Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2015 (20/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Martes 20 de octubre de 2015 /

El Peruano

eléctrica y Telecomunicaciones", Nº 39 "Autorización para reubicación y/o cambio de postes, anclaje en área de uso público para el servicio de Telecomunicaciones", Nº 45 "Autorización para instalación de cableado subterráneo (Redes de Telecomunicaciones) (No incluye ningún tipo de canalización subterránea)". Artículo Segundo.- APROBAR la adecuación y modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaral aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2013-MPH y sus modificatorias posteriores, en el extremo referido al Procedimiento Nº 44º "Ampliación de autorización en área de uso público de instalación de redes de Telecomunicaciones", modificando los requisitos Nº 1.- Carta Simple del Operador dirigida al titular de la entidad por FUIIT debidamente llenado y suscrito por el solicitante, o su representante legal, dirigido al alcalde, solicitando la ampliación de plazo, requisito Nº 2.- Cronograma de avance de obra por Plan de Obras actualizado y requisito Nº 3.- Plano General indicando ubicación, detallando características físicas y técnicas (firmado por profesional indicando saldo de obra) por Documentación que acredite las razones que motivan la necesidad de obtener la prórroga solicitada; además modificar la imposición de treinta (30) días hábiles, por un plazo para resolver AUTOMÁTICO; y agregar a la Base Legal el Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC (18.04.15). Artículo Tercero.- APROBAR la adecuación y modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaral aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2013-MPH y sus modificatorias posteriores, en el extremo referido al Procedimiento Nº 54º "Autorización para la instalación de infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de Telecomunicaciones", modificando los requisitos Nº 1.- Carta Simple del Operador dirigida al alcalde por FUIIT debidamente llenado y suscrito por el solicitante, o su representante legal, dirigido al alcalde, solicitando el otorgamiento de la Autorización. En caso, de que la solicitud sea suscrita por el representante legal del solicitante tendrá que presentar copia simple de la documentación que acredite las facultades de representación; Nº 2.- Copia de la resolución emitida por el Ministerio mediante (...) por Copia Simple de la resolución Ministerial mediante la cual se otorga concesión al solicitante para prestar el servicio público de Telecomunicaciones. En caso, el solicitante sea una empresa de valor añadido, debe presentar copia simple de la autorización a que se refiere el Artículo 33º de la Ley de Telecomunicaciones y en caso sea un proveedor de Infraestructura Pasiva, copia simple de la constancia de inscripción en el registro de Proveedores de Infraestructura Pasiva e instrumento de gestión ambiental aprobado por el Ministerio de Transportes y comunicaciones; Nº 3.- De ser el caso memoria descriptiva y planos de ubicación detallando las características (...) por Plan de obras acompañado de la información y documentación sustentatoria de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC; Nº 4.- En caso de Instalaciones radioeléctricas presentara adicionalmente (...) por Requisitos particulares para la autorización de Instalación de Estaciones de Radiocomunicación a) Copia simple de la partida registral o certificado registral inmobiliario del predio en el que se instalara la infraestructura de Telecomunicaciones, con una antigüedad no mayor a dos meses de su fecha de emisión. De no estar inscrito el predio, el título que acredite su uso legítimo. b) En caso que el predio sea de titularidad de terceros, presentar además copia del acuerdo que permita utilizar el bien, con firmas de las partes legalizadas notarialmente o por el juez de paz en las localidades donde no existe notario. En caso de predios en los que coexisten unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común, el solicitante debe presentar copia simple del acuerdo suscrito con el representante de la Junta de Propietarios celebrado con las formalidades establecidas en el estatuto y el reglamento interno. Cuando los aires pertenezcan a un único condominio, el acuerdo de uso del predio debe ser suscrito por este y también por el representante de la Junta de Propietarios y Nº 5.- Copia del recibo de pago por derecho de trámite por Pago por el derecho de trámite; además modificar la imposición de treinta (30) días hábiles, por un plazo para resolver AUTOMÁTICO; y agregar a la Base Legal el Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC (18.04.15). Los mismos que tendrán que ser modificados del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de

la Municipalidad Provincial de Huaral aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2013-MPH y sus modificatorias posteriores, de conformidad con lo establecido en el Artículo 4º de la Ley Nº 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, concordante con el Artículo 11º literales a) y c), 12º, 13º, 14º y 15º del Decreto Supremo Nº003-2015-MTC. Artículo Cuarto.- APROBAR la adecuación y modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaral aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2013-MPH y sus modificatorias posteriores, en el extremo referido con respecto a la imposición de treinta (30) días hábiles, por un plazo de cinco (05) días hábiles, para resolver los procedimientos Nº 37 "Autorización para construcción de buzones de desagüe en área de uso público (redes principales)", Nº 48 "Autorización para ampliación de redes subterráneas o casos especiales en área de uso público no vinculados con Telecomunicaciones (agua, desagüe, energía eléctrica, gas, etc.)", Nº 49 "Ampliación de autorización para ampliación de redes subterráneas o casos especiales en área de uso público no vinculados con Telecomunicaciones (agua, desagüe, energía eléctrica, gas, etc.)", de acuerdo con lo establecido en establecido en el Art. 2 y 5 del Decreto Legislativo Nº 1014, y de acuerdo al Art. 5 de la Ley Nº 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial. Artículo Quinto.- APROBAR la adecuación y modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaral aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2013-MPH y sus modificatorias posteriores, en el extremo referido al Procedimiento Nº 22 "Constancia de Posesión para fines del otorgamiento de servicios básicos (En Zonas Urbanas)" , quedando la redacción de la siguiente manera: Procedimiento Nº 22 "Constancia de posesión para fines del otorgamiento de servicios básicos", con los siguientes requisitos: 1. Formato de solicitud (distribución gratuita o de libre reproducción), o solicitud simple indicando nombre, dirección y número de DNI, o solicitud simple, 2. Plano simple de ubicación del Predio. 3. Acta de verificación de posesión efectiva del predio emitida por un funcionario de la municipalidad distrital correspondiente y suscrita por todos los colindantes del predio o acta policial de posesión suscrita por todos los colindantes de dicho predio, 4.Derecho de trámite. De acuerdo con lo establecido en el Art. 24, 25 y 26 de la Ley Nº 28687 Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicio básicos, concordante con los Arts. 27, 28, 29 y 30 del Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA, Reglamento de los títulos II y III de la Ley Nº 28687. Artículo Sexto.- ACTUALIZAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA 2013 de la Municipalidad Provincial de Huaral, con las modificaciones mencionadas en el Artículo precedente. Artículo Sétimo.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Huaral, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, la publicación de la presente norma en la Página Web de la Institución: www.munihuaral. gob.pe, en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob. pe, y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Noveno.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Décimo.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en la Página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1301057-1

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