Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2017 (15/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Lunes 15 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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a) Carta de Servicios: Condiciones Generales ­ Versión 04 (2 folios). b) Servicio Nº 01: Participación en Ferias Internacionales de Turismo ­ Versión 04 (4 folios). c) Servicio Nº 03: Participación en Ferias de Turismo Escolar y Universitario ­ Versión 03 (3 folios).
Servicio Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones Participación en Ruedas de Negocios Nombre de la Actividad Feria World of Coffee Budapest 2017 Rueda de Negocios Perú Service Summit 2017 Lugar

d) Servicio Nº 04: Participación en Workshops Nacionales de Turismo ­ Versión 03 (3 folios). Artículo 4º.- Aprobar el precio de venta para las siguientes actividades de promoción de las exportaciones:
Fecha Precio de Precio de Modalidad Venta en S/. Venta (Inc. IGV) (% UIT) 11 613 4 252 286,741 104,988

Budapest - Hungría Del 13 al 15 de junio de 2017 Stand de 2 m2 Lima - Perú Del 02 al 05 de octubre de 2017 No aplica

Artículo 5º.- Encargar a la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 6º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General 1520093-1

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Oficializan Acuerdo que otorgó acreditación a las carreras pedagógicas de: Educación Inicial, Educación Primaria EIB, Educación Secundaria Comunicación, y Educación Secundaria Ciencia, Tecnología y Ambiente, del Instituto Superior de Educación Público "Loreto", Región Loreto
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 185-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 12 de mayo de 2017 VISTOS: Los Informes N°028-2017-SINEACE/ST-DEA-IEES y N°044-2017-SINEACE/ST-DEA-IEES, emitidos por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el

reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, habiéndose mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, constituido el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, mediante documentos de vistos, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE, considerando el Informe N°007-2017-SINEACE/ST-DEA-IEES/SDSG y el Informe Final de la entidad evaluadora externa IZC International Zeta Consulting S.A.C, propone se otorgue la acreditación a las carreras pedagógicas de: Educación Inicial, Educación Primaria EIB, Educación Secundaria Comunicación, y Educación Secundaria Ciencia, Tecnología y Ambiente, del Instituto Superior de Educación Público "Loreto", Región Loreto; al haber cumplido con los requisitos establecidos en el modelo de calidad del SINEACE y de acuerdo al análisis realizado por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE, la Institución Educativa en referencia ha alcanzado una valoración de 268 puntos, que le permite obtener una vigencia de acreditación de dos (02) años, de acuerdo con el Procedimiento para la Evaluación y Acreditación de las Instituciones de Educación Superior No Universitaria ­ Versión II; Que, en atención a lo referido anteriormente y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 19 de abril, 2017, llegó al Acuerdo N° 101-2017-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a las carreras pedagógicas de: Educación Inicial, Educación Primaria EIB, Educación Secundaria Comunicación, y Educación Secundaria Ciencia, Tecnología y Ambiente, del Instituto Superior de Educación Público "Loreto", Región Loreto; con una vigencia de dos (02) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220, Ley Universitaria; y, Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Oficializar el Acuerdo N° 101-2017CDAH, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE en sesión de fecha 19 de abril 2017, otorgó la acreditación a las carreras pedagógicas de: Educación Inicial, Educación Primaria EIB, Educación Secundaria Comunicación, y Educación Secundaria Ciencia,

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