDA en su Artículo 36º establece los requisitos y el procedimiento para el trámite de la Recepción de Obras del habilitación Urbana de Lote Único. En el presente caso de acuerdo a lo indicado por el profesional técnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas en su Informe Técnico Nº 057-2015-MRO-SGCHU-GDU-MDSMP de fecha 01/04/2015, se trata de una Recepción de Obras sin variación, por el que resulta aplicable las disposiciones del numeral 36.2. 1) del Artículo 36º del referido Reglamento; disposiciones de las cuales se desprende que el trámite se inicia una vez CONCLUIDAS LAS OBRAS DE HABILITACION URBANA, como ocurre en el presente caso tal como se desprende del referido Informe Técnico. Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 4.3.6 del Texto Único de Procedimientos Administrativo-TUPA de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres-MDSMP, aprobado por ordenanza Nº 351-MDSMP ratificado por Acuerdo de Consejo Nº 2477-MML, publicados el 24/11/2013, la Unidad Orgánica encargada de resolver los tramites de Recepción de Obras de Habilitación Urbana, como el caso autos, es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, que debe emitir al acto administrativo correspondiente en concordancia con la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la MDSMP, aprobado por Ordenanza Nº 215-MDSMP y modificatorias, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el diario oficial El Peruano el 20/07/2011, por el que las subgerencias están facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, debiendo emitirse la resolución correspondiente, aprobando el pedido de Recepción de Obras de Habilitación Urbana.

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