Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2015 (02/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de octubre de 2015 /

El Peruano

(de forma rectangular, con los colores nacionales, sin escudo de armas); encontrándose reservado en Pabellón Nacional (con el Escudo Nacional al Centro) para el uso del Estado. Artículo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del distrito para que se efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Subgerencia de Relaciones Publicas, el cabal cumplimiento del presente decreto. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR a las áreas competentes, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www.munilaperla. gob.pe), para su debida difusión. Artículo Sexto.- NOTIFICAR a las instancias administrativas el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1294565-1

Que, mediante Carta de vistos, el Director Ejecutivo de la Fundación SUYANA, a través de la cual invita al señor alcalde, 2 regidores y/o equipo técnico a participar en el "II Seminario Internacional Adaptación al Cambio Climático de Comunidades Alto Andinas ­ Construyendo Propuestas desde Abajo", a realizarse en la ciudad de La Paz ­ Bolivia, los días 29 y 30 de Setiembre del presente; Que, en sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Carabaya ­ Macusani, del 16 de setiembre del 2015, se debatió y acordó por unanimidad; autorizar al Sr. Alcalde de la Municipalidad Provincial de Carabaya ­ Macusani, Econ. Edward Rodríguez Mendoza; Regidores: Ing. José Uriel Cuba Delgado, Tec. Juvenal Cutipa Leqque y Sr. Pedro Huarsaya Maque; así como los siguientes funcionarios: a) Sub Gerente de Desarrollo Económico Local; Lic.Nilo Arcadio Maque Huayta; b) Sub Gerente de Desarrollo Social, Educación y Cultura; Lic. Dante Vladimiro Sotomayor Estrada; c) Sub Gerente de Desarrollo Ambiental y Servicios; Ing. Luis Jorge Gómez Choquehuanca. Por las consideraciones expuestas, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972. RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior del país, al Sr. Alcalde de la Municipalidad Provincial de Carabaya ­ Macusani, Econ. Edward Rodríguez Mendoza; a los Regidores: Ing. José Uriel Cuba Delgado, Tec. Juvenal Cutipa Leqque y Sr. Pedro Huarsaya Maque; así como los siguientes funcionarios: a) Sub Gerente de Desarrollo Económico Local; Lic.Nilo Arcadio Maque Huayta; b) Sub Gerente de Desarrollo Social, Educación y Cultura; Lic. Dante Vladimiro Sotomayor Estrada; c) Sub Gerente de Desarrollo Ambiental y Servicios; Ing. Luis Jorge Gómez Choquehuanca. A fin de que puedan asistir al "II Seminario Internacional Adaptación al Cambio Climático de Comunidades Alto Andinas ­ Construyendo Propuestas desde Abajo", a realizarse en la ciudad de La Paz ­ Bolivia, los días 29 y 30 de setiembre del 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás instancias de la Municipalidad Provincia de Carabaya ­ Macusani, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDWARD RODRÍGUEZ MENDOZA Alcalde Provincial 1294088-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARABAYA
Autorizan viaje de Alcalde, Regidores y funcionarios a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0235-2015-MPC-M/A Macusani, 18 de setiembre del 2015 VISTO: La Carta Circular Nº 0016-2015/SUYANA, del Director Ejecutivo de las Fundación SUYANA, a través de la cual invita al señor alcalde, 2 regidores y/o equipo técnico a participar en el "II Seminario Internacional de Gobiernos Locales de Bolivia y Perú en torno al Cambio Climático a realizarse en la ciudad de La Paz ­ Bolivia, los días 29 y 30 de setiembre del presente; y el Acuerdo de Sesión de Concejo Municipal del 16 de setiembre del 2015; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con personería jurídica de derecho público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 11º del artículo 09º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece como atribuciones del Concejo Municipal: "Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario"; Que, conforme la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 en su Artículo 20º numeral 03, precisa; que son atribuciones el Alcalde 3) Ejecutar los acuerdos del Concejo municipal bajo responsabilidad;

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a la celebración de la XII Reunión del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento para la Implementación de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) y la VI Conferencia de Estados Parte de la Convención de Belém do Pará
Entrada en vigencia del Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a la celebración de la XII Reunión del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento para la Implementación de la Convención de Belém do Pará

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