Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2016 (27/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Viernes 27 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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Legislativo Nº 728, salvo que, en este último caso, hubiera una causa objetiva que justifique su contratación temporal). Que, mediante Informe Técnico Nº 052-2015-SERVIR/ GPGSC, de fecha 04 de Febrero de 2015, el Gerente de Políticas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, concluye que excepcionalmente, por causas debidamente justificadas y bajo responsabilidad administrativa del Titular, se podrá contratar Ejecutores Coactivos mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS), siempre que previamente hayan cumplido las exigencias siguientes: a) Hayan iniciado las gestiones para la modificación de los instrumentos internos de gestión (CAP provisional) a fin de incorporar plazas de Ejecutores Coactivos a plazo indeterminado, bajo el régimen laboral de la entidad; y b) No exista en la Institución personal que cumpla con los requisitos exigidos por el artículo 42º de la Ley Nº 26979, que pueda ocupar cargo de Ejecutor Coactivo mediante alguna de las modalidades de desplazamiento previstas en los regímenes del D. Leg. Nº 276 y D. Leg. Nº 728. Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 0302-2015MPH de fecha 27 de Noviembre de 2015, se encargó temporalmente al Abogado CARLOS EDUARDO COLAN CHAVINPALPA el cargo de Sub Gerente de Ejecutoria Coactiva unidad orgánica dependiente de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Huaral, labor que se viene desarrollando a la fecha. Que ante la aprobación de la nueva estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ROF- de la Municipalidad Provincial de Huaral, según Ordenanza Municipal Nº 023-2015-MPH, por Resolución de Alcaldía Nº 032-2016-MPH de fecha 14 de Enero de 2016, se ratifica la ENCARGATURA al Abogado Carlos Eduardo Colan Chavinpalpa, en la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva Unidad Orgánica dependiente de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Huaral, aprobada por Resolución de Alcaldía Nº 302-2015-MPH de fecha 27 de Noviembre de 2015. De igual manera, por Resolución de Alcaldía Nº 065-2016-MPH de fecha 14 de Enero de 2016, se ENCARGA al Abogado Carlos Eduardo Colan Chavinpalpa, la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva No Tributaria Unidad Orgánica dependiente de la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Provincial de Huaral, para el ejercicio de funciones de carácter gerencial y como funcionario de confianza. Que, los artículos 76º y 82º del D.S. Nº 005-90-PCM, aplicable al Sr. Edgar Jesús Rodríguez Leyva (Ejecutor Coactivo suspendido por sanción administrativa) regulan las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores dentro de la carrera administrativa, para fines del presente caso, el Encargo que tiene por naturaleza jurídica ser temporal, excepcional y que consiste en atribuir a un servidor el desempeño de funciones de responsabilidad ante la ausencia del titular, debiendo efectuarse teniendo en consideración la formación, capacitación y experiencia del servidor según el grupo y nivel de carrera. Que, el servidor Abog. Carlos Eduardo Colán Chavinpalpa, cumple con el perfil requerido para el cargo de Ejecutor Coactivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º del TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979, que contempla los requisitos que deberá reunir el Ejecutor Coactivo. Que ante la ausencia del titular para ejercer los actos de EJECUCIÓN COACTIVA, puesto de manifiesto en la Resolución de Alcaldía Nº 0302-2015-MPH, de fecha 27 de Noviembre de 2015, por medidas disciplinarias y al haberse cumplido con las funciones propias del encargo, como son la temporalidad, excepcionalidad, fundamento, compatibilidad con niveles de carrera superiores al trabajador, ausencia del titular e idoneidad en el cargo y en tanto dure las acciones de personal adoptadas y/o se someta a concurso público de méritos vía proceso de selección para designar al Ejecutor Coactivo; de ser el caso; se justifica encargar de manera temporal las funciones de EJECUTOR COACTIVO, por imperio del Artículo 7 del TUO de la Ley 26979;

Estando a los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR LAS FUNCIONES DE EJECUTOR COACTIVO TRIBUTARIO DE FORMA INTERINA, al Abog. CARLOS EDUARDO COLAN CHAVINPALPA; con Registro CAL Nº 40220, Sub Gerente de Ejecutoria Coactiva, Unidad Orgánica dependiente la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Huaral, hasta que culmine las acciones de personal relacionada al Procedimiento Administrativo Disciplinario aperturado contra el señor Edgar Jesús Rodríguez Leyva. Artículo Segundo.- ENCARGAR LAS FUNCIONES DE EJECUTOR COACTIVO NO TRIBUTARIO DE FORMA INTERINA, al Abog. CARLOS EDUARDO COLAN CHAVINPALPA; con Registro CAL Nº 40220, encargado de la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva No Tributaria Unidad Orgánica dependiente de la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Provincial de Huaral, hasta la culminación del Concurso Público de Mérito Nº 001-2016-MPH de plaza para la designación de un (01) Ejecutor Coactivo No Tributario de la Municipalidad Provincial de Huaral. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Secretaría General y Sub Gerencia de Recursos Humanos en lo que les corresponda. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en la Página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral. gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1385070-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA
Ordenanza Municipal que autoriza el Sorteo Tributario denominado "Pagando y Ganando Huaura Progresando"
ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2016-MDH Huaura, 23 de mayo del 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 23 de Mayo del 2016, el proyecto de Ordenanza Municipal que Autoriza el SORTEO TRIBUTARIO Denominado "PAGANDO Y GANANDO HUAURA PROGRESANDO"; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales, son órganos de gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, los artículos 74° y 192° numeral 3) de la Constitución Política del Perú, establecen que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, tasas, o exonerar de ellas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.

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