Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2017 (24/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 24 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Ordenanza que aprueba la incorporación del servicio "Copia de Actas DEMUNA" en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 21-2017/MDV Ventanilla, 29 de agosto de 2017 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 29 de agosto de 2017, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, y que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 57-2014MPC se ratificó la Ordenanza Nº 34-2013/MDV por la Municipalidad Provincial del Callao, en donde se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, la cual incluye el Procedimiento: 1.02 Denominado: Expedición de Copia Certificada de Documentos. Que, mediante Memorando Nº 270-2017/MDV-GPF la Gerencia de Protección y Familia solicita se incorpore al Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, dentro del procedimiento 1.02 Expedición de Copia Certificada de Documentos la "Emisión de Actas de DEMUNA", asimismo propone que sea en forma GRATUITA, debido a que la solicitud de trámite de copias de Actas de DEMUMA es realizado por vecinos del distrito de escasos recursos; asimismo tendrá como autoridad competente para resolver a la Subgerencia de Mujer y Familia; Que, mediante Informe Nº 074-2017/MDV-GPLP la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto se pronuncia de acuerdo a la opción técnica de la Jefatura del Equipo de Planificación Local mediante Informe Nº 64-2017/MDV-GPLP-EPL concluyendo que siendo el servicio "Copia de Actas de DEMUNA" parte de la "Expedición de copia certificada de documentos", la primera se incorpore en la segunda como un caso en específico para una adecuada atención al ciudadano en el marco de la simplificación administrativa y la modernización del Estado, toda vez que este servicio se ha sistematizado realizándose en un día por lo que la calificación del procedimiento será automático; asimismo se evalúe la propuesta que este servicio sea prestado de manera GRATUITA según lo propuesto por la Gerencia de Protección y Familia; Que, mediante Informe Nº 832-2014/MDV-GA-SGF la Subgerencia de Finanzas se pronuncia al Memorando N º 763-2017/MDV-GA de la Gerencia de Administración señalando que no expone motivación contraria a lo sugerido por la Gerencia de Protección y Familia que solicita la gratuidad para la expedición de las Copias Certificadas; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444 modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1272 establece que: Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del

Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1., es decir, por Ordenanza Municipal. En ambos casos se publicará la modificación según lo dispuesto por el numeral 38.3; Que, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, sostiene que al Concejo Municipal (dentro de sus atribuciones) le corresponde: 9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Estando a lo expuesto precedentemente, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el VOTO POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; ORDENANZA QUE APRUEBA LA INCORPORACIÓN DEL SERVICIO "COPIA DE ACTAS DE DEMUNA" EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA. Artículo 1º.- APROBAR la incorporación del servicio "Copia de Actas de DEMUNA" como parte del procedimiento 1.02 "Expedición de copia certificada de documentos" del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA. de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0342013/MDV y ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 0572014 de la Municipalidad Provincial del Callao, conforme al ANEXO, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación conforme a ley. Artículo 3º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Protección y Familia, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1568508-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL CARLOS FERMIN FITZCARRALD
Aprueban contratos de servicios personales a plazo indeterminado, para que desarrollen servicios permanentes como personal estable de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE GERENCIAL MUNICIPAL Nº 542-2017-MP-CFF-SL/GM/G. San Luis, 19 de setiembre del 2017. VISTO: Los Contrato de Servicios Personales a plazo Indeterminado en el Régimen del Decreto Legislativo Nº 276 a favor del personal de la Municipalidad Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald, el contenido del Expediente Administrativo del CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITO Nº 001-2017-MPCFF ­ Primera Convocatoria, PARA INCORPORACIÓN DE PERSONAL AL REGIMEN DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 276 y demás actuados y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al marco jurídico del estado,

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