Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2017 (09/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Miércoles 9 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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agrega que la autonomía que reconoce la Constitución Política del Perú otorga a las Municipalidades la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme al Artículo 93º, inciso 3, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las municipalidades distritales, dentro del ámbito de su jurisdicción, están facultadas para: "(...) 3. Declarar la inhabitabilidad de inmuebles y disponer su desocupación en el caso de estar habitados."; Que, mediante el Informe Nº 146-2017-GA/MDP de fecha 31 de julio del 2017, la Gerencia de Administración se dirige a la Gerencia Municipal, señalando haber advertido errores materiales, involuntarios y mecanográficas en la Resolución de Alcaldía Nº 269-2017-AL/MDP, de fecha 26 de junio del 2016, que fuera publicada en el Diario Oficial el Peruano con fecha 2 de agosto del 2017; y seguidamente la Gerencia Municipal corre traslado los autos a la Gerencia de Asesoría Jurídica solicitando Informe y Opinión Legal, siendo así, la Gerencia de Asesoría Jurídica Opina que, se emita nueva Resolución de Alcaldía declarando Inhabitable la Infraestructura del Inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Pucusana M z 59 Lote 1 Sector Balneario del Pucusana Inscrito en los Registros Públicos con el Código de Predio Nº P03254431, de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pucusana, Provincia y Departamento de Lima, de la misma forma Opina se Deje Sin Efecto Legal la Resolución de Alcaldía Nº 269-2017AL/MDP, de fecha 26 de junio del 2017. Que, mediante el Informe Nº 091-2017-GTVYDC/ MDP, de fecha 01 de agosto del 2017, la Sub Gerencia de Transporte Vialidad y Defensa Civil se dirige a la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informando que, la Infraestructura del Inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Pucusana M z 59 Lote 1 Sector Balneario del Pucusana Inscrito en los Registros Públicos con el Código de Predio Nº P03254431, de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pucusana, se encuentra declarado Inhabitable desde años anteriores, detallando que, el Inmueble se encuentra en malas condiciones presentando peligro eminente de colapso, también informa que se encuentra expuesto el acero expuesto de la columnas, evidenciando agrietamiento en los muros, estando el inmueble en condiciones deplorables por la pérdida de su resistencia estructural que, pone en evidente peligro de la Integridad de la Vida el Cuerpo y la Salud de los que transitan por el lugar (niños, ancianos y todos en general). Que, mediante el Informe Nº 342-2017-GDU/MDP de fecha 01 de agosto del 2017, la Gerencia de Desarrollo Urbano, pone en manifiesto que, la Infraestructura del Inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Pucusana M z 59 Lote 1 Sector Balneario del Pucusana Inscrito en los Registros Públicos con el Código de Predio Nº P03254431, de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pucusana, evidencia una infraestructura deteriorada con eminente daño estructural y que esto traería el consigo el colapso de la construcción en cualquier momento con consecuencia de daños a la vida el cuerpo y a la salud de las personas. Que, de autos se advierte el Informe Nº 144-2017/ GRAT/MDP, de fecha 06 de Junio 2017, mediante la cual, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria informe que en el sistema de rentas, el predio ubicado en el Asentamiento Humano Pucusana Mz. 59 Lote 1 Sector Balneario del Pucusana Inscrito en los Registros Públicos con el Código de Predio Nº P03254431, de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pucusana, se encuentra Registrado bajo el Código de Contribuyente Nº 2855 de la Municipalidad Distrital de Pucusana con estado: terreno sin construir, tipo: predio independiente, uso Comercio; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y 43º de la Ley Nº 27972, "Ley Orgánica de Municipalidades", contando con el visto bueno de la Gerencia de Administración, Gerencia de Desarrollo Económico y Social, Gerencia de Desarrollo Urbano y de la Gerencia de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR INHABITABLE, la Infraestructura del Inmueble ubicado en el Asentamiento

Humano Pucusana Mz 59 Lote 1 Sector Balneario de Pucusana, con un área total de 1,893.90 m2, Inscrito en los Registros Públicos, con Código de Predio Nº P03254431, del Distrito de Pucusana, Provincia y Departamento de Lima, de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pucusana, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la Desocupación total de los Ocupantes de los ambientes que conforman la Infraestructura del predio ubicado en el Asentamiento Humano Pucusana Mz 59 Lote 1 Sector Balneario de Pucusana, con un área total de 1,893.90 m2, Inscrito en los Registros Públicos con Código de Predio Nº P03254431, del Distrito de Pucusana, Provincia y Departamento de Lima, de Propiedad de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro y Sub Gerente de Ejecutoria Coactiva y otras Gerencia y Sub Gerencias, realice las acciones correspondientes y las Medidas Complementaria respecto a la Declaración Inhabitable del predio ubicado en el Asentamiento Humano Pucusana Mz 59 Lote 1 sector Balneario de Pucusana del Distrito de Pucusana, inscrito en los Registros Públicos, con Código de Predio Nº P03254431, por haberse declarado la INHABITABLE. Artículo Cuarto.- Dejar Sin Efecto Legal, la Resolución de Alcaldía Nº 269-2017-AL/MDP, de fecha 26 de junio del 2017 y demás actos resolutivos que se opongan a la presente, por los considerandos antes expuesto. Artículo Quinto.- NOTIFÍQUESE el presente acto resolutivo al representante de los ocupantes, otorgándoles un plazo de 48 horas luego de recibida, para la desocupación y retiro de sus bienes enseres, caso contrario se procederá con el desalojo con las formalidades de ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web Institucional (www.munipucusana.gob.pe), y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo Setimo.- La Presente Resolución entra en vigencia a partir de la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO PABLO FLORIAN HUARI Alcalde 1552025-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL CARLOS FERMIN FITZCARRALD
Aprueban modificación de la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones, el Cuadro para Asignación de Personal y el Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2017-MP-CFF-SL. San Luis, 24 de julio del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARLOS FERMIN FITZCARRALD POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de julio del 2017; y,

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