Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2017 (22/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de julio de 2017 /

El Peruano

y descripción del procedimiento regular de cambio de zonificación recibido; a fin de que las instituciones y vecinos en general del distrito puedan emitir su opinión sobre la propuesta planteada, debidamente fundamentada y por escrito, mediante el Formulario Único de Consulta Vecinal (FUCV), los cuales serán entregados directamente a la Municipalidad Distrital dentro del período de exhibición. La Municipalidad Distrital realizará la consolidación de las opiniones vecinales recibidas y bajo responsabilidad, realizará la evaluación de cada procedimiento regular de cambio de zonificación, el mismo que será elevado al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde expresarán su opinión motivada, la misma que no tiene carácter vinculante. Si el Concejo Municipal Distrital no se pronuncia, dentro del plazo de 30 días hábiles de ingresado el expediente a la Municipalidad Distrital, su opinión se entenderá como favorable; Que, mediante Oficio Nº 696-2017-MML-GDU-SPHU registrado con el DS Nº 2184572017 del 17.05.2017, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, solicita se realice la consulta vecinal y se emita opinión técnica, dentro del plazo de 30 días hábiles, respecto a la solicitud de cambio de zonificación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Residencial de Densidad Alta (RDA), para el terreno de 1,647.70 m2, ubicado en Jr. Batallón Tarma Nº 443, Urb. Santa Teresa, Distrito de Santiago de Surco, en virtud de lo establecido por la Ordenanza Nº 1911MML. Asimismo, a través del DS Nº 2242332017 del 28.06.2017, dicha Subgerencia indica la procedencia del plazo adicional requerido por este Corporativo, de 15 días hábiles, contados a partir de la recepción del mencionado documento, para efectos de lo solicitado; Que, con Memorando Nº 779-2017-GPV-MSS del19.06.2017, la Gerencia de Participación Vecinal remite la encuesta vecinal realizada a los vecinos residentes del alrededor del precitado predio, siendo el resultado de acuerdo al Informe Nº 0025-2017-VJATGPV-MSS del 20.06.2017, el siguiente: Favorable 2.3 % (01 encuestado), Desfavorable 97.7% (44 encuestados), de un total de 45 encuestados (100%); Que, mediante Informe Nº 093-2017-GDU-MSS de fecha 26.06.2017, la Gerencia de Desarrollo Urbano remite el Informe Nº 217-2017-SGPUC-GDU-MSS de fecha 26.06.2017 de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el cual sustentado en el Informe Nº 030-2017MVG de fecha 21.06.2017, concluye que la propuesta de cambio de zonificación de Residencial de Densidad Baja (RDB) - 3 pisos, a Residencial de Densidad Alta (RDA) - 10 pisos, del predio ubicado en el Jr. Batallón Tarma Nº 443, sublote 1B - 2 de la Urbanización Santa Teresa, Distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, con un área total de 1,647.70 m2, de propiedad de los señores Christopher LLewellyn Davis Benavides, Harold John Davis Benavides, Richard Felipe Davis Benavides, Eleanor María Teresa Davis Benavides, John Alfredo Davis Benavides y, María Isabel Davis Benavides, resulta DESFAVORABLE, por cuanto la petición de cambio de zonificación propuesta, sería inconveniente para el ámbito inmediato, lo que implicaría un incremento sustancial en la altura de edificación del entorno (hasta un altura máxima de 10 pisos), rompiendo con el perfil urbano existente, incrementando en consecuencia el número de viviendas, la densidad poblacional, la afluencia vehicular en el entorno saturará las vías, provocando contaminación ambiental, acústica y visual, propiciando indirectamente inseguridad, que en esencia afectará notablemente la tranquilidad de la zona de características residencial de baja densidad. Asimismo, precisa que resulta pertinente considerar que de acuerdo a la Ordenanza Nº 1911-MML, que norma los cambios de zonificación en Lima Metropolitana, en el artículo 12º, señala que los cambios de zonificación que se aprueben en ningún caso podrán estar referidos a un solo lote, sino que se harán extensivos a todo el frente de la manzana donde se propone el cambio; Que, con Informe Nº 514-2017-GAJ-MSS del 05.07.2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que la solicitud de cambio de zonificación presentada mediante Documentos Simples Nº 2184572017 y Nº 2242332017 de fechas 14.05.2017 y 28.06.2017 respectivamente, ha

sido tramitada conforme al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 1911-MML, y que habiendo emitido la Gerencia de Desarrollo Urbano el Informe Técnico correspondiente, en el cual se concluye que el cambio de zonificación contenido en la citada solicitud es desfavorable, corresponde elevarse los actuados al Concejo Municipal a fin de que se emita el Acuerdo de Concejo respectivo y, posteriormente se remitan a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando al Dictamen Conjunto Nº 05-2017-CDUCAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 514-2017-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º numeral 8, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR DESFAVORABLE la Petición de Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Residencial de Densidad Alta (RDA) del predio ubicado en el Jr. Batallón Tarma Nº 443, sublote 1B - 2 de la Urbanización Santa Teresa, Distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, con un área total de 1,647.70 m2, de conformidad con lo regulado en la Ordenanza Nº 1911 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano; así como su elevación de los actuados administrativos a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Secretaría General. POR TANTO: Mando se Registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1546969-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos y el Texto Único Ordenado de Tasas del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 06-2017-MPCH/A Chiclayo, 30 de mayo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO; VISTO: El Informe Legal Nº 244-2017-MPCH/GAJ de fecha 25 de mayo del 2017 de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, oficio Nº 01-013000000107 del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo (CGT) del 11 de mayo del 2017, mediante el cual se propone para su aprobación el proyecto de Ordenanza

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