Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2017 (03/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Martes 3 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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la "Solicitud de embarque directo y/o Inspección no intrusiva". 7. En caso que no se realice la inspección no intrusiva por las causales previstas en el primer párrafo del numeral 6 de la sección VI, se apertura el contenedor para el reconocimiento físico en el Complejo o excepcionalmente, a solicitud del exportador, en el local designado por este o en el depósito temporal consignado en la "Solicitud de embarque directo y/o Inspección no intrusiva". 8. La apertura del contenedor en el Complejo, depósito temporal o local designado por el exportador se efectúa bajo responsabilidad del exportador. 9. El retorno al depósito temporal o al local designado por el exportador, en los supuestos de los numerales 6 y 7 del presente rubro, se efectúa bajo responsabilidad del exportador o el depósito temporal, según corresponda, en cuyo caso el funcionario aduanero responsable del reconocimiento físico dispone las medidas de seguridad necesarias. 10. Antes del retiro de la mercancía que va a ser embarcada y siempre que cuente con levante, el exportador o el depósito temporal, según corresponda, transmite la relación de la carga a embarcar. 11. La mercancía es retirada del Complejo cuando el funcionario aduanero responsable del reconocimiento físico lo autorice según el Formato de Autorización de Retiro (Anexo 1), en el que consigna las acciones realizadas u observaciones correspondientes, suscribiendo dicha autorización con el despachador de aduana y con el operador responsable de la mercancía, de corresponder. 12. El personal aduanero designado permite el retiro del vehículo de transporte, previa verificación de la autorización correspondiente." Artículo 4. Vigencia La presente resolución entrará en vigencia el 30.1.2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN Intendente Nacional Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero Superintendencia Nacional Adjunta de Desarrollo Estratégico 1469177-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
Designan responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de MIGRACIONES
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0000349-2016-MIGRACIONES Lima, 29 de diciembre de 2016 VISTO: El Memorándum N° 204-2016-MIGRACIONESGG, de fecha 23 de diciembre de 2016, mediante el cual la Gerencia General solicita la emisión de la resolución que designe al responsable de la actualización del Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES, y; CONSIDERANDO: Mediante Decreto Legislativo N° 1130, de fecha 7 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, como Organismo

Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; El Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y modificatorias, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado con el empleo del Portal de Transparencia, en resguardo del derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, lo que se efectuará a través de la información pública; En lo que respecta al responsable del referido portal, el artículo 5 del citado Texto Único Ordenado establece que para la difusión de la información en el Portal de Transparencia, las entidades públicas deberán identificar al funcionario responsable de su elaboración y actualización; En forma concordante a ello, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y modificatoria, establece la obligación de la máxima autoridad de la entidad, bajo responsabilidad, de designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; previéndose en el artículo 4 del citado cuerpo legal que dicha designación se efectuará mediante Resolución que será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Atendiendo a ello, mediante Resolución de Superintendencia Nº 00000110-2013-MIGRACIONES, de fecha 15 de agosto de 2013, se designó a la ingeniera Soledad Canaza Espejo, Directora General de la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; servidora que a la fecha ya no presta servicios a la entidad; En consideración a lo señalado en el documento de visto, es necesario dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia Nº 00000110-2013-MIGRACIONES, en el extremo referido a la designación de la funcionaria antes citada, así como designar al responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; el Decreto Supremo 005-2013-IN, modificado por el Decreto Supremo 008-2014-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; y, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia Nº 00000110-2013-MIGRACIONES, de fecha 15 de agosto de 2013, en el extremo referido a la designación de la ingeniera Soledad Canaza Espejo como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Designar, con eficacia anticipada al 23 de setiembre de 2016, al ingeniero Fernando Augusto Núñez Calderón, Director General de Tecnologías de Información, Comunicación y Estadística, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Superintendencia en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional de

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