Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2018 (18/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Domingo 18 de marzo de 2018 /

El Peruano

asignados por la Gerencia Municipal, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente. GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y ECONÓMICO (...) Artículo 72°.- La Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico para el cumplimiento de sus funciones tiene a su cargo: Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro - Subgerencia de Obras Privadas - Subgerencia de Licencias Comerciales e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones - Subgerencia de Fiscalización Administrativa SUBGERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS, PLANEAMIENTO URBANO Y CATASTRO Artículo 73°.- La Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro es el órgano encargado del control y supervisión del proceso de habitación urbana del distrito y procedimientos conexos; de la elaboración de planes de desarrollo urbano del distrito del levantamiento de información predial y de componente urbano para formular, mantener y actualizar el catastro del distrito. Está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Subgerente, que depende de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico. Artículo 74°.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, Planeamiento Urbano y Catastro: a) Atender las solicitudes de habilitación urbana, dentro de la Jurisdicción de la Molina, de conformidad con la normatividad vigente. b) Realizar la verificación administrativa y evaluación técnica de los expedientes, elaborando el informe para la emisión de la resolución de habilitación urbana, recepción de obra de habilitación urbana y certificados que pudiera corresponder, verificando que los proyectos cumplan con la normatividad técnica vigente, incluyendo la fiscalización y control posterior. c) Conformar y presidir a través del Subgerente del área la Comisión Técnica Distrital de Habilitaciones Urbanas. d) Someter a verificación y poner en consideración de la Comisión Técnica, asignadas por las entidades correspondientes (Colegio de Arquitectos, Colegio de Ingenieros, Luz del Sur, Sedapal y Capeco), los expedientes que presenten los administrados de acuerdo a los Procedimientos Administrativos con evaluación de la Comisiones Técnicas. e) Expedir resoluciones y otros documentos relacionados con los trámites de habilitaciones urbanas, recepción de obras de habilitación urbana, así como trámites conexos, entre otros procedimientos administrativos contenidos en el TUPA, de acuerdo a la normatividad vigente. f) Proponer la política de desarrollo urbano de la municipalidad, así como elaborar el Plan Integral de Desarrollo Urbano del distrito, en coordinación con todas las áreas de la municipalidad y en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico. g) Realizar las acciones necesarias para lograr una real y efectiva coordinación en los temas de desarrollo urbano con las correspondientes autoridades municipales, a nivel metropolitano y a nivel de las Municipalidades Distritales colindantes. h) Orientar y fomentar el cumplimiento y la correcta aplicación de las leyes, decreto, reglamento y ordenanzas que regulan el desarrollo urbano del distrito. i) Proponer, supervisar y actualizar el Plan Integral de Desarrollo Urbano del Distrito, así como los planes específicos del ámbito de su competencia. j) Supervisar el registro de los planos urbanos de las urbanizaciones que se construyan en el distrito. k) Proponer normas relacionadas con la zonificación, parámetros urbanísticos y edificatorios, usos del suelo,

mobiliario urbano y los demás relacionados con el espacio urbano. l) Proponer un Plan vial Urbano y coordinar con la Municipalidad Metropolitana de Lima las propuestas y modificaciones de los planes de transporte urbano de acuerdo a las necesidades y realidades del distrito, en concordancia con los planes de desarrollo urbano. m) Organizar, proponer y dirigir las actividades relacionadas con el catastro integral en el distrito, así como realizar el levantamiento de información catastral literal y gráfica en campo, y el proceso periódico de actualización catastral. n) Atender las solicitudes de visación de planos, constancias de posesión, así como elaborar los planos catastrales y planos técnicos para el distrito, incluidos los planos de zonificación. o) Procesar la información catastral, registrar, validar e integrar la información resultante del levantamiento Catastral y mantener actualizada la información catastral en forma permanente. p) Coordinar con las áreas municipales, el permanente flujo de información para la alimentación y mantenimiento de las bases catastrales. q) Procesar y sistematizar la información de acuerdo a los procedimientos administrativos para servir a las necesidades y requerimientos de las áreas municipales y del público en general. r) Establecer el tipo de información catastral, literal y gráfica, que se utilice para desarrollar los productos catastrales como reportes, estadísticas, planos temáticos, análisis urbanos y otros a suministrar mediante el sistema de información geográfica a los usuarios internos y externos de la municipalidad. s) Suministrar información catastral en forma permanente a las Gerencias de la municipalidad, para optimizar los procedimientos administrativos. t) Atender las solicitudes sobre Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios acorde a las normas vigentes; Certificados de Nomenclatura, Certificados Catastrales, Certificados de Jurisdicción y otros, así como también las constancias de su competencia. u) Atender permanentemente las consultas y orientación al público en los aspectos que sean de su competencia y emitir opinión sobre consultas técnicas que se le requiera de acuerdo a su competencia. v) Emitir Resoluciones Subgerenciales de acuerdo a sus funciones y normativa legal vigente. w) Supervisar el saneamiento de áreas tugurizadas y la reconstrucción y/o renovación urbana de áreas declaradas inhabitables. x) Atender las solicitudes de independización del terreno rústico o parcelación y subdivisión de lotes con o sin obras complementarias, de acuerdo a la normativa vigente. y) Aplicar el Plan Urbano Distrital de La Molina interviniendo inclusive en su difusión interna y externa. z) Resolver en primera instancia, mediante Resolución, los pedidos, las quejas u oposiciones presentadas por los administrados, respecto a los procedimientos de su competencia. aa) Informar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, el desarrollo de proyectos, programas y actividades de su competencia. bb) Velar por la integridad y custodia de los archivos que tenga a su cargo. cc) Implementar las recomendaciones de los informes de auditoría emitidos por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, de su competencia, debiendo de informar a su superior inmediato sobre las medidas adoptadas. dd) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia. ee) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de las disposiciones legales o que le sean asignadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente. SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Artículo 75°.- La Subgerencia de Obras Privadas, es el órgano encargado del control y supervisión del proceso

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