Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2018 (10/05/2018)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 94
94
NORMAS LEGALES
Jueves 10 de mayo de 2018 /
El Peruano
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El informe Nº 79-2018/MDV-GRM-SGAT de la Subgerencia de Administración Tributaria; y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades , los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 29-2017/MDV de 27 de diciembre de 2017, se aprobó la Ordenanza que aprueba las fechas de vencimiento para el pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y establece incentivos por pronto pago para el ejercicio 2018; Que, en la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza, se establecen las facultades del Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la mencionada Ordenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 03-2018/ MDV, se prorrogaron los descuentos otorgados por incentivo de pronto pago hasta el 20 de febrero de 2018; Que, posteriormente mediante Decreto de Alcaldía Nº 04-2018/MDV se prorrogaron los descuentos otorgados por incentivo de pronto pago hasta el 28 de febrero de 2018; Que, mediante Informe Nº 079 -2018/MDV-GRMSGAT, la Subgerencia de Administración Tributaria propone prorrogar el vencimiento de los beneficios de la Ordenanza Nº 29-2017/MDV, procurando de esta forma brindar mayor oportunidad a los contribuyentes de contar con los incentivos otorgados; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, luego del análisis de la normativa municipal y tributaria es viable la prórroga del mencionado plazo, toda vez que el objeto es atender los requerimientos de los vecinos del distrito y darles mayores facilidades promoviendo de esta forma el cumplimiento de sus tributos municipales, conforme lo indicado en el informe del visto. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley 27972; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar la fecha de vencimiento del Impuesto Predial Anual, así como de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial Trimestral, establecidas en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 29-2017/MDV hasta el 20 de marzo del presente ejercicio. Artículo 2º.- Prorrogar el plazo establecido en el artículo 4º, Descuentos Otorgados por Incentivo de Pronto Pago, numeral 1 literales b y d, el numeral 2 literales b y d y el numeral 3 literal a, así como el beneficio establecido en el artículo 5º de la Ordenanza Nº 29-2017/MDV, hasta el 20 de marzo de 2018. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Rentas Municipales y a las Subgerencias dependientes de dicha Unidad Orgánica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y todas las demás
dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Regístrese, y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1645260-6
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 2-2018/MDV que estableció beneficios tributarios para contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 6-2018/MDV-ALC Ventanilla, 4 de abril de 2018 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El informe Nº 121-2018/MDV-GRM-SGAT de la Subgerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 2-2018/ MDV de 28 de febrero de 2018, se establecieron beneficios tributarios para contribuyentes del distrito de Ventanilla; Que, en la Tercera Disposición Final y Complementaria de la mencionada ordenanza municipal, se establece las facultades del Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la mencionada ordenanza municipal; Que, mediante Informe Nº 121-2018/MDV-GRMSGAT, la Subgerencia de Administración Tributaria propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 2-2018/MDV, procurando de esta forma brindar mayor oportunidad a los contribuyentes de contar con los incentivos otorgados; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal"; Que, luego del análisis de la normativa municipal y tributaria es viable la prórroga del mencionado plazo, toda vez que el objeto es atender los requerimientos de los vecinos del distrito y darles mayores facilidades promoviendo de esta forma el cumplimiento de sus tributos municipales, conforme lo indicado en el informe del visto. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 2-2018/MDV, la cual contiene beneficios tributarios para contribuyentes del distrito de Ventanilla hasta el 30 de abril de 2018. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Rentas Municipales y a las Subgerencias dependientes de