Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2016 (27/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Viernes 27 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

588121

Que, el artículo 38º de la norma citada, señala que el ordenamiento jurídico de las municipalidades está constituido por las normas emitidas por los órganos de gobierno y administración municipal de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional y que las normas y disposiciones municipales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y celeridad; sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del derecho administrativo; Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y modificatorias, Ley Nº 28411, establece que el titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; siendo que la precitada Ley General ha establecido expresamente en el numeral 40.2 del artículo 40, que el Titular de la Entidad puede delegar la facultad de aprobación de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, propuestas por la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en materia de contrataciones del Estado, el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado modificado por la Ley 29873, establece que el titular de la Entidad podrá delegar mediante Resolución, la autoridad que la citada norma le otorga, salvo excepciones establecidas expresamente en la norma; Que, estando a lo expuesto, la Municipalidad Distrital de Ventanilla, representada por el Alcalde aprobó mediante expedición de la Resolución de Alcaldía Nº1582007/MDV-ALC, la Directiva Nº 001-2007/MDV-ALC, Directiva que norma la delegación de la facultad resolutiva a los órganos administrativos de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, modificada por la Resolución de Alcaldía Nº 187-2007/MDV-ALC, Resolución de Alcaldía Nº 0382008/MDV-ALC y finalmente modificada por la Resolución de Alcaldía Nº 054-2009/MDV-ALC, todas estas con el propósito de continuar el mejoramiento en la celeridad, simplicidad y eficacia de los actos administrativos de la municipalidad. Que, asimismo son principios del Derecho Administrativo la celeridad y simplicidad, así como la aplicación de los procedimientos y trámites que se desarrollan en la administración pública, dirigidos a la desconcentración de procedimientos decisorios, a través de una clara distinción entre los niveles de dirección y ejecución; Que, con la intención de seguir garantizando una gestión eficiente en la entidad, que permita un adecuado Funcionamiento y operatividad de las áreas administrativas, se requiere delegar y desconcentrar ciertas facultades resolutivas de acuerdo con la actual estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Ventanilla descritas en el Reglamento de Organización y Funciones; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas mediante Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo 1º.- DELEGAR en el Gerente Municipal, Gerente Legal y Secretario Municipal y Gerente de Administración las facultades resolutivas señaladas a continuación: 1.1 Delegación de facultades al Gerente Municipal.a. La aprobación de Directivas y documentos de carácter normativo necesarios para conducir la gestión técnica, financiera y administrativa de la Municipalidad. b. Reconocer al Comité Electoral en elecciones de representantes de trabajadores ante el CAFAE. c. Designar las Juntas Calificadoras para el arrendamiento de Locales Municipales. d. Designar a los encargados de suscribir las Actas de Transferencia Contable. e. Designar a los responsables titulares y Suplentes

del manejo de las cuentas Bancarias de las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. f. Designar a los representantes ante la Comisión Paritaria. g. Designar representantes de la Municipalidad Distrital de Ventanilla ante Comités, Comisiones, Mesas de Trabajo y similares. h. Instaurar el Procedimiento Administrativo Disciplinario. i. Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático. j. Las atribuciones y facultades en materia presupuestaria que corresponden al Alcalde, en su calidad de titular del Pliego y las acciones administrativas de gestión y de resolución en materia presupuestaria, que no sean privativas a su función de Alcalde, estando facultado para emitir Directivas Internas para la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento. k. Suscribir Convenios y Adendas en representación de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, con excepción de aquellos que por norma expresa deben ser suscritos por el Alcalde. l. Representar a la Municipalidad Distrital de Ventanilla ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer Recursos Administrativos de Impugnación, queja contra los defectos de tramitación, asimismo solicitar la rectificación de errores, entre otras pretensiones administrativas, sin perjuicio de las Funciones del Procurador Público Municipal. ll. Autorizar la contratación de personal, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1057, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2010-PCM y modificatorias; así como tas disposiciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR sobre la materia. m. Revocar las Licencias de Funcionamiento y Autorizaciones Municipales otorgadas. 1.2 Delegación de facultades en el Gerente Legal y Secretario Municipal.a. Intervenir en la Audiencia Única de Separación Convencional y suscribir el Acta de ratificación de la voluntad de los cónyuges de separarse. b. Designación de Fedatarios c. Reconstrucción de Expedientes Administrativos 1.3 Delegación de facultades en el Gerente de Administración.a. Designar a los miembros integrantes del Comité Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores ­ CAFAE. b. Aprobar las Bases de las Subastas Públicas. c. Aprobar el Acta Final de la Comisión Paritaria. d. Autorizar y resolver las acciones de personal respecto al cese de trabajadores, rotaciones, así como aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal comprendido bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276 y de los contratos dentro del Decreto Legislativo Nº 1057, en lo que corresponde; siendo que esta facultad no incluye la de efectuar nombramientos o designaciones en Cargos de Confianza, ni en cargos de Libre Designación o Remoción del Titular de la Entidad. e. Suscribir el Formato de inmatriculación, ampliación de formato de inmatriculación, tipo o uso de vehículo que expide la oficina de Registro de Propiedad Vehicular de Lima y Callao. f. Autorizar mediante carta poder el cambio de combustible, pesos y cambio de color ante la oficina de Registro de Propiedad Vehicular de Lima y Callao. g. Autorizar mediante carta poder el recojo de las placas de rodaje de vehículos de propiedad de la Municipalidad Distrital de Ventanilla.

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