Norma Legal Oficial del día 27 de Agosto del año 1999 (27/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de agosto de 1999

Imponen servidumbres de electroducto de lineas de distribucion a favor de Otorgan autorizacion por tiempo HIDRANDINA S.A. indefinido a HIDRANDINA S.A. para RESOLUCION MINISTERIAL Nº 401-99-EM/VME desarrollar actividades de generacion MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 de energia electrica

ENERGIA Y MINAS

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 307-99-EM/VME MORDAZA, 30 de junio de 1999 Visto, el Expediente Nº 31096899 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1232400, 1235000 y 1236203, sobre solicitud de autorizacion para generacion de energia electrica de acuerdo con el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25844 presentado por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., persona juridica inscrita en la ficha Nº 1216 del Registro de Sociedades Mercantiles de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., ha solicitado autorizacion para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Tarabamba, la que tendra una capacidad instalada de 1,1 MW; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas y Articulo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM, ha emitido el informe favorable Nº 075-99-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido, a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., que se identificara con Codigo Nº 31096899, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica, en las instalaciones de la Central Hidroelectrica Tarabamba que operara en el distrito de Huaylillas, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, cuyas caracteristicas principales son las siguientes: - Potencia instalada (MW) - MORDAZA de turbina - Caudal MORDAZA (m3/s) - Velocidad (r.p.m.) - Salto (m) - Recurso hidrico : : : : : : 1,1 MORDAZA 1,00 1200 120 MORDAZA Buldibuyo y Huascacocha

Visto, el Expediente Nº 22053797 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1115184, 1203735 y 1239846, presentado por la concesionaria Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronorte Medio S.A. HIDRANDINA S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de la servidumbre de electroducto de la linea de Distribucion Radiales MORDAZA Tembladera, ubicada en el distrito de Chilete, provincia de Contumaza, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 096-94-EM de fecha 23 de diciembre de 1994, ha solicitado la regularizacion de la servidumbre de electroducto de la linea de Distribucion Radiales MORDAZA Tembladera; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 166-99-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110º y Articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 019-99-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer, a favor de Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronorte Medio S.A. HIDRANDINA S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, la servidumbre de electroducto de la linea de Distribucion Radiales MORDAZA Tembladera, ubicada en el distrito de Chilete, provincia de Contumaza, departamento de Cajamarca; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 18 y 19 de junio de 1999. Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronorte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 10287

Articulo 2º.- La Empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y demas normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 10971

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