Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2016 (26/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

588002

NORMAS LEGALES

Jueves 26 de mayo de 2016 /

El Peruano

Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, quien preside, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, mediante Informe AC Nº 019-2016-SINEACE/ ST-DEA-ESU, el Director de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, considerando la información de la Empresa Evaluadora con Fines de Acreditación SAC y el Informe Nº AC-051-2015SINEACE/ST-DEA-ESU/Observador, emite opinión favorable respecto al otorgamiento de la acreditación a la carrera profesional de Obstetricia de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, con una vigencia de tres (03) años; Que, en atención a los informes antes indicados y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 18 de mayo 2016, arribó al Acuerdo Nº 059-2016-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera profesional de Obstetricia de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, con una vigencia de tres (03) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 059-2016CDAH, de sesión de fecha 18 de mayo 2016 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera profesional de Obstetricia de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1384126-5

CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, quien preside, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, mediante Informe AC Nº 004-2016-SINEACE/ ST-DEA-ESU, el Director de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, considerando la información de la Agencia Evaluadora de la Calidad SAC y el Informe Nº AC-040-2015-SINEACE/ST-DEAESU/Observador, emite opinión favorable respecto al otorgamiento de la acreditación a la carrera profesional de Nutrición y Dietética de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas, con una vigencia de tres (03) años; Que, en atención a los informes antes indicados y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 18 de mayo 2016, arribó al Acuerdo Nº 060-2016-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera profesional de Nutrición y Dietética de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas, con una vigencia de tres (03) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 060-2016CDAH, de sesión de fecha 18 de mayo 2016 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera profesional de Nutrición y Dietética de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1384126-6

Oficializan Acuerdo que otorga acreditación a la carrera profesional de Nutrición y Dietética de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 050-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 20 de mayo de 2016 VISTO: El Memorándum Nº 012-2016-SINEACE/ST-DEAESU, del 22 de enero 2016, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria de SINEACE; y,

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