Norma Legal Oficial del día 27 de Agosto del año 1999 (27/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 27 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

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resulta pertinente autorizar la pasantia en representacion de esta Entidad Fiscalizadora Superior; Que, conforme al documento de Vistos, se cuenta con la aceptacion de la Oficina de Etica de Puerto Rico y con la no objecion del Proyecto de Modernizacion de la Contraloria General de la Republica Nº 527-00356-USAID para financiar esta actividad; De conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 24º y 40º de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje en comision de servicios de las abogadas MORDAZA MORDAZA PEIRANO y MARITA MORDAZA TINAGEROS, de la Secretaria Tecnico-Juridica y de Etica de la Contraloria General de la Republica, a la MORDAZA de San MORDAZA de Puerto Rico del 21 al 29.AGO.99, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Las citadas servidoras presentaran a la Secretaria Tecnico-Juridica y de Etica y a la Escuela Nacional de Control, un informe sobre las caracteristicas, contenido y conclusiones de su pasantia, asi como un ejemplar del material tecnico obtenido, dentro de los quince dias siguientes a la culminacion de la comision de servicios. Articulo Tercero.- La presente pasantia no irroga gasto alguno al Tesoro Publico, siendo asumido su financiamiento por el proyecto de Modernizacion de la Contraloria General de la Republica Nº 527-00356-USAID. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derechos a exoneracion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 11045

por la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales MEF; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2. de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, En uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 0655-99 de fecha 15 de MORDAZA de 1999; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Gotelli, Analista en el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero, MORDAZA MORDAZA Velit, Analista en el Departamento de Inspecciones del Sistema Financiero y MORDAZA Izu Kanashiro, Analista en el Departamento de Regulacion, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 29 de agosto al 4 de setiembre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, seran asumidos con cargo al Fondo de Apoyo Tecnico - Prestamo BID Nº 985/OCPE. Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. ALDOLFO MANDRIOTTI MORDAZA Superintendente Adjunto de Administracion General 11006

SBS
Autorizan viaje de analistas para participar en curso a realizarse en los EE. UU.
RESOLUCION ADMINISTRATIVA SBS Nº 203-99 MORDAZA, 24 de agosto de 1999 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRACION GENERAL VISTO: El Programa de Entrenamiento para el ano 1999 del Federal Reserve System y el Federal Financial Institutions Examination Council (FFIEC), organizado para los funcionarios de las autoridades supervisoras; y, CONSIDERANDO: Que, mediante comunicacion cursada por el Board of Governors of the Federal Reserve System de los Estados Unidos de MORDAZA, se ha admitido a los candidatos propuestos por esta Superintendencia en el Curso "Market Risk Analysis School", el mismo que se llevara a cabo del 30 de agosto al 3 de setiembre de 1999 en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America; Que, los senores MORDAZA MORDAZA Gotelli, Analista en el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero, MORDAZA MORDAZA Velit, Analista en el Departamento de Inspecciones del Sistema Financiero y MORDAZA Izu Kanashiro, Analista en el Departamento de Regulacion, han sido designados para participar en el citado Curso; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con cargo al Fondo de Apoyo Tecnico - Prestamo BID Nº 985/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 6975-99 y la Carta de no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, remitida

Prorrogan plazo para que MORDAZA municipal de ahorro y credito proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 0748-99 MORDAZA, 10 de agosto de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS: VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolucion recibidos o adjudicados en cobro de acreencias, presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, el Banco debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, el numeral 4 de la Circular Nº B-2017-98 (F-35898, CM-207-98, CR-077-98, EAF-172-98, EDPYME-02998) establece que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario seran rechazadas las solicitudes; Que estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "F" mediante Informe ASIF "F" Nº 152-99/OT y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Asesoria Juridica y de Banca;

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