Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2017 (22/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 123

El Peruano / Sábado 22 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Municipal sobre el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo y Dictamen de la Comisión de Asuntos Legales, con la adhesión a dicho dictamen, por la Comisión de Rentas de ésta comuna, que forma parte de esta Ordenanza Municipal y a la Sesión Extraordinaria del Concejo de fecha 30 de mayo del 2017. CONSIDERANDO: Que el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, precisa que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo el Concejo Municipal, en atención a la estructura orgánica del gobierno local, el órgano que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras; Que, el Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo ­ CGTCH, es un organismo público descentralizado de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, que goza de autonomía administrativa, económica y financiera, por lo que como organismo público debe ajustarse a las disposiciones establecidas para el sector público. Que el numeral 36.1 del artículo 36º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos, en el caso de los gobiernos locales, se establecen exclusivamente mediante ordenanza municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; |Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1246, publicado el 10 de noviembre de 2016, se aprobaron diversas medidas de simplificación administrativa, dentro de las cuales se encuentra la prohibición a las entidades públicas de exigir a los administrados o usuarios información que directamente pueden obtener mediante la interoperabilidad con otras entidades; Que, el Decreto Legislativo Nº 1272, publicado el 21 de diciembre de 2016, modificó la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y derogó la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, modificando disposiciones de aplicación para la estructura del TUPA y los procedimientos comprendidos en dicho instrumento; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1310, publicado el 30 de diciembre de 2016, se aprobaron medidas adicionales de simplificación administrativas con el fin de identificar, reducir y/o eliminar aquellos procedimientos que resulten innecesarios, injustificados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados a la Ley Nº 27444 o a las normas con rango de ley que les sirven de Sustento. Que, respecto de los derechos administrativos aplicables a los procedimientos, el numeral 44.1 del artículo 44º de la Ley 27444 prescribe que procede establecer derechos de tramitación en los procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio específico o individualizable a favor del administrado; Que, el artículo 66º del Decreto Supremo nro. 1562004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, define las tasas como aquellos tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva de un servicio público o administrativo; Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM aprueba los lineamientos para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; y el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, aprueba el formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA y establece lineamientos para su aplicación en todas las entidades públicas; Que, el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, aprueba la Metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y Servicios prestados en exclusividad, comprendidos en los textos únicos de procedimientos administrativos de las entidades públicas, y el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, aprueba la metodología de simplificación administrativa, disponiéndose su aplicación a los procedimientos

administrativos comprendidos en el TUPA de las entidades del Estado; Que, el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo ­ CGTCH ha simplificado sus procedimientos, requisitos y costos en beneficio de los contribuyentes y administrados, teniendo en cuenta la normatividad vigente. De conformidad con el artículo 38.3, de la LPAG, y numeral 43.3 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, el TUPA se publica obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­PSCE, y en el respectivo Portal Institucional. Que, mediante Dictamen de fecha 26 de mayo de 2016, la Comisión de Asuntos Legales pertinente recomienda que el Concejo Municipal apruebe la Ordenanza Municipal que aprobación el proyecto de Ordenanza Municipal sobre el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo; Que, estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades" Ley Nº 27444 "Ley General de Procedimiento Administrativo". El Señor Alcalde David Cornejo Chinguel sometió a votación el punto de agenda y el Pleno del Concejo aprobó el tema de agenda por MAYORÍA; votos a favor: 08 votos: regidores Edwin Antero Huancas Ojeda, Alfredo Adán Montenegro Bermeo, Boris Gustavo Bartra Grosso, Elvis Bustamante Tarrillo, Juan Carlos Perez Bautista, José Luis Carlos Cabrejos Ucañay, Octavio Romero Romero y Ricardo Guillermo Lara Doig; en contra: 06 votos regidores Guillermo Enrique Segura Díaz, Liliana Barrantes Piscoya, César Augusto Torres Gálvez, Laura Yrene Hernández Gonzáles, César Edgardo Sisniegas Vergara y Víctor Raúl Rojas Díaz; abstenciones: 01 Voto José Hildebrando Barrueto Sánchez, APROBÓ la siguiente: ORDENANZA "QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA Y EL TEXTO ÚNICO ORDENANDO ­ TUO DEL CENTRO DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE CHICLAYO" Artículo 1º.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y Texto Único Ordenado de Tasas - TUOT, del Centro de Gestión Tributaria de Chiclayo, que consta de 37 procedimientos administrativos, de conformidad al Anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2º.- ENCARGUESE al CGT de la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario oficial El Peruano, y la publicación de los anexos en el portal SERVICIOS AL CIUDADANO Y EMPRESAS (www. serviciosalciudadano.gob.pe), y en la página web institucional del CGT (www.cgt.gob.pe) de acuerdo a Ley. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación; derogar la Ordenanza Municipal Nº 010-2014-MPCH/A y todas las disposiciones Municipales que se opongan a la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Facúltese al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chiclayo a dictar la normativa reglamentaria necesaria para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, de conformidad con el numeral 39.3 del artículo 39 del TUO de la Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID CORNEJO CHINGUEL Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chiclayo 1545518-1

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