Norma Legal Oficial del día 27 de Agosto del año 1999 (27/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de agosto de 1999

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 674, Ley Nº 27111 y Resolucion Suprema Nº 033-99-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA Woodman Pollit, al encargo encomendado mediante Resolucion Suprema Nº 109-97-PCM de fecha 11 de marzo de 1997, como Presidente del Comite Especial a cargo de la ejecucion del MORDAZA de promocion de la inversion privada de las acciones del Estado en las empresas agrarias azucareras, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA Valcarcel MORDAZA, como Presidente del Comite Especial constituido mediante Resolucion Suprema Nº 109-97-PCM de fecha 11 de marzo de 1997, y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del referido Comite Especial. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Pesqueria. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 11090

Autorizan cambio de nombre de titular de permisos de pesca para operar embarcaciones de bandera nacional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 190-99-PE/DNE MORDAZA, 25 de agosto de 1999 Visto el expediente de registro Nº CE-00052002 de fecha 25 de junio de 1999, presentado por AUSTRAL GROUP S.A. CONSIDERANDO: Que el Articulo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que por Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE de fecha 14 de setiembre de 1994, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "WAIKIKI" y "ERNESTINA" de matriculas Nºs. CO-10446-PM y CO-10397-PM respectivamente, de 270 TM de capacidad de bodega, "ESTELA DE ORO II", "RESBALOSA II" y "NUNCIA" de matriculas Nºs. CO10399-PM , CO-10447-PM y CO-10398-PM respectivamente, de 380 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 023-95-PE de fecha 17 de enero de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "JONICA" de matricula Nº CO-10450PM, de 270 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm);

Que mediante Resolucion Ministerial Nº 140-95-PE de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "ESTELA DE PLATA II " de matricula Nº CO-9908-PM, de 370 TM de capacidad de bodega en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que por Resolucion Ministerial Nº 162-95-PE de fecha 18 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "DON BRUNO", de matricula Nº CE6171-PM, de 350 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que mediante Resolucion Ministerial Nº 163-95-PE de fecha 18 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "CORINTIA" y "DORICA" de matriculas Nºs. CO-10449-PM y CO-10200-PM, respectivamente, de 270 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que por Resolucion Ministerial Nº 180-95-PE de fecha 3 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "PATILLO" y "PIQUERO" de matriculas Nºs. CO-11629-PM y CO-11630-PM, respectivamente, de 270 TM de capacidad de bodega y "NORMA" de matricula Nº CO-11391-PM, de 600 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 252-95PE de fecha 16 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "GLORIA" de matricula Nº CO-11074-PM, de 270 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que por Resolucion Ministerial Nº 617-95-PE de fecha 6 de noviembre de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "CARIPE", "CUBAGUA" y "NUEVA ESPERANZA" de matriculas Nºs. CO-11072-PM, CO-11071PM y CO-11073-PM, respectivamente, de 270 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que mediante Resolucion Ministerial Nº 711-95-PE de fecha 20 de diciembre de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "ESTELA DE PLATA" y "ESTELA DE ORO" de matriculas Nºs. CO-6255-PM y CO-5881-CM, respectivamente, de 350 TM de capacidad de bodega y "NUEVA CADIZ" de matricula Nº CO-10835-PM, de 270 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm);

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