Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2018 (15/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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El Consejo de Seguridad,

NORMAS LEGALES

Viernes 15 de junio de 2018 /

El Peruano

Recordando sus resoluciones y declaraciones anteriores sobre Sudán del Sur, en particular las resoluciones 2057 (2012), 2109 (2013), 2132 (2013), 2155 (2014), 2187 (2014), 2206 (2015), 2241 (2015), 2252 (2015), 2271 (2016), 2280 (2016), 2290 (2016), 2302 (2016), 2304 (2016), 2327 (2016), 2353 (2017), 2392 (2017) y 2406 (2018), Habiendo determinado que la situación en Sudán del Sur sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región, Actuando en virtud del Artículo 41 del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, 1. Decide prorrogar hasta el 15 de julio de 2018 las medidas impuestas en los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015), y reafirma las disposiciones de los párrafos 10, 11, 13, 14 y 15 de la resolución 2206 (2015) y las disposiciones de los párrafos 8, 9 y 10 de la resolución 2290 (2016); 2. Decide prorrogar hasta el 14 de agosto de 2018 el mandato del Grupo de Expertos contenido en los apartados a), b), c) y f) del párrafo 12 de la resolución 2290 (2016), y decide que el Grupo de Expertos presente al Comité información actualizada cada mes, y expresa su intención de examinar el mandato y adoptar las medidas apropiadas sobre otra posible prórroga a más tardar el 15 de julio de 2018; 3. Solicita al Secretario General que, en coordinación con el Mecanismo de Vigilancia del Alto el Fuego y los Arreglos Transitorios de Seguridad, informe a más tardar el 30 de junio de 2018 sobre si se han producido combates desde la aprobación de la presente resolución en los que hayan intervenido las partes en el acuerdo de cesación de las hostilidades en Sudán del Sur e informe sobre si las partes han llegado a un acuerdo político viable y decide que, si el Secretario General informa de tales combates o de la falta de un acuerdo político viable, considerará la aplicación de las medidas especificadas en los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015) a las personas indicadas en el anexo 1 de la presente resolución y/o de un embargo de armas en el plazo de cinco días a partir del informe del Secretario General; 4. Decide seguir ocupándose de la cuestión. Anexo 1 Prohibición de viajar/congelación de activos (personas) 1. 1) Koang 2) Rambang 3) Chol a. Descripción: Rambang encabezó ataques en el estado de Bieh que ampliaron o prolongaron el conflicto en Sudán del Sur. Ordenó a sus fuerzas que restringieran la circulación de las personas que trabajaban en organizaciones humanitarias. Fue responsable de la detención de dos pilotos que entregaban ayuda, obstruyendo sus actividades humanitarias. b. Alias: a) Koang b) Rambang c) Chuol c. Datos de identificación: No se aplica 2. 1) Kuol 2) Manyang 3) Juuk a. Descripción: Bajo el mando de Juuk, las fuerzas del ELPS violaron el Acuerdo sobre la Cesación de las Hostilidades, la Protección de los Civiles y el Acceso Humanitario, después de su firma por el Gobierno de Sudán del Sur en 2017, al atacar a civiles. Juuk proporcionó equipo militar al Movimiento de Liberación del Pueblo del Sudán-Norte (MLPS-N), lo que contravenía dicho Acuerdo. En 2017, bajo el mando de Juuk, el MLPS amplió o prolongó el conflicto mediante ofensivas en Pagak. b. Alias: a) Kuol b) Manyang c) Juuk Chaw c. Datos de identificación: Fecha de nacimiento: 1945 3. 1) Malek 2) Reuben 3) Riak 4) Rengu a. Descripción: En su calidad de Jefe Adjunto de Estado Mayor del Ejército de Liberación del Pueblo del

Sudán encargado de la logística, Riak fue uno de los altos funcionarios del Gobierno de Sudán del Sur que planificaron y supervisaron una ofensiva en 2015 que causó destrucción generalizada y un gran desplazamiento de la población. b. Alias: 1) Malek 2) Ruben c. Datos de identificación: Fecha de nacimiento: 1 de enero de 1960 4. 1) Martin 2) Elia 3) Lomuro a. Descripción: En contravención del Acuerdo sobre la Cesación de las Hostilidades, la Protección de los Civiles y el Acceso Humanitario firmado por el Gobierno de Sudán del Sur en 2017, Lomuro amenazó a miembros de la prensa, obstruyó las misiones humanitarias y amenazó con eliminar el Mecanismo de Vigilancia del Alto el Fuego y los Arreglos Transitorios de Seguridad (MVAFATS). Lomuro también obstaculizó las actividades de la UNMISS. b. Alias: a) Martin b) Elia c) Lomoro; a) Martin b) Elias c) Lomoro c. Datos de identificación: Fecha de nacimiento: a) 20 de noviembre de 1957 o b) diciembre de 1958 5. 1) Michael 2) Makuei 3) Lueth a. Descripción: Makuei amplió o prolongó el conflicto en Sudán del Sur al planificar y coordinar un atentado perpetrado en 2014 contra el complejo de las Naciones Unidas que albergaba a los desplazados internos en Bor. Obstruyó la formación del Gobierno de Transición de Unidad Nacional e intentó obstaculizar el despliegue de la Fuerza de Protección Regional de la UNMISS. En su calidad de Ministro de Información, Radiodifusión, Telecomunicaciones y Servicios Postales, Makuei ha supervisado varios intentos de reprimir la libertad de expresión de los civiles mediante la supresión de publicaciones. Además, procuró cerrar una estación de radio operada por las Naciones Unidas y autorizada por el Acuerdo sobre el Estatuto de las Fuerzas entre las Naciones Unidas y el Gobierno de Sudán del Sur. b. Alias: a) Michael Makwei b) Michael Makwei Lueth c) Michael Makuei Lueth Makuei c. Datos de identificación: Fecha de nacimiento: 1947; Lugar de nacimiento: a) Bor, Sudán del Sur b) Bor, Sudán; Nacionalidad: a) Sudán del Sur b) Sudán c) Kenya 6. 1) Paul 2) Malong 3) Awan a. Descripción: En su calidad de Jefe de Estado Mayor del ELPS, Malong ha ampliado o prolongado el conflicto en Sudán del Sur mediante violaciones del Acuerdo sobre la Cesación de las Hostilidades y del Acuerdo para la Solución del Conflicto en la República de Sudán del Sur de 2015. Según se informa, encabezó planes para matar al líder de la oposición, Riek Machar. Ordenó a las unidades del ELPS que impidieran el transporte de suministros humanitarios. Bajo el liderazgo de Malong, el ELPS llevó a cabo ataques contra civiles, escuelas y hospitales; forzó el desplazamiento de civiles; practicó desapariciones forzadas; detuvo arbitrariamente a civiles; y cometió actos de tortura y violación. Movilizó a la milicia tribal dinka de Mathiang Anyoor, que utiliza niños soldados. Bajo su liderazgo, el SPLA restringió el acceso de la UNMISS, la Comisión Mixta de Vigilancia y Evaluación (CMVE) y el MVAFATS a diversos sitios para investigar y documentar abusos. b. Alias: a) Paul Malong Awan Anei b) Paul Malong c) Bol Malong c. Datos de identificación: Fecha de nacimiento: 1962; Otras posibles fechas de nacimiento: a) 4 de diciembre de 1960 o b) 12 de abril de 1960; Lugar de nacimiento: Malualkon, Sudán del Sur; Nacionalidad: a) Sudán del Sur b) Uganda; Números de pasaporte: a) S00004370 (Sudán del Sur) b) D00001369 (Sudán del Sur) c) 003606 (Sudán) d) 00606 (Sudán) e) B002606 (Sudán). 1659395-1

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