Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2017 (30/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de setiembre de 2017 /

El Peruano

VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 013-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 300-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica­FONDECYT, y el Informe Nº 171-2017-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica­ CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016" (en adelante, la Directiva); Que, mediante Oficio Nº 300-2017-FONDECYTDE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 1'651,052.26, a favor de los ganadores del Concurso Esquema Financiero EF-041, denominado "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada" ­ Convocatoria 2015 -I, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 144-2015-FONDECYT-DE; así como el Esquema Financiero EF-040, denominado "Publicación de Revistas Científicas Peruanas Indizadas" ­ Convocatoria 2015, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 176-2015-FONDECYT-DE; y del Concurso Esquema Financiero EF-041, denominado "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada" ­ Convocatoria 2016-I, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 114-2016-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 013-2017-FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras, a favor de la Universidad Nacional Agraria de la Selva (S/ 76,361.70); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 60,489.00); de la Universidad Nacional de San Martín (S/ 152,162.00); de la Universidad Nacional de Trujillo (S/ 96,579.00); del Instituto Tecnológico de la Producción (S/ 87,427.00); y del Instituto del Mar del Perú (S/ 197,020.00); así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, como la Universidad Privada Antenor Orrego (S/ 61,710.00); de la Universidad Científica del Sur S.A.C. (S/ 311,105.30); de la Universidad Católica de Santa María (S/ 89,915.00); de la Universidad de Ingeniería y Tecnología (S/ 64,679.40); de la Pontificia Universidad Católica del Perú (S/ 346,196.34); de HERSIL S.A.

Laboratorios Industriales Farmacéuticos (S/ 54,450.02); y de la Universidad de Piura (S/ 53,957.50), para cofinanciar los programas y/o proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario N° 0000000242, N° 0000000508 y 0000000552, copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 144; 176 y 114-2015-FONDECYT-DE; así como copia de los Convenios de Subvención N° 101, 107, 124, 138, 150, 151, 153, 154, 165, 166, 169, 170, 171, 172, 186, 187, 215, 217, 220, 224, 225 y 288-2015-FONDECYT, y de la Adenda al Convenio de Subvención N° 288-2015-FONDECYT; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 013-2017-FONDECYT-UPP-UAJUSM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios y contratos, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 171-2017-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluyen que la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los programas y proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 013-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con Informe Nº 106-2017-CONCYTEC-OGAJMPT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído 260-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 013-2017-FONDECYT-UPP-UAJUSM y en el Informe Nº 171-2017-CONCYTEC-OGPP, se habría cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Directora Ejecutiva (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo N° 026-2014-CPM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; y la Resolución de Presidencia N° 044-2017-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2017-CONCYTEC-OGPP denominada "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por la suma total de S/ 1'651,052.26 (Un Millón Seiscientos Cincuenta y Un Mil Cincuenta y Dos y 26/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:

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