Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2018 (25/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Domingo 25 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, a efectos de inscribir las áreas de los bienes inmuebles expropiados a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales respecto a las áreas de los inmuebles afectados. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las

áreas expropiadas de los inmuebles afectados, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO I VALOR DE LA TASACIÓN DE LAS ÁREAS DE LOS INMUEBLES AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "TRAMO N° 2 DEL CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO SUR, PERÚ BRASIL (URCOS ­ INAMBARI)" SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO VALOR DE LA TASACIÓN (S/) AFECTACIÓN: Total del Inmueble

No.

SUJETO PASIVO

IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE

CÓDIGO: T2-SHUAYLL-001 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: · Por el Norte: Con la UC 328572 (52.18 m). · Por el Sur: Con la UC 328629 (17.51 m). · Por el Este: Con la UC 328628 (44.11 m). · Por el Oeste: Con propiedad de terceros (40.69 m).

AREA AFECTADA: 1 309.00 m2

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTILADO CES A B C D E F G H I J A-B B-C C-D D-E E-F F-G G-H H-I I-J J-K K-L L-M M-N N-O O-P P-Q Q-R R-S S-T T-U U-V V-W W-X X-Y Y-Z Z-A1 A1-B1 B1-C1 C1-D1 D1-A DISTANCIA (m) 11.84 11.56 10.97 5.32 4.65 7.85 1.51 1.88 2.87 3.3 1.69 2.97 2.43 4.08 2.8 3.49 4.3 2.43 2.72 2.61 5.02 7.19 10.32 0.4 6.88 8.51 5.5 6.16 8.33 4.91 WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 285640.4218 8496073.6890 285652.0985 8498071.7093 285661.1940 8498064.5805 285669.9021 8496057.9117 285674.5447 8496055.3221 285674.7673 8496050.6829 285677.9256 8496043.4941 285676.4331 8496043.7241 285675.2291 8496042.2743 285672.3594 8496042.4343 285669.0610 8496042.2544 285668.7806 8496040.5846 285665.8119 8496040.6046 285663.5690 8496039.6648 285659.9489 8496037.7751 285657.1699 8496038.0851 285654.0033 8496036.6253 285650.9275 8496033.6258 285648.6433 8496032.7860 285646.5075 8496031.0963 285643.9842 8496031.7561 285640.9825 8496027.7368 285634.9710 8496031.6792 285625.8507 8496036.5153 285625.5703 8496036.8053 285628.1184 8496043.1942 285632.6126 8496050.4230 285635.5895 8496055.0522 285638.0139 8496060.7112 285640.0012 8496068.7998 3 180,87

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MINISTERIO DE Florencia Mamani TRANSPORTES Y Apaza Vda. De CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con COMUNICACIONES Apaza fecha 27.02.2017 (Informe Técnico N° 1012-2017-Z.R.N°X/OCPROVIAS NACIONAL CUSCO-R) por la Oficina Registral de Cusco de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 13.07.2018, por la ficina Registral de Cusco de la Zona Registral N° X - Sede Cusco.

PARTIDA REGISTRAL: N° 11084243 perteneciente a Oficina Registral de Cusco de la Zona Registral N° X - Sede Cusco.

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