Norma Legal Oficial del día 27 de Agosto del año 1999 (27/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de agosto de 1999

- Certificados domiciliarios. - Certificados medicos validos y vigentes. - Dos testigos mayores de edad debidamente identificados. Viudos, divorciados, menores de edad, militares o extranjeros deberan adjuntar los documentos adicionales, segun sea el caso. Articulo Tercero.- Exonerar a los contrayentes que participen en el Matrimonio Civil Comunitario, del cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Publicacion de los edictos matrimoniales en observancia a la atribucion conferida por el Art. 252º del Codigo Civil; b) Los derechos que se cobran en la Division de Registros Civiles de la Direccion de Servicios Sociales, en observancia del inciso 12) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades. c) Los derechos correspondientes por los servicios que se prestan en la Division de Sanidad de la Direccion de Servicios Sociales. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Servicios Sociales, a traves de la Division de Registros Civiles, a la Oficina de Relaciones Publicas y a la Oficina de Participacion Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 11057

dad de San MORDAZA de Lurigancho, electa para el ejercicio 1999, la cual queda integrada por los siguientes representantes:
SECRETARIO GENERAL SECRETARIO DE ORGANIZACION SECRETARIO DE DEFENSA SECRETARIO DE ACTAS SECRETARIO DE ECONOMIA SECRETARIO DE ASISTENCIA SOCIAL SECRETARIO DE DEPORTES SECRETARIO DE PRENSA Y PROPAGANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TERROBA ENDARA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NETTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11059

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-99/ML Lurin, 10 de agosto de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 4 de agosto de 1999, y con la dispensa del tramite de aprobacion de Acta; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales son Organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Art. 91º de la Constitucion Politica del Peru; Que el Art. 36º del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816 y modificado por Ley Nº 27038, establece que es facultad de la Administracion Tributaria conceder fraccionamiento para el pago de la deuda Tributaria al deudor tributario que asi lo solicite, siempre que este cumpla con los requerimientos o garantias que aquella establezca; Que, asimismo es necesario regular el fraccionamiento para el pago de las deudas no tributarias; Que, es politica de esta corporacion otorgar mayores facilidades a los contribuyentes que se encuentren en la imposibilidad de cancelar sus deudas al contado; En ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo aprobo por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA Nº 012-99-ML REGLAMENTO PARA FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias que consta de 7 Capitulos, 19 Articulos y 5 Disposiciones Complementarias. Articulo Segundo.- La Administracion General, las Administraciones de las Agencias Municipales y las areas correspondientes sera los responsables de ejecutar la presente disposicion. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 10827

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Reconocen Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1158 San MORDAZA de Lurigancho, 20 de agosto de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: la solicitud formulada por el Comite Electoral del Sindicato de Trabajadores Municipales de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, Expediente Nº 09168-99; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado reconoce el derecho de libre asociacion con arreglo a Ley, y asimismo el derecho de peticion en forma individual o colectiva; Que, mediante el documento referido en el exordio de la presente Resolucion, el Comite Electoral del Sindicato de Trabajadores Municipales de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, solicita el reconocimiento de la Junta Directiva de dicha organizacion, electa para el periodo 1999; Que, estando acreditada la legalidad del MORDAZA eleccionario referido precedentemente, y la legitimidad de sus representantes, resulta procedente acceder a lo solicitado, con arreglo a Ley; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 47º numeral 6 de la Ley Organica de Municipalidades y estando a lo informado por la Oficina de Asesoria Juridica, Informe Nº 3208-99-OAJ/MSJL; RESUELVE: Articulo Unico.- Reconocer a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores Municipales de la Municipali-

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